El Juzgado de Instrucción número 2 de Granada ha decretado este lunes el levantamiento del secreto del sumario del caso Nazarí, que investiga la presunta trama de corrupción urbanística en el Ayuntamiento de Granada durante el gobierno del PP, en la que fueron detenidos el entonces alcalde José Torres Hurtado, la que era concejal de Urbanismo Isabel Nieto, así como una veintena de empresarios y funcionarios municipales.El auto desvela que las investigaciones judiciales comenzaron en enero de 2016, cuatro meses antes de que la operación policial.
Miguel Rodríguez
Torres Hurtado, tras declarar el juzgado por el caso Nazarí.
Las diligencias, sobre las que este lunes el juzgado decreta el levantamiento del secreto, acumulan varios casos por distintas operaciones urbanísticas e investigan presuntos delitos de cohecho, fraude en la contratación, asociación ilícita, prevaricación, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, estafa, falsedad en documento mercantil, administración desleal y contra la ordenación del territorio.
El auto desvela que la investigación judicial comenzó en enero de 2016 y que con fecha 22 de ese mes se acordó el secreto de las actuaciones, que fueron prorrogadas nueve veces más, entre ellas, en frebrero, marzo y abril.
María Ángeles Muñoz, magistrada-jueza del Juzgado de Instrucción número 2 de Granada, acuerda la medida después de que por parte de la Instrucción se librara oficio en fecha de 19 de octubre al Grupo de Delincuencia Económica de la Policía Nacional, así como a la Secretaria General de Ordenación del Territorio y Sostenibilidad Urbana Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, con la finalidad de que informaran, de la previsión temporal de duración de las diligencias de investigación que se habían acordado por este Juzgado, según el auto con fecha de este lunes 7 de noviembre.
El auto desvela que la investigación judicial comenzaron en enero de 2016
En contestación al oficio, la Policía Nacional comunicó que la duración aproximada del estudio de la documental obrante en las actuaciones, consecuencia de los distintas entradas y registros practicadas en fecha de 13 de abril del corriente en las viviendas de los investigados, así como del estudio de la información relacionada con los hechos investigados, proveniente del volcado de los distintos dispositivos electrónicos, tendría una duración no inferior a seis meses.
Igualmente, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, contestó al referido oficio manifestando que “con fecha de 13 de octubre de 2016 por personal del cuerpo Nacional de Policía adscrita a la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal se había hecho entrega de documentación comprendida en 13 cajas, recibida por los Inspectores a los que se les ha encomendado el peritaje en cuestión”.
“Y que del examen inicial de los documentos recibidos, entre 15.000 y 18.000 folios, agrupados en ocho grandes asuntos, podría resultar necesaria para el debido enjuiciamiento de las cuestiones urbanísticas objeto de informe
nueva documentación”, concluyendo que “.sin perjuicio del carácter prioritario que se la ha otorgado a la elaboración de dichos informes, se le informa que el tiempo estimado para su elaboración, una vez completada la documentación que sea requerida, se estima en un plazo no inferior a seis meses..”.
La jueza no aprecia posibilidad de interferencia alguna o riesgo para la investigación y averiguación de la verdad
En los razonamientos jurídicos del auto, tras citar jurisprudencia alusiva al secreto del sumario, la jueza considera que ”visto el contenido de los oficios referidos en los hechos de la presente resolución –Policía Nacional y la Consejería de Medio Ambiente-,así como la posible duración de las prácticas de las distintas diligencias acordadas en los términos que se exponen en los oficios indicados en donde se establece que el plazo para las distintas investigaciones y estudios no será inferior a seis meses, teniendo en cuenta, además, que no se aprecia por parte de esta Instrucción la posibilidad de que pudiera haber interferencia alguna o riesgo para la investigación y averiguación de la verdad, respecto de las diligencias de investigación ya acordadas, es por lo que debe de procederse, en aplicación del principio de proporcionalidad de la medida aplicada, a levantar el secreto de las actuaciones”.
Contra la medida, notificada al Ministerio Fiscal y a las partes personadas, cabe recurso de reforma y apelación en el plazo de los 3 o 5 días siguientes a su notificación.
El caso Nazarí provocó el cambio de gobierno en el Ayuntamiento de Granada, tras ser elegido el socialista Francisco Cuenca, tras las dimisiones de Torres Hurtado, Isabel Nieto y de Sebastián Pérez, entonces, concejal de Presidencia y Transparencia.