Tres procesados aceptan una condena de cárcel en la primera sesión del macrojuicio por el caso Alhambra
La Fiscalía y la Junta de Andalucía han retirado su acusación para uno de los 50 procesados en el juicio que ha arrancado este jueves por supuesto fraude en la venta de entradas y el control de accesos a la Alhambra y han llegado a un acuerdo de conformidad con otros tres acusados, los cuales han aceptado una condena de nueve meses de cárcel por los delitos de apropiación indebida y falsedad documental.
Se trata de dos trabajadores del monumento -un oficial de primera y una controladora- y una persona vinculada a la agencia de viajes Washingtong Irving Travel, María Pilar A.B., que han ratificado ante el tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia el acuerdo, reconociendo la comisión de los citados delitos.
En el caso de María Pilar A.B, su acuerdo ha conllevado, además de la rebaja de la pena, la retirada de la acusación de la Fiscalía y la Junta de Andalucía para Juan C.J., vinculado también a Washingtong Irving Travel.
La Fiscalía y la Junta de Andalucía no han interesado que el procesado comparezca como testigo a lo largo del proceso, de modo que ha podido abandonar la sala y, según ha avanzado el presidente del tribunal, el magistrado José Requena Paredes, quedará absuelto cuando se dicte sentencia. De este modo, el proceso continuará a partir de ahora con 49 acusados.
Aunque inicialmente se habían cerrado seis preacuerdos de conformidad, finalmente solo se han ratificado estos tres, pues dos procesados -una controladora y un guía turístico- los han rechazado ante el tribunal y se han declarado inocentes.
Por su parte, un sexto procesado, un trabajador del BBVA al que únicamente acusa la Junta de Andalucía, está pendiente de que el tribunal decida si acepta o no la personación de esta administración en el caso, después de que una de las defensas haya planteado que no cuenta con la obligatoria autorización del Consejo de Gobierno para hacerlo.
Además de ésta, se han planteado otras cuestiones previas como la incorporación a la causa de una prueba pericial propuesta por el abogado defensor de uno de los principales investigados, Francisco C.J., vinculado a la agencia Daraxatour S.L., y que ha sido admitida por el tribunal con el objetivo de evitar "resquicios ante posibles indefensiones".
Las partes también han interesado la nulidad respecto a las escuchas practicadas en el transcurso de la investigaciones y de las actuaciones derivadas de las mismas; del auto de apertura de juicio oral; de las detenciones y registros practicados, entre otros asuntos que serán objeto de sentencia, salvo en lo relativo a lo planteado por las defensas sobre una posible falta de imparcialidad del juez instructor.
El tribunal lo ha rechazado y su presidente ha defendido la labor del que fuera titular del Juzgado de Instrucción 6 de Granada, Miguel Ángel del Arco, recordando que se jubiló el pasado año dejando atrás una "trayectoria de más de 50 años", según ha recalcado José Requena Paredes.
Durante esta primera sesión, la defensa de Francisco C.J., ejercida por el abogado Pablo Luna, ha hecho hincapié en que una macrocausa como esta no haya contado con un auto de incoación de diligencias previas, en tanto que da garantías al proceso y ha aludido a la indefensión que puede producirse por la falta de concreción de los hechos delictivos y de las acusaciones a los procesados.
El juicio, que se está celebrando en el salón de actos del Edificio Judicial de la Caleta y prevé prolongarse hasta el próximo 22 de diciembre, continuará el próximo lunes, cuando el tribunal prevé decidir sobre la personación como acusación particular de la Junta en el proceso y arrancará la ronda de interrogatorios a los acusados.
Los delitos que se juzgan son los de apropiación indebida, estafa, falsedad en documento mercantil, daños al patrimonio histórico-artístico y cohecho.
Según consta en el escrito de acusación del Ministerio Público, la presunta trama delictiva estaba encabezada por cinco miembros de una misa familia, dos de ellos guías turísticos, otro director comercial del Hotel Carmen y el resto de las agencias de viajes Witt Travel S.L. y Daraxatour S.L., quienes "con la finalidad de conseguir un provecho patrimonial ilícito idearon y ejecutaron durante los años 2002 a 2005 un plan" para ingresar lo que sus clientes pagaban para obtener una entrada a la Alhambra, monumento al que accedían pese a este sistema ilícito.
Estos acusados aprovecharon también las relaciones de amistad y profesionales que les unían con otro de los procesados, un guía turístico que durante 40 años prácticamente monopolizó la visita del turismo japonés a Granada gracias a su conocimiento del idioma y contactos con agencias que gestionaban grupos de esta nacionalidad.