El ahora condenado mantuvo con la víctima una relación sentimental de unos cinco años "sin convivencia ni descendencia", la cual cesó durante el verano de 2013 a raíz de "una grave discusión".
En la discusión, acaecida en el domicilio de ella en Las Gabias, en el área metropolitana de Granada, el acusado, "con ánimo de menoscabar la integridad física de su pareja, la empujó fuertemente, cayendo a renglón seguido contra el suelo del cuarto de baño, donde se golpeó en la pierna derecha, en la cabeza y en otras partes del cuerpo".
Durante los meses siguientes, "no aceptando la ruptura, el acusado insistía frecuentemente por teléfono a su ex pareja para que volviera a retomar la relación, a pesar de tener conocimiento de que la misma había iniciado una nueva vida sentimental" con otro hombre con quien compartía parte de su tiempo de ocio en un chalet en una finca de Albolote, también en el cinturón granadino.
Fue en la madrugada del 6 de diciembre de 2013 cuando, a consecuencia de "la firme negativa" de ella de volver con el acusado, éste "inició tres focos de fuego en el seto de cipreses que rodeaba la casa, usando para ello material inflamable que había depositado en el interior de unas botellas de refresco e impregnando una camiseta a modo de trapo a la que había anudado una cuerda para facilitar la operación a distancia".
Rápidamente, se extendieron las llamas por la vegetación, quedando en algunos puntos a menos de un metro de la vivienda, y afectando al vehículo del nuevo compañero de ella, que sufrió daños por 1.500 euros, a los que hubo que sumar los 883 euros de las herramientas que había dentro del mismo.
El fuego, que no llegó a adentrarse en la vivienda y, por tanto, no afectó a la pareja, sí calcinó un cuadro eléctrico exterior, y varias macetas, y derritió una persiana de