El Defensor del Pueblo Andaluz pide respuestas a las administraciones locales para paliar las consecuencias de la crisis

Contratos públicos más sociales, una necesidad

Ciudadanía - IndeGranada - Domingo, 21 de Agosto de 2016
La crisis ha provocado tal desigualdad social, con situaciones de graves carencias, que obliga a las administraciones, en especial a aquellas más cercanas a la ciudadanía, las locales, a dar respuestas. Así lo cree el Defensor del Pueblo Andaluz, que les urge a introducir cláusulas sociales en los pliegos que fijan las condiciones de sus contrataciones administrativas. No puede importar solo la mejor oferta económica; en este contexto, fomentar la cohesión social debe ser una prioridad.

El Defensor pide a ayuntamientos y diputaciones cláusulas sociales en sus contratos públicos. m.rodríguez

"Una de las principales consecuencias que ha tenido este periodo de profunda crisis ha sido la de poner a nuestra sociedad ante el dilema de optar entre solventar las urgencias económicas derivadas de una economía en bancarrota o mantener el conjunto de derechos sociales y económicos que configuraban nuestro estado del bienestar y eran el resultado de un largo periodo de años de conquistas y avances sociales.

El resultado de esa elección es hoy notorio y son pocos los que se atreven a discutir que hemos experimentado un retroceso importante en relación a muchos de los derechos que consagran nuestro texto constitucional.

Esta realidad nos lleva a la conclusión de que las consecuencias de esta crisis en relación a los derechos sociales van a persistir a corto y medio plazo, por lo que, mientras sea así, esta Institución va a seguir dedicando sus mayores esfuerzos a proteger y tutelar los derechos sociales afectados."

El Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu, hizo esta reflexión en el informe correspondiente a 2014 que presentó en su día al Parlamento andaluz. Y ahora la recuerda en la resolución a una queja que abrió de oficio para dar respuesta a una situación que se repetía en las múltiples quejas que llegan a su Oficina: la de carencia y de necesidad socioeconómica que padecen muchas personas y colectivos sociales a consecuencia de la crisis. 

A su juicio, la contratación administrativa pública, utilizado como instrumento al servicio de los intereses generales, es "un poderoso recurso material" para lograr esa inclusión social arrasada por la crisis económica. Y por ello pide a los ayuntamientos y diputaciones que recojan en las cláusulas de los contratos que sacan a licitación criterios que favorezcan la inserción sociolaboral de personas en riesgo de exclusión social o que promuevan la calidad en el empleo, entre otros aspectos.

Durante mucho tiempo ha figurado en la agenda de partidos políticos; ahora es una institución como el Defensor del Pueblo Andaluz el que reclama este 'giro social' en la contratación pública. 

Para argumentar su petición, que dirige a los ayuntamientos y diputaciones, Maeztu recuerda, entre otros aspectos, que la normativa de la Unión Europea -de la que cita distintas directivas- fomenta esos principios sociales. 

No es una petición que llegue a un desierto en esta materia. Ya hay iniciativas en ese sentido. El propio Defensor cita un manual elaborado por la Diputación Provincial de Granada como ejemplo. 

"Hemos podido consultar las páginas webs y hemos accedido a la información y publicación contenida en los portales de la transparencia de determinadas Administraciones que integran la Local en Andalucía y comprobando cómo las diputaciones de Granada y Málaga, cuentan con manuales prácticos de cláusulas sociales para la inserción socio-laboral con la finalidad y objetivo de llevar a cabo «la inclusión de aspectos de política social en los procesos de contratación pública y, concretamente, la promoción de empleo para personas en situación o riesgo de exclusión social, con el objetivo de favorecer su incorporación socio laboral»; y han elaborado, aprobado y publicado Pliegos de Cláusulas Administrativas dónde incorporan en los distintos tipos de contratos las condiciones o criterios sociales que deben regir la contratación administrativa", apunta en su resolución el Defensor.

