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Una amplia movilización rechazó el debilitamiento de la capital judicial con el traslado de sedes a Málaga y Sevilla

La primera sección de nueva creación en el TSJA se queda en Granada

Ciudadanía - Redacción El Independiente de Granada - Martes, 24 de Julio de 2018
Un año después de dejar la decisión sobre la mesa para enfriar las movilizaciones, el CGPJ da luz verde a la creación de la primera de las secciones de apelación penal, que contará con un único magistrado.

La posibilidad de que Granada se debilitara como capital judicial generó una gran movilización social. m.rodríguez

El Consejo General del Poder Judicial ha autorizado al fin el inicio de la actividad de la primera Sección de Apelación Penal en el TSJA, que contará con un magistrado y que se quedará en Granada. La decisión se ha acordado en el pleno celebrado este martes, un año después de que dejara este asunto sobre la mesa ante la movilización social que provocó el posible traslado de estas secciones a Málaga y Sevilla. 

Lo que ha decidido este martes el CGPJ no descarta definitivamente ese traslado. De momento se instala en Granada, donde se encuentra la propia Sala de lo Civil y lo Penal del TSJA, "sin perjuicio de lo que, en su caso, pueda aprobarse en el futuro". Por tanto, el Poder Judicial da solo un paso en este sentido. Un paso que ya había sido muy demandando desde Andalucía por la carga de trabajo que comenzaba a acumularse y que hacía ineludible, según había alertado el presidente del TSJA, Lorenzo del Río, en reiteradas ocasiones, su puesta en funcionamiento. 

Según el proyecto de Orden Ministerial que este martes ha recibido el informe favorable del CGPJ, el próximo 1 de septiembre será efectiva la plaza de magistrado en la Sala de lo Civil y Penal del TSJA y el inicio de la primera Sección de Apelación Penal con la que arranca la segunda instancia penal.

La segunda Sección de Apelación Penal prevista en Andalucía se mantiene sin fecha, según ha informado el CGPJ, que incide en la necesidad de que se hagan efectivas todas las plazas de magistrado que se crearon a través de un Real Decreto en 2017. En concreto, para Andalucía se crearon seis y solo será efectiva, como se ha señalado, una. 

La polémica decisión de desplazar las secciones penales a Málaga y Sevilla salió adelante en la Sala de Gobierno del TSJA al imponerse el criterio defendido por la tendencia más conservadora, la de la Asociación Profesional de la Magistratura, y con una mayoría de votos de magistrados de esas dos ciudades, según informó El Independiente de Granada. Más información en el siguiente enlace: La mayoría conservadora y de jueces de Málaga y Sevilla impuso en traslado de las nuevas sedes del TSJA.

Andalucía: "evidente situación de discriminación"

Precisamente el pleno del CGPJ considera que sería necesario "con carácter inmediato", que se hicieran efectivas tres de esas plazas para "afrontar la carga de trabajo de la Sala". 

Andalucía se encuentra en una situación de "evidente discriminación" respecto a Cataluña y Madrid, según el Poder Judicial. En estas dos comunidades también se ha autorizado una plaza de magistrado. Pero en ambos casos las plazas creadas en su día por el Real Decreto fueron tres, no seis como en Andalucía. De manera que, a partir de septiembre, el TSJA contará con uno de los seis magistrados que debe tener, mientras que Cataluña y Madrid contarán con uno de tres.

Así lo explica el Consejo General del Poder Judicial: El texto aprobado este martes por el Consejo recuerda que el ámbito territorial del TSJA comprende ocho Audiencias Provinciales, con un total de 26 Secciones penales, y que el citado Real Decreto contempla la necesidad de dos distintas Secciones de Apelación Penal, cada una de ellas con tres magistrados, “de manera que si bien la puesta en funcionamiento de una sola plaza de magistrado lo es en igualdad con lo dispuesto para los Tribunales de Cataluña y de Madrid, supone en términos relativos una evidente situación de discriminación que además no tiene fácil justificación, puesto que la reducción en este caso no es de dos plazas, sino de cinco de las plazas creadas y necesarias”.

Sobre el trabajo de las nuevas salas

El CGPJ señala que, según recientes informes del Servicio de Inspección, "la necesidad de aumento de planta de estas Salas deriva no solo de la futura carga de trabajo que en asuntos penales asumirían, sino del incremento del ingreso de asuntos civiles como consecuencia de reformas legislativas en materias referidas a arbitraje y al derecho civil especial propio de las Comunidades Autónomas y del aumento de las causas contra aforados, que obliga a designar a uno de sus magistrados como instructor y dificulta, en consecuencia, conformar la Sala de enjuiciamiento y, en su caso, la que ha de resolver sobre la admisión de la denuncia o querella o los recursos frente a las resoluciones que se dicten en fase de instrucción".
 
Inspección también incidió en las funciones gubernativas que, hasta ahora, los presidentes de los tribunales superiores han conciliado con el ejercicio de funciones jurisdiccionales, pero que "podrían verse comprometidas si el incremento del ingreso de asuntos no se acompaña de un aumento de la planta".
 
"A ello se añade que, asumida por estas Salas la competencia como tribunal de apelación penal ordinario, son constantes los pronunciamientos de la Sala Segunda del Tribunal Supremo indicando que su labor de casación debe limitarse a satisfacer las exigencias de seguridad jurídica y del principio de igualdad de los ciudadanos ante la ley a través de la unificación de doctrina, lo que traslada a las Secciones de Apelación una tarea que debe realizarse con un especial cuidado y rigor jurídico, incompatible con la masificación en el señalamiento y resolución de los recursos de apelación".
 
Por último apunta que la práctica totalidad de las sentencias que se recurren ante estas Salas son condenatorias e imponen graves penas de prisión, lo que significa que muchos de los acusados están en situación de prisión provisional. Ello reclama del tribunal de apelación un estudio exhaustivo de cada motivo de recurso e impone su resolución prioritaria, para evitar que venzan los plazos que limitan su mantenimiento, según el CGPJ.
 
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