Afecta al 82 por ciento de la plantilla de la empresa pública que gestiona la estación de esquí

Empleo rectifica y aprueba el ERTE en Cetursa

E+I+D+i - M.A. - Martes, 23 de Febrero de 2021
Te desvelamos el proceso de aprobación del Expediente de Regulación de Empleo Temporal en Cetursa.
Imagen de entrenamientos en la estación previos a la apertura.
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Imagen de entrenamientos en la estación previos a la apertura.

La Secretaría General de Empleo y Trabajo Autónomo ha estimado el recurso de alzada interpuesto por Cetursa y ha dado el visto bueno al ERTE por causa mayor presentado por la empresa pública que gestiona la estación de esquí. Con esta decisión, rectifica la negativa inicial a la medida acordada por el Consejo de Administración de Cetursa el pasado 28 de enero. 

En la resolución, a la que ha tenido acceso El Independiente de Granada, la Secretaría General, que depende de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo que dirige Rocío Blanco, detalla  la solicitud de Cetursa en la que pedía que "se declarase constatada la existencia de fuerza mayor por causas limitativas de la actividad" tuvo entrada en su Registro el 1 de febrero. En este momento se activó la tramitación, que incluyó la solicitud a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de un informe sobre la existencia de la fuerza mayor alegada.

Cabe recordar que el ERTE se justificó en la "limitación de actividad", derivada de "la caída abrupta de la demanda".

Tras recibir ese informe solicitado -el 10 de febrero-, "con fecha 12 de febrero de 2021 la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral dicta Resolución por la que se declara NO constatada la existencia de la fuerza mayor alegada por la empresa. La mencionada resolución fue notificada el 15 de febrero de 2021".

La Dirección de Cetursa presentó un recurso de alzada contra esa negativa, que se resuelve ahora a su favor. 

Una de las razones que comprometieron el ERTE -esgrimida en el informe que lo rechazó inicialmente- fue la posibilidad de acudir a Sierra Nevada a esquiar desde cualquier punto de Andalucía, una excepción que, pese al cierre perimetral de las provincias, se acordó para permitir desplazamientos a la estación siempre que no se procediera de un municipio 'confinado'.

Inicialmente, con el informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, la Secretaría de Empleo y Trabajo Autónomo concluyó que no se constataba la causa de fuerza mayor

Como recuerda la resolución, dictada este lunes 22 de febrero, el informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social concluyó que "esta última excepción permite que cualquier persona que no proceda de municipio con cierre perimetral pueda acceder a la estación de esquí de Sierra Nevada sita en Monachil y no solo puedan acceder deportistas federados y esquiadores residentes en Monachil”, y por ello entendía "como no acreditada la relación causa-efecto entre las medidas adoptadas y las limitaciones de la actividad alegadas por la empresa, concluyendo que “no se constata la causa de fuerza mayor". 

Rebatir esa conclusión ha sido una de las alegaciones formuladas por Cetursa, recordando que esa excepción no puede aplicarse cuando el término municipal en el que está enclavada está sometido a cierre perimetral por el alto nivel de contagios. Así se precisó con posterioridad en una modificación del decreto inicial aprobado por el presidente de la Junta, Juan Manuel Moreno. 

Al respecto, Cetursa alegó "que la anterior excepción debe entenderse aplicable cuando no esté sometido a cierre perimetral el municipio donde se encuentre ubicada la estación de esquí", precisando que "la Orden de 25 de enero de 2021, por la que se actualiza el anexo del Decreto del Presidente 2/2021, de 8 de enero, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, incluye, entre otros muchos, el municipio de Monachil, donde se encuentra situada la estación de Sierra Nevada, entre los municpios que superan los 500 casos de incidencia acumulada por cada 100.000 habitantes quedando, en consecuencia, sometido al cierre perimetral".

Cetursa alegó la disminución de esquiadores y la limitación de sus actividades por las medidas que debe cumplir derivadas de los niveles de alerta

De esta manera, agregó en sus alegaciones, "estando el municipio de Monachil sometido al cierre perimetral impuesto por la Junta de Andalucía, resulta imposible aplicar la excepcion anterior y permitir la entrada a usuarios de la estación de esquí procedentes de otros municipios". Para avalarlo la empresa aportó informe de la Policia Local de Monachil de 14 de febrero de 2021 y de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica de la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía de 15 de febrero de 2021, respecto a la aplicación de excepciones a las medidas de cierre perimetral de muncipios.

Igualmente recordó que las restricciones derivadas de los niveles de alerta obligan a establecer medidas que "afectan a las actividades" de la estación, en la que deben cumplirse estrictos protocolos y reducción de aforos.

Cetursa, recuerda la resolución, aportó datos sobre "la disminución de esquiadores desde la adopción de las medidas restrictivas, especialmente desde el cierre perimetral de Monachil".

Tras referir que el Real Decreto sobre el Estado de Alarma permite a las empresas afectadas establecer un ERTE, la resolución indica que "de lo alegado por la empresa en el recurso de alzada y del análisis de los documentos aportados se constata que la empresa Cetursa Sierra Nevada SL sí ha visto limitado el desarrollo normalizado de su actividad debido a las medidas establecidas por la administración para controlar los efectos de la crisis del COVID-19".  

También da por aceptado que la excepción para desplazarse a la estación a esquiar decaía al quedar Monachil en cierre perimetral. Sobre este aspecto detalla que así quedó aclarado en posteriores modificaciones, la última aprobada el 12 de febrero, quedando finalmente redactada en este sentido: "[…] y para la práctica de deportes de invierno de ocio  sobre nieve o hielo, que se acreditará mediante la presentación del abono para utilizar los remontes -forfait- en una estación de esquí, previamente adquirido, siempre que no se proceda de municipio con cierre perimetral o la estación se ubique en un municipio con cierre perimetral". 

Finalmente repasa las limitaciones que debe cumplir Sierra Nevada según los niveles de alerta que se establezcan en función de la incidencia del Covid, con reducciones de aforos en pistas, medios mecánicos, actividades formativas e incluso la capacidad de los aparcamientos.

Como señala el texto de la resolución, en la documentación presentada por Cetursa, "queda acreditado" que las actividades económicas que desempeña en la estación han quedado "directamente" afectadas por las limitaciones establecidas, "las cuales alcanzan su nivel más alto de limitación con la declaración del nivel de alerta 4 en el municipio de Monachil". 

"En base a lo anterior, constatado que la empresa recurrente se ha visto afectada por las limitaciones establecidas por la administración, se declara la existencia de fuerza mayor por limitación de actividad alegada por la empresa en aplicación de lo dispuesto en el artículo 2.2 del Real Decreto Ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo", agrega Empleo.

Por todo ello resuelve: "Estimar por las razones contenidas en los Fundamentos de Derecho anteriormente expuestos, el Recurso de Alzada interpuesto por la empresa Cetursa Sierra Nevada SA, contra la Resolución de fecha 12 de febrero de 2021, dictada por la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por lo que se declara la existencia de fuerza mayor por limitación de actividad alegada por la empresa en aplicación de lo dispuesto en el artículo 2.2 del Real Decreto Ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo".

El ERTE se planteó con una duración inicial de 14 días desde el 1 de febrero "como medida de protección a los trabajadores" y "salvaguardar la sostenibilidad de la empresa".

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