La Junta modifica varios artículos de la LOUA, incluidos dos que afectan suelo no urbanizable, para facilitar instalación de infraestructuras de telecomunicaciones

Dentro del decreto ley que reactiva el proceso de matriculación escolar, la Junta ha incluido otras medidas de varios departamentos del Gobierno andaluz. Así, además de la regulación referida al uso seguro de las playas, que corresponderá a los ayuntamientos, la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio ha incluido modificaciones a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA).
Según informa la Junta, el objetivo de la modificación es "propiciar la implantación de las infraestructuras de telecomunicaciones y facilitar, por ejemplo, el teletrabajo que tan importante ha demostrado ser en estos momentos de pandemia".
Por un lado, "se modifica el artículo 42.3 suprimiendo la necesidad de tramitar un Plan Especial o un Proyecto de Actuación, como paso previo a la licencia urbanística, para implantar infraestructuras, instalaciones y redes de telecomunicaciones, consiguiendo con ello una notable reducción de los plazos administrativos para la efectiva autorización de las infraestructuras".
Por otro lado, se modifican los artículos 50 y 52 que regulan el régimen del suelo no urbanizable "al objeto de permitir sobre esta clase de suelo la implantación de equipamientos y dotaciones públicas, infraestructuras, de instalaciones, servicios, públicas o privadas, siempre que redunden en el interés general, incluidas las vinculadas a las telecomunicaciones y siempre que las mismas no se encuentren expresamente prohibidas por la legislación aplicable por razón de la materia ni por la planificación territorial y urbanística por razón de una especial protección de los terrenos".
Reducción de tasas sanitarias
En materia sanitaria, la nueva norma contempla la reducción de la tasa de solicitud para la licencia de funcionamiento en la fabricación de productos sanitarios a medida. Esta decisión, de carácter excepcional y temporal para 2020, se aplicará a las solicitudes pendientes de resolver cuando se declaró el estado de alarma por el Covid-19, así como a aquellas que se presenten durante el resto del año.
Así, se establece un importe reducido de 7 o 57 euros, dependiendo del tipo de solicitud, para las instalaciones de fabricación y suministro de productos médicos y ortoprotésicos a medida (ortopedias y ópticas).
Por otro lado, el decreto ley establece de forma permanente una cuantía de la tasa a aplicar desde 2021, con un importe de 60 o 150 euros dependiendo del tipo de solicitud, que se actualizará anualmente.
El sector de fabricación de productos sanitarios a medida está integrado principalmente por pequeñas y medianas empresas. Con la nueva normativa, el Gobierno andaluz pretende flexibilizar las cargas tributarias para el inicio de este tipo de actividad realizada por profesionales sanitarios, lo que contribuirá a la reactivación económica, a la vez que se garantiza el nivel de calidad exigido.