La Audiencia de Granada decidirá sobre la exclusión de dos de los investigados por irregularidades en TG7 en la etapa del PP
Imagen de archivo de Juan Antonio Fuentes. indegranada/archivo
La Fiscalía ha recurrido la decisión del Juzgado de Instrucción 6 de Granada de dejar fuera de la causa sobre supuestas irregularidades en la televisión municipal TG7 a dos de los tres investigados, procesando únicamente al exconcejal del PP en el Ayuntamiento de Granada Juan Antonio Fuentes por un presunto delito de prevaricación.
Concretamente, la fiscal del caso ha recurrido el auto de procedimiento abreviado que dio por concluida la instrucción del caso, procesó a Fuentes y acordó el archivo provisional de las actuaciones respecto a la empleada que ejerció funciones de directora de TG7 en el momento de los hechos y respecto al que fuera responsable de la productora con la que se contrataron servicios, los cuales quedaban así fuera del proceso.
La Fiscalía no está de acuerdo con esta decisión y su recurso ya ha llegado a la Sección Primera de la Audiencia Provincial, que será la encargada de resolver sobre este asunto, según consta en una providencia de finales de noviembre.
En su escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, la Fiscalía considera que el auto que excluye a estos dos investigados "efectúa una visión sesgada de los hechos, sin profundizar en las cuestiones relevantes de la causa y no ofrece explicación alguna sobre el sobreseimiento" para ellos.
Fuentes supuestamente contrató en 2015 servicios complementarios al contrato de grabación que había en TG7 "sin seguir el procedimiento establecido en la Ley de Contratos del Sector Público", sin respaldo presupuestario y eludiendo los controles y la Intervención municipal
El Ministerio Fiscal acordó en febrero de 2018 denunciar los hechos al Juzgado por entender que Fuentes supuestamente contrató en 2015 servicios complementarios al contrato de grabación que había en TG7 "sin seguir el procedimiento establecido en la Ley de Contratos del Sector Público", sin respaldo presupuestario y eludiendo los controles y la Intervención municipal. Todo ello con un presunto perjuicio económico a las arcas municipales que entonces se fijó en más de 800.000 euros.
A juicio de la fiscal del caso, no existe "duda alguna" de que el responsable de la productora con la que se contrataron los servicios es "colaborador necesario" en el delito de prevaricación, pues es la persona que suscribe tanto el contrato inicial como el de 2015, además de ser "beneficiario de la resolución presuntamente prevaricadora".
Respecto a la que fuera directora de TG7, la Fiscalía mantiene que dejarla fuera de la imputación "supone sesgar el conocimiento de los hechos y eludir la existencia de un plan previamente concebido" entre los otros dos investigados, en tanto que ella firmó un documento donde quedó plasmado que los servicios se habían prestado.
La fiscal pide a la Audiencia Provincial la nulidad del auto de procedimiento abreviado, su revocación y que se ordene al juez instructor uno nuevo en el que se procese a estos dos investigados, así como incluir el delito de malversación de caudales públicos en concurso con el delito de prevaricación tanto para ellos como para Juan Antonio Fuentes.