Iniciativa ciudadana

Piden a la Fiscalía investigar la responsabilidad penal de las Administraciones por la elevada contaminación en Granada

Ciudadanía - IndeGranada - Martes, 30 de Noviembre de 2021
Un escrito ciudadano presentado a la Fiscalía argumenta que si las Administraciones responsables en materia de calidad del aire en la la capital y su Área Metropolitana "hubieran hecho su trabajo" implantando las medidas adecuadas para que se cumpliera la normativa en límites máximos de NO2, partículas y ozono "se hubieran evitado muertes prematuras y enfermedades".
Boina de contaminación sobre la capital.
IndeGranada archivo
Boina de contaminación sobre la capital.

 

Javier Gómez González, un químico industrial granadino, ha presentado ante la Fiscalía Superior de Andalucía un documentado escrito para que estudie si las Administraciones públicas han incurrido en algún tipo de delito por la elevada contaminación que soporta Granada y su Área Metropolitana, debido a "la conculcación de sus obligaciones legales en materia de calidad del aire en la Aglomeración Granada y Área Metropolitana, así como su deber constitucional de velar por la salud y la vida de las personas y el medio ambiente establecidos en el artículo 43 y 45 de la Constitución Española".

Según explica Javier Gómez, "el principal motivo que me ha llevado a presentar este escrito ante la Fiscalía", registrado el pasado 22 de noviembre, y que este mismo lunes le ha remitido su admisión a estudio, "es que las vulneraciones pertinaces de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera y del Real Decreto 102/2011 relativo a la mejora de la calidad del aire por parte de las Administraciones públicas, en la Aglomeración Granada y Área Metropolitana, son la causa de que hayan muerto y enfermado personas que, de haberse cumplido con la Ley 34/2007 y con el Real Decreto 102/2011 no habrían enfermado ni fallecido".

Y es que, como ha venido publicado reiteradamente este periódico, y el escrito de Javier Gómez recoge detalladamente, Granada ha superado sistemáticamente cada año los niveles máximos anuales de dióxido de nitrógeno (NO2) fijados por la legislación para la protección de la salud humana, y también ha rebasado en numerosas ocasiones los límites diarios de partículas en suspensión (PM10) y ozono troposférico (O3), los tres principales contaminantes. 

Incumplimientos año a año

El escrito presentado a la Fiscalía recoge datos de los informes estatales de Evaluación de la Calidad del Aire en España de los años 2010 al 2020,, que muestran cómo la Aglomeración Granada y Área Metropolitana ha vulnerado reiteradamente el valor límite anual de NO2, el valor límite diario de PM10, los valores objetivo de O3 para la protección de la salud y la protección de la vegetación y los objetivos de ozono a largo plazo para la protección de la salud y la vegetación estipulados por el Real Decreto 102/2011 relativo a la mejora de la calidad del aire.

Según dice el documento, "los Informes de Evaluación de la Calidad del Aire en España de los años 2010 al 2020 advierten de que la Aglomeración Granada y Área Metropolitana ha superado en el periodo 2010-2020  los siguientes valores límite y valores objetivo fijados por el Real Decreto 102/2011 relativo a la mejora de la calidad del aire:

  • El valor límite diario de PM10 los años 2010, 2011, 2015 y 2017. 
  • El valor límite anual de NO2 los años 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019. A efectos legales sólo los años 2010, 2011, 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019. 
  • El valor objetivo de ozono para la protección de la salud humana como mínimo los años 2018, 2019 y 2020; pero probablemente casi todos los años del periodo 2010-2020. 
  • Objetivo de ozono a largo plazo para la protección de la salud humana los años 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020. 
  • El valor objetivo de ozono para la protección de la vegetación como mínimo los años 2018, 2019 y 2020, pero probablemente casi todos los años del periodo 2010-2020. 
  • Objetivo de ozono a largo plazo para la protección de la vegetación los años 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020"

"El Real Decreto 102/2011 relativo a la mejora de la calidad del aire establece que los valores límite de PM10 han de acatarse desde el año 2005, que los valores límite de NO2 desde el año 2010 y que los valores objetivo de O3 desde el año 2010. Las autoridades competentes en materia de calidad del aire en la Aglomeración Granada y Área Metropolitana han tenido años de sobra para implantar políticas que solucionaran los problemas de contaminación atmosférica y sus consecuencias nefastas en la salud, ¿por qué no lo han hecho? Lo desconozco", explica el escrito. 

Infringir los niveles máximos permitidos de estos contaminantes "implica un aumento en el número de enfermedades y muertes prematuras, así como en los costes externos relacionados con la salud, porque los valores límite y los valores objetivo determinados por el Real Decreto 102/2011 relativo a la mejora de la calidad del aire no se han dispuesto por gusto, sino para proteger la salud humana", afirma Javier Gómez. 

