Recurso de apelación contra el archivo del presunto fraude en la escuela de hostelería
Los alumnos y el docente denunciantes de las presuntas irregularidades en la escuela de hostelería de Granada han recurrido el archivo decretado por el Juzgado de Instrucción 5.
En el recurso de apelación presentado ante el Juzgado para que lo eleve a la Audiencia de Granada, los denunciantes alegan "falta de motivación en el archivo". En este sentido exponen que el juez se centra únicamente en el curso de manipulador de alimentos que, según denunciaron, eran obligados a cursar los alumnos y alumnas para acceder a las prácticas de la formación reglada y "obvia" otro de los hechos denunciados, que fue "la no devolución de la fianza de las taquillas" utilizadas en el centro.
"Dicho ilícito denunciado ni ha sido objeto de diligencias previas al no ser llamado a declarar el propio denunciante". Esos hechos no han sido investigados, subrayan para indicar que en el auto de archivo no se menciona si son o no constitutivos de delito. Entiende el letrado que representa a los denunciantes que el auto de sobreseimiento "infringe el derecho fundamental de esta parte a la tutela efectiva", puesto que "no contiene ningún razonamiento individualizado para el caso concreto planteado sobre la no devolución de las fianzas". En este sentido apunta que el Constitucional, en su doctrina, viene exigiendo que el cierre del proceso contenga "motivación suficiente". Por tanto, agrega, ello "determina la nulidad de pleno derecho de la resolución recurrida".
Por otra parte, el recurso argumenta que el archivo "excede notoriamente las facultades del Juez de Instrucción en esta fase del proceso, al realizar una verdadera valoración de prueba en base a las diligencias de investigación practicadas, la cual está reservada para el acto del plenario cuando las partes, con todas las garantías de publicidad y contradicción, pueden practicar las pruebas que proponen, y el órgano de enjuiciamiento puede valorarlas de forma plena por practicarse en su inmediación".
"Los hechos, más allá de los importes individualizados, resultan de una gravedad absoluta dado que desde un centro público se obliga al alumnado a exigir la realización de cursos para poder acceder a las propias prácticas de la formación reglada a sabiendas de que eran completamente ilegales".
Sobre este aspecto, como documentación se aporta un correo electrónico en el que la Consejería de Salud informa de que no consta petición de la escuela de hostelería para seguir en el registro de las empresas que pueden acreditar esos cursos, con lo cual -indica el recurso- dejaron de tener validez sus autorizaciones.
"El instructor, dicho sea con todos los respetos y en términos de defensa, ha excedido el juicio indiciario que es propio de esta fase, al introducir elementos de valoración propios del plenario, y así ha entrado en el ámbito de los elementos subjetivos de los presuntos ilícitos penales, indicando que el tipo se puede subsumir en una “falta de estafa” estando prescrita, sin reparar en la consecuencia de malversación de caudales públicos o apropiación de dinero público, ya que dichos importes fueron recaudados en un centro público de enseñanza, sin ni siquiera tomar declaración al denunciante" y tampoco a los investigados.