La Cámara de Cuentas recomienda a la UGR publicar en el portal de transparencia "la información requerida" por ley
La Cámara de Cuentas de Andalucía ha recomendado a la Universidad de Granada (UGR) incorporar al portal de transparencia "toda la información requerida por la normativa, sin omisiones y evitando la dispersión" de la misma.
Así consta en el resumen del informe que ha realizado el órgano auditor sobre el cumplimiento de la legalidad en la gestión realizada por la UGR referida al ejercicio 2018, emitiendo una opinión "de cumplimiento con salvedades" y proponiendo recomendaciones de mejora, en relación con presupuesto y modificaciones; cuentas anuales y estabilidad presupuestaria; contratación; personal; y subvenciones propias concedidas y otras transferencias realizadas.
Entre estas recomendaciones, la Cámara de Cuentas propone también a la institución académica granadina la regulación "con carácter permanente" del régimen de control interno aplicable a la Universidad, con "elaboración de un manual de procedimientos y funcionamiento en esta materia", así como de una "guía de procedimientos y funcionamiento en materia de contratación, en el que se indiquen las tareas a realizar y las responsabilidades de cada puesto".
Asimismo, aboga por que la UGR establezca una "adecuada planificación de la contratación", con "valoración y cuantificación previa de las necesidades a satisfacer", a fin de que, si estas "se consideran periódicas y continuadas en el tiempo", se opte por "la tramitación de los procedimientos ordinarios y sistemas de racionalización técnica" de las contrataciones, "evitando el uso abusivo" de las de carácter "menor".
Propone mejoras en relación con presupuesto y modificaciones, cuentas anuales y estabilidad presupuestaria, contratación, personal y subvenciones propias concedidas y otras transferencias realizadas
Recomienda también un "estudio de mecanismos que permitan remover obstáculos o fomentar la carrera administrativa de la mujer" dentro del personal docente e investigador funcionario de la UGR, a fin de corregir "el sesgo de género observado", así como una "actualización de la relación de puestos de trabajo del personal de administración y servicios a las necesidades reales existentes" con "reducción del nivel de provisionalidad o interinidad".
El informe ha detectado, en relación con las modificaciones presupuestarias, una supuesta "vulneración de determinadas limitaciones legales aplicables a las transferencias de crédito", a la par que "falta de cuantificación del impacto de las modificaciones sobre los objetivos establecidos", entre otras cuestiones.
Por último, cabe destacar la ausencia de un plan estratégico de subvenciones, según detalla el resumen del informe, que apunta a un posible "incumplimiento del principio de publicidad y transparencia, por no inserción de las bases reguladoras y/o convocatorias y concesiones en diario o boletín oficial y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones".
Más información sobre el informe de fiscalización:
La Cámara de Cuentas de Andalucía emite una opinión de cumplimiento con salvedades debido a los incumplimientos y limitaciones que se detallan en el informe de fiscalización y que seguidamente se resumen:
En relación a las cuentas anuales se han identificado incidencias en el contenido de la Memoria; ausencia de aprobación por el Consejo Social de la Universidad de las cuentas anuales de 2018 de la Fundación General Universidad de Granada-Empresa; falta de nivelación o compensación entre ingresos y gastos presupuestarios de operaciones corrientes y de capital no financieras; ausencia de implantación definitiva y operante de un sistema de contabilidad analítica; e inaplicación de determinadas medidas de seguimiento y control en materia de morosidad establecidas en la Ley 25/2013, de 27 de septiembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro de facturas del Sector Público.
En materia de contratación se han observado incumplimientos asociados a la falta de justificación de la no división en lotes, publicación de los acuerdos de inicio y aprobación del expediente, y remisión de información contractual a la Cámara de Cuentas de Andalucía y registro de contratos, además de otros incumplimientos puntuales relacionados con el fraccionamiento indebido del objeto contractual, la ponderación de criterios de adjudicación en prestaciones de carácter intelectual y los plazos para constitución de garantías y formalización de contratos. También se ha observado incumplimiento del régimen de control interno aplicable a las prórrogas y del plazo de ejecución de algunos contratos, e indicios de fraccionamiento y uso indebido de la contratación menor para cobertura de necesidades permanentes, periódicas, recurrentes y previsibles por importe superior al umbral establecido, eludiendo los requisitos de publicidad y procedimiento aplicables.
