Esquía en primavera en Sierra Nevada.
A petición de la Fiscalía y de la acusación que ejerce el empresario Ramón Arenas

La jueza del caso Nazarí envía el rastro de operaciones de García Arrabal con sociedades opacas de Luxemburgo a la Audiencia Nacional

Política - M.A. - Jueves, 9 de Diciembre de 2021
En el auto en el que la jueza da carpetazo a la pieza del expediente Progreso, que investiga la operación urbanística que levantó el edificio en el que se encuentra la sede del PP, acuerda deducir testimonio y remitir esa parte al magistrado que investiga las irregularidades que llevaron a la disolución del Banco Popular.
Edificio que albergaba la sede de las empresas de García Arrabal.
IndeGranada/archivo
Edificio que albergaba la sede de las empresas de García Arrabal.

La instrucción del caso Nazarí, que investiga la presunta trama urbanística durante los sucesivos mandatos del PP en el Ayuntamiento de Granada con José Torres Hurtado como alcalde, suma un nuevo archivo, el de la pieza referida a la operación urbanística que avaló la construcción del edificio que alberga la sede provincial del PP. Pero parte de las investigaciones que la UDEF llevó a cabo sobre este expediente urbanístico seguirán otro camino, el de la Audiencia Nacional, porque localizaron el rastro de operaciones que pueden ayudar en otro caso, el que investiga las irregularidades que llevaron a la disolución del Banco Popular. 

Este paso, que pone el foco en el constructor Roberto García Arrabal y en una operación presuntamente auspiciada por el banco para que sociedades opacas de Luxemburgo salieran en su ayuda, ha sido solicitado por la Fiscalía y la acusación popular ejercida por el empresario Ramón Arenas, uno de los principales perjudicados en el caso Nazarí y denunciante de los hechos.

En el informe de la UDEF sobre la documentación incautada a García Arrabal tras su detención, se ofrecen detalles sobre la venta de una empresa del promotor, Inversiones Áreas Sur SL -después convertida en Taler Real State SL- a dos empresas de Luxemburgo.

En concreto, a Universal Holding SA y Pride Investments SA. Esa venta se produjo un mes después de haber formalizado una de las operaciones investigadas en la Nazarí, la residencia universitaria que se proyectó en el PTS. 

Entre otros documentos, figura también un aval del Banco Popular a Universal Holding -una de esas empresas de Luxemburgo- ante la inmobiliaria García Arrabal por un importe de 500.000 euros como garantía de un primer pago aplazado por el precio de la compraventa de participaciones sociales de Inversions Área Sur. Hay un total de cuatro pagos. 

También un acta notarial , a instancias de Universal Holding, con tres cheques. Uno de 3 millones y otro de 792.000 euros, a favor de Inmobiliaria Hermanos García Arrabal, y un tercero de un millón con beneficiario Serrallo Plaza Managament. Detalla la UDEF que la mitad de Inversiones Área Sur era propiedad de la inmobiliaria, y el otro 50 por ciento de la sociedad Popular de Participaciones Financieras SA.

Como informó Granada Hoy, el juez del caso Popular investiga en la Audiencia Nacional, entre otras sociedades, a Taler Real State y a Forum de Negocios Granada, Forum de Negocios Motril y Forum de Negocios del Sur. Indaga en si fueron utilizadas sociedades opacas de Luxemburgo para ocultar pérdidas millonarias de empresas. También señaló que las dos empresas de Luxemburgo que compraron la sociedad de García Arrabal Inversiones Área Sur fueron creadas por un despacho que figura en los Papeles de Panamá.

En el caso del expediente Progreso, ahora archivado, es la empresa Inversiones Área Sur la que promovió la operación urbanística. En el edificio se instaló la sede provincial del PP y el Colegio de Médicos. En el caso de la sede del PP, entre los documentos incautados por la UDEF figuraban detalles del contrato de alquiler suscrito por el Partido Popular que, ya con la operación Nazarí iniciada, formalizó la compra del local. 

La sede fue ya objeto de investigación, por la Audiencia Nacional y por un juzgado granadino, en ambos casos archivada. De la documentación del alquiler de la sede del PP están un primer borrador, con un precio algo mayor que el que figura en los contratos firmados entre los representantes del PP y el promotor. Son dos: uno de ellos por el alquiler del inmueble, y el otro por los bienes muebles. El primer con la rúbrica de Sebastián Pérez, encargado como presidente provincial de firmar el alquiler de la sede, por la que el partido paga 8.000 euros mensuales. Podrá ejercer en su día opción a compra -de 1,8 millones-. El otro contrato está firmado por Francisco Almohalla, de 3.000 euros al mes.

Además hay otro documento, intervenido al promotor, en el que se detallan el presupuesto de las obras que hizo en su día para acondicionar la que luego sería la sede del partido, que asciende a medio millón de euros.

Respecto a la compra, se formalizó en junio de 2018. Fue el entonces presidente provincial del PP, Sebastián Pérez, quien informó de la compra en una intervención en un acto con María Dolores de Cospedal. "La sede ya es de la familia del PP", dijo entonces. 

Archivada la pieza Progreso por ser "cuestiones de índole urbanística"

Sobre el archivo de la pieza en el caso Nazarí, la jueza recuerda que tenía por objetivo "la investigación sobre la compatibilidad o no , en su caso, de usos residenciales en la parcela de terciario-oficinas"  y expone que, "de la documental obrante en las actuaciones, documental aportada por el Ayuntamiento de Granada e informes periciales, se ha puesto de manifiesto la realidad o existencia de irregularidades en el desarrollo de la parcela". Pero añade que consta un informe pericial elaborado por inspectores de la Junta de Andalucía en el que "se puede deducir la existencia de la compatibilidad a la que anteriormente hemos aludido, confirmando así la legalidad de la actuación llevada a cabo y que la parcela en cuestión, puede destinarse indistintamente a cualquier uso terciario, por razón de compatibilidad. Igualmente se afirma que las 39 viviendas son compatibles con el uso de oficina y que no alteran el uso dominante , no siendo necesario modificar las reservas de equipamientos ni espacios libres, porque el uso en cuestión, ya estaba previsto en el PERI del año 2001".

Añade a esa argumentación la necesidad de "atender al criterio establecido" por la Sección Segunda de la Audiencia Nacional, en el denominado caso Serrallo, "al no admitirse por dicho Tribunal, en la sentencia dictada en dicho procedimiento, que considera que 'ni la prevaricación urbanística ni la prevaricación común' pueden ser apreciadas cuando se trata de irregularidades que obedecen a una interpretación errónea, equivocada o discutible , por lo que deberá de procederse al dictado del sobreseimiento provisional peticionado".

Por tanto, al haber quedado concretado como "cuestiones de índole urbanística", solo cabe, indica la jueza, el sobreseimiento.

Junto a ello refiere la investigación abierta en la Audiencia Nacional, referida a la sociedad Tale Real State SL propietaria del edificio, particulares correspondientes que sean concretados por la acusación poular en el plazo de 15 días desde la notificación de la presente resolución -de fecha 30 de noviembre-, con la finalidad de que los referidos sean remitidos al Juzgado Central de Instrucción 4 de Madrid, a efectos de su incorporación al caso.