El ejemplo de la Diputación de Granada



Bajo el título "Guía práctica para la incorporación de cláusulas sociales en la contratación pública', la Diputación de Granada ya elaboró en 2011, en la etapa en la que IU estuvo al frente del área de Promoción Económica y Empleo -con Julio Bernardo como diputado provincial en el gobierno de coalición con el PSOE-, un manual para asesorar a los ayuntamientos a poner en marcha estas "buenas prácticas socialmente responsables", como se precisaba en su introducción.
"No cabe duda que su aplicación es compatible con los principios de eficacia y eficiencia que rigen la ejecución del gasto público, no suponiendo la introducción de cláusulas sociales la atribución a los órganos de contratación de una libertad incondicionada para la selección de la oferta ni la infracción de los principios generales aplicables a la actividad contractual de la Administración, en especial los de concurrencia, igualdad y no discriminación y las libertades de prestación de servicios y circulación de bienes", exponía en la presentación del documento.

También se refiere el Defensor del Pueblo Andaluz a una iniciativa más reciente, la del Ayuntamiento de Sevilla, que ha aprobado este año las directrices sociales y ambientales que regirán en la contratación pública del Consistorio y de sus empresas públicas y organismos autónomos.

Las distintas opciones para hacer más social la contratación, según el Defensor: 

-En la mayor parte de las ocasiones la Administración y sus entidades instrumentales cuentan con previsiones respecto a la inclusión de cláusulas sociales en su sistema de elaboración, gestión y adjudicación de contratos públicos. Con referencia especial a la existencia o no de Pliegos de Cláusulas Administrativas Generales; Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y en los Pliegos de Condiciones Técnicas, elaborados la mayor parte de las ocasiones por una tarea o trabajo en común y con la participación de las distintas Delegaciones o Áreas (Hacienda, Bienestar Social, Juventud, Igualdad) y de los diferentes Servicios (Secretaría, Intervención, Oficinas Técnicas, etc.).

-Por la naturaleza y alcance de los denominados criterios o cláusulas sociales que utilizan las Administraciones en los anteriormente referidos instrumentos reguladores de la contratación pública, aquéllos figuran consignados unas veces como elementos conformadores del objeto del contrato de que se trate; otras, como criterios de capacidad o para la admisión a las licitaciones públicas; en ocasiones, como criterios de valoración del contratista vinculados a su capacidad técnica, experiencia, solvencia, etc.; igualmente, aparecen también como obligación o criterio de ejecución del contrato; e incluso, como criterios de desempate en el baremo; como contratos reservados; etcétera.

-En cuanto a la temática sociales incluida afectan tales cláusulas a materia de: inserción sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social, se refieren expresamente a las Empresas de Inserción (beneficiarias de los contratos reservados), discapacidad, seguridad y salud laborales, igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, calidad en el empleo, criterios de sostenibilidad y de respeto al entorno, etcétera.

Tras repasar el ordenamiento estatal y autonómico y citar incluso una resolución del Tribunal Supremo en la que se "insistía en la posibilidad de incorporar las políticas públicas en materia de contratación administrativa como instrumento de corresponsabilidad social", señalando, como recuerda el Defensor, que "la Administración no está obligada a aceptar el mejor precio, sino la oferta más favorables al interés público". (STS de 23 de mayo de 1997), insta a los órganos competentes de las entidades que integran la Administración local de Andalucía a que "aprueben directrices y de Pliegos de Cláusulas Administrativas Generales, con expresa inclusión de cláusulas sociales en la contratación administrativa de tales entidades y de sus organismos y entes instrumentales, como medio de promoción de la estabilidad y sostenibilidad económicas, para mejorar la calidad de vida de la población, así como para tratar de articular en mayor y mejor medida la cohesión social y la igualdad en el ámbito local afectado; debiendo incorporar mecanismos para el seguimiento y control o supervisión del cumplimiento de las cláusulas sociales".