En cuanto al personal, se han analizado, entre otros aspectos, el acceso, provisión, selección, contratación y régimen retributivo del personal docente, investigador y de administración y servicios, habiéndose observado ciertas limitaciones al alcance e incumplimientos no generalizados, asociados a la conciliación de los listados facilitados, el contenido de la relación de puestos de trabajo incluida en el presupuesto, la disponibilidad presupuestaria, la comunicación de nombramientos, la publicidad de convocatorias y resoluciones, y la composición de las comisiones de selección.
En el área de subvenciones propias concedidas, cabe destacar la ausencia de un plan estratégico de subvenciones y el incumplimiento del principio de publicidad y transparencia, por no inserción de las bases reguladoras y/o convocatorias y concesiones en diario o boletín oficial y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. También se manifiestan otras salvedades asociadas a la existencia o contenido de las bases reguladoras y/o convocatorias, la valoración de las solicitudes por órgano colegiado, la existencia y motivación de la resolución de concesión, y la adecuada constancia documental de las solicitudes y justificaciones presentadas por los beneficiarios.
En cuanto a otras transferencias realizadas, se ha detectado la inclusión de expedientes de naturaleza subvencional o contractual sin sometimiento a la normativa aplicable, así como la suscripción de convenios de colaboración sin cumplimiento del régimen establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Universidad.
Recomendaciones
Además de otras deficiencias y debilidades puestas de manifiesto en la fiscalización que no afectan a la opinión de cumplimiento con salvedades, en el Informe se destacan las siguientes recomendaciones para la mejora de la gestión de los fondos por la Universidad de Granada:
- Regulación con carácter permanente del régimen de control interno aplicable a la Universidad, elaboración de un manual de procedimientos y funcionamiento en ésta materia, e incorporación al portal de transparencia de toda la información requerida por la normativa, sin omisiones y evitando la dispersión de la información.
- Implantación efectiva de un sistema de control de costes o contabilidad analítica que permita subsanar las deficiencias del control pormenorizado de los gastos y de los ingresos, conocer el coste de los servicios públicos para determinar las necesidades de financiación, y facilitar el análisis, verificación y evaluación de la eficacia, eficiencia y economía de la gestión de la Universidad.
- Elaboración de un manual o guía de procedimientos y funcionamiento en materia de contratación en el que se indiquen las tareas a realizar y las responsabilidades de cada puesto.
- Aplicación de mecanismos de control y seguimiento de la observancia de las condiciones especiales de ejecución de tipo medioambiental o social en fase de ejecución del contrato, de forma que se garantice la eficacia y efectividad de dichas medidas.
- Adecuada planificación de la contratación y valoración y cuantificación previa de las necesidades a satisfacer, a fin de que, si las mismas se consideran periódicas y continuadas en el tiempo, optar por la tramitación de los procedimientos ordinarios y sistemas de racionalización técnica de la contratación, evitando el uso abusivo de la contratación menor.
- Estudio de mecanismos que permitan remover obstáculos o fomentar la carrera administrativa de la mujer dentro del PDI funcionario de la Universidad, a fin de corregir el sesgo de género observado.
- Adopción de mecanismos fiables que permitan discriminar entre retribuciones por actividad docente y por actividad investigadora del personal docente e investigador y de medidas necesarias para el control automatizado de las retribuciones por actividad investigadora, y diseño e implementación de controles de asistencia y presencia del personal docente e investigador tanto funcionario como contratado, de forma análoga a los establecidos para el personal de administración y servicios.
- Actualización de la relación de puestos de trabajo del personal de administración y servicios a las necesidades reales existentes y reducción del nivel de provisionalidad o interinidad en la ocupación de los puestos del personal funcionario y laboral.
- Aprobación de un plan estratégico de las subvenciones y ayudas, como instrumento de planificación y gestión de la política pública de fomento, al servicio del principio de eficacia en la utilización de los recursos, y mayor diligencia en la tramitación de las becas y otras subvenciones propias concedidas, ajustando el procedimiento a las prescripciones contenidas en la normativa de subvenciones y garantizando una adecuada documentación del procedimiento