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La Audiencia rechaza incorporar al caso Nazarí un expediente tramitado por el actual gobierno local como piden los investigados

Política - M.A. - Miércoles, 11 de Julio de 2018
En su recurso, Isabel Nieto, Manuel Lorente y otros tres funcionarios, pidieron que se investigara la concesión de la licencia a un hotel, en cuya tramitación hubo "discrepancias interpretativas de la normativa", para demostrar que las operaciones que se atribuye a la presunta trama urbanística estuvieron "correctamente tramitadas".

La Audiencia Provincial ha rechazado el recurso interpuesto por Isabel Nieto, Manuel Lorente y otros tres funcionarios investigados en el caso Nazarí para incorporar a la investigación un expediente reciente, aprobado ya con el PP fuera del gobierno local. Su pretensión ya fue rechazada por la jueza del caso, la titular del Juzgado de Instrucción número 2, y ahora desestimada también por la Audiencia. 

El objetivo del recurso era, según expusieron, "demostrar que los temas que se investigan en estas diligencias previas están correctamente tramitados", y que "las discrepancias interpretativas" de la normativa en materia urbanística eran "las habituales". Ellos ya no están en Urbanismo y continúa "el mismo proceder", según apuntaron, alegando que lo único que pretendían era "poner sobre la mesa la opinión jurídica de otros funcionarios municipales que no son los denunciantes, aplicada a casos concretos similares". Existen, subrayaron, "supuestos similares en los que el Ayuntamiento a través de sus técnicos ha actuado de igual forma".

Como se ha señalado, la Audiencia rechaza el recurso. Ese expediente que reclaman, "no tiene relación directa con los hechos objeto de investigación". 

Recuerda también el auto que "nunca lo 'jurídico, como también expone el recurrente, ha de constituir la finalidad de una diligencia de investigación, pues el legislador parte de la afirmación de que el Juez conoce el Derecho, 'iura novit curia', resultando irrelevantes las 'opiniones jurídicas' de otros, pues de lo que se trata es de comprobar si los hechos de apariencia delictiva son o no finalmente eso, delitos, por concurrir los elementos del tipo de que se trate, que, si de prevaricación versa, solo podrá existir si resulta patente que el acto administrativo deriva de la pura voluntad caprichosa de quien lo emite".

La Audiencia expone también entre sus argumentos para desestimar el recurso que, para considerar que unas diligencias son necesarias y esenciales, "deben albergar capacidad para evitar o excluir los indicios delictivos y derivar hacia un sobreseimiento, o, como segunda opción, que se trate de diligencias pertinentes que no pudieran practicarse en otras fases procesales posteriores. Ninguno de los supuestos concurre", apunta la Audiencia en el auto al que ha tenido acceso El Independiente de Granada.