Y las superaciones reiteradas de esos niveles de contaminación "son un incumplimiento contumaz de la legislación sobre la calidad del aire, que hace que los ciudadanos de la Aglomeración Granada y Área Metropolitana respiren aire que provoca enfermedad y muerte", continúa el escrito.

Muertes por la contaminación

"No he hallado ningún informe realizado por las administraciones públicas españolas que nos indique el número de muertes y enfermos que la contaminación atmosférica produce, ya sea a nivel nacional, regional o municipal; por lo tanto, desconozco cuál es el número de muertes y enfermos que la contaminación atmosférica ocasiona en la Aglomeración Granada y Área Metropolitana. La única fuente, que he localizado, que evalúa los efectos de la contaminación atmosférica en la salud, a nivel de país, son los informes Air Quality in Europe report de la Agencia Europea de Medio Ambiente", afirma el documento de Javier Gómez.

"Los informes Air Quality in Europe report de la Agencia Europea de Medio Ambiente evalúan la contaminación atmosférica en Europa y sus impactos asociados en la salud y el medio ambiente. Estos informes calculan el número de muertes prematuras1 que la exposición al NO2, a las PM2.5 y al O3 originan. La estimación que hace el informe Air quality in Europe - 2019 report indica que en el Reino de España en el año 2016 se produjeron 33.300 muertes prematuras achacables a la mala calidad del aire que respiran los ciudadanos españoles. De estas 33.300 muertes prematuras, la exposición a las partículas menores de 2,5 µm (PM2,5) ocasionó 24.100, mientras que la exposición al dióxido de nitrógeno (NO2) fue la causa de otras 7.700 y la exposición al ozono (O3) de las 1.500 muertes prematuras restantes".

Son un número de muertes similar a las que, por ejemplo, provocó el COVID-19 entre marzo y octubre de 2020, lo que "pone en evidencia que la contaminación atmosférica es un problema muy serio de Salud Pública que ocasiona muchísimas muertes". 

"Si las administraciones responsables en materia de calidad del aire en la Aglomeración Granada y Área Metropolitana hubieran hecho su trabajo implantando las medidas adecuadas para que se cumpliera" la normativa "se hubieran evitado muertes prematuras, enfermedades y reducido considerablemente la factura millonaria que la contaminación atmosférica genera en costes externos relacionados con la salud". "Al infringirse repetidamente" estos niiveles máximos de contaminantes "se ha ocasionado que hayan muerto personas que de haberse cumplido los valores límite y objetivo de estos contaminantes estipulados por el Real Decreto 102/2011 relativo a la mejora de la calidad del aire no habrían fallecido", dice el escrito.

No hay excusas

Continúa Javier Gómez en su escrito: "Si yo tengo constancia de las estimaciones de las muertes prematuras que hacen los informes Air Quality in Europe report de la Agencia Europea de Medio Ambiente para el Reino de España; y de las superaciones reiteradas" de los niveles máximos de contaminación, "con más razón el personal de las administraciones publicas encargado de la calidad del aire y de la salud pública, en la Aglomeración Granada y Área Metropolitana, estarán al tanto de estos informe, y como es su responsabilidad habrán comunicado estos hechos a sus jefes, para que así las superaciones de los valores límite y objetivo dispuestos en el Real Decreto 102/2011 y las estimaciones, que hace la Agencia Europea del Medio Ambiente de las muertes prematuras que produce la contaminación atmosférica lleguen a los responsables políticos y estos tomen cartas en el asunto".

"Por tanto, las administraciones responsables de la calidad del aire en la Aglomeración Granada y Área Metropolitana no pueden argüir desconocimiento de las superaciones reiteradas del valor límite anual de NO2, del valor límite diario de PM10 y de los valores objetivo de O3 para la protección de la salud y la protección de la vegetación fijados por el Real Decreto 102/2011 relativo a la mejora de la calidad del aire, ni de los cálculos que hace la Agencia Europea del Medio Ambiente del número de muertes prematuras que causa la exposición a las PM2.5, al NO2 y al O3 en el Reino de España". De esta forma, "las administraciones responsables de la calidad del aire en la Aglomeración Granada y Área Metropolitana son conscientes de que los habitantes de esta aglomeración respiran aire que provoca enfermedad y muerte".

"Las Administraciones públicas están conculcando sus obligaciones legales en materia de calidad del aire en la Aglomeración Granada y Área Metropolitana, así como su deber constitucional de velar por la salud y la vida de las personas y el medio ambiente establecidos en el artículo 43 y 45 de la Constitución Española. El resultado de estas vulneraciones pertinaces" de la normativa  "es que han muerto y enfermado personas que de haberse cumplido con la Ley 34/2007 y con el Real Decreto 102/2011 no habrían enfermado ni fallecido".