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El Granada CF tendrá que pagar a Siqueira 200.000 euros como indemnización por su cesión al Benfica

Ciudadanía - IndeGranada - Viernes, 26 de Marzo de 2021
El TSJA acaba de confirmar la sentencia del Juzgado de lo Social número 7 de Granada que dio la razón al jugador en su reclamación de esa cantidad.

Siqueira en una imagen de archivo. liga fútbol

El Granada CF tendrá que pagar 200.000 euros a Guilherme Siqueira en concepto de indemnización pendiente desde antes de que fuera cedido al Benfica en 2013. El TSJA acaba de ratificar la sentencia del Juzgado de lo Social número 7 de Granada, rechazando el recurso presentado por el club, que se negaba a reconocer el acuerdo de reconocimiento de deuda firmado en su día por Enrique Pina y ratificado posteriormente en distintos documentos. Fue a finales de 2016

Los antecedentes

Contrato de trabajo de jugador profesional, de 1/07/2011 celebrado entre el actor y Enrique Pina Campuzano en su condición de presidente de Junta Directiva del Granada Club de Futbol. Es para la temporada 11-12. En la cláusula tercera consta la contraprestación del actor: 

-Sueldo mensual (obligatoriamente) de 76.000 euros netos repartidos en diez mensualidades, de 7.600 euros netos, pagaderos de agosto 2011 a mayo 2011, ambos inclusive.

-Prima de contrato, 4 plazos de ficha de 57.500 euros netos cada uno de ellos, a cobrar con fecha que indica.

-Primas por partido.

-Otras retribuciones, cuatro pasajes aéreos en clase economica por cada una de las temporadas de duración, desde Granada a Brasil.Se añaden en cláusulas adicionales las contraprestaciones en temporadas sucesivas
En fecha 01/09/2013 se celebra contrato de cesión de derechos federativos entre el Granada Club de Futbol y la sociedad portuguesa Sport Lisboa e Benfica Futebol SAD; el Granada CF y el jugador da consentimiento a la cesión temporal de los servicios del jugador al Benfica y el Benfica acepta, a partir de la suscripción de dicho contrato hasta el 30/6/2014. Con misma fecha del contrato se firma un documento entre el jugador y el club granadino en el que se dan por liquidados todos los compromisos económicos a excepción de 240.000 euros en concepto de indemnización pagaderos en unos plazos. Como el club no cumplió, Siqueira presentó varias reclamaciones ante la Asociación de Futbolistas Españoles y la Liga de Fútbol, que retiró en varias ocasiones tras recibir compromisos verbales de pago y acuerdo de aplazamiento de deuda. 
En fecha 21/06/2014 y en virtud de contrato la mercantil Granada Club de Futbol SAD vende y transfiere la totalidad de derechos del actor al Club Atlético de Madrid SAD. En el contrato el jugador se declara finiquitado expresamente respecto de cualquier cantidad o porcentaje que pudiera corresponderle en virtud de la transferencia de sus derechos federativos y económicos...declara nada tener que reclamar por concepto alguno que pudiera derivarse de la presente transferencia de derechos. En un documento de julio de ese año, el Granada CF vuelve a reconocer que cuando lo cedió al Benfica le adeudaba 240.000 euros. En fecha 21/10/2015 se data nuevo documento "contrato de reconocimiento de deuda", en el que el Granada Club de Fútbol vuelve a reconocer que aun le adeuda 200.000 euros y que suscriben el nuevo documento para prorrogar el plazo de vencimiento de la deuda hasta el 20/10/2016.
En fecha 21/10/2016 Granada Club de Fútbol remiten al letrado citado escrito en el que le indican el total desconocimiento del documento de reconocimiento de deuda aportado, que ha cambiado la titularidad del club y que no dan validez a dicho documento, que el Sr.  Pina no tenia facultades para vincular al Granada Club de Fútbol, que nunca ha sido consejero delegado ni apoderado, que era presidente de órgano de administración y no tenía capacidad para vincular al Club al que representaba.

El caso llegó al ámbito judicial y la sentencia ahora desestimada corta la pretensión del Granada de dar por liquidados sus compromisos con Siqueira con los contratos que firmó para desvincularse del club granadino, primero el de cesión al Benfica y después su paso al Atlético de Madrid. 

Ponía en duda el club la validez de los acuerdos en los que se recogía que quedaba pendiente 240.000 euros. 

Pero el TSJA, como argumenta la sentencia que ratifica, le rebate su pretensión recordándole, entre otros argumentos jurídicos, que reconoció en sucesivos documentos la existencia de esa deuda y que incluso abonó una pequeña parte de la misma. En un punto de la sentencia, al analizar una alegación del club señalando que en los contratos suscritos para las cesiones el jugador daba por liquidada su vinculación con el Granada.

"En la voluntad de jugador y club nunca estuvo el tener por saldada y finiquitada dicha deuda ni en los documentos de 2013 ni en 2014"

Recuerdan los magistrados que "aun cuando ciertamente los términos en que se manifiestan ambas partes litigantes al suscribir sobre todo los dos primeros documentos" -los de 2013- "podrían amparar en principio la tesis del recurrente", sin embargo, hay que tener en cuenta los siguientes preceptos del Código Civil: "Si los términos de un contrato son claros y no dejan duda sobre la intención de los contratantes, se estará al sentido literal de sus cláusulas", añadiendo al respecto que, "si las palabras parecieren contrarias a la intención evidente de los contratantes, prevalecerá ésta sobre aquéllas". Para averiguar "cuál es la real intención de los contratantes deberá atenderse principalmente a los actos de éstos, coetáneos y posteriores al contrato".

Y para la Sala de lo Social del TSJA las reclamaciones que fue presentando el futbolista, ante la AFE y ante la Liga de Fútbol, y su retirada cuando alcanzaba acuerdos con el club para saldar la deuda, evidencian que "en la voluntad de ambas partes litigantes y sobre todo en la de la ahora recurrente [el Granada CF], nunca estuvo el tener por saldada y finiquitada dicha deuda ni en el documento de 1.9.2013 ni en el de 2.9.2013 y tampoco por tanto como se pretende, en el de 10.7.2014 pues un año después, se seguía reconociendo por la misma su vigencia como se ha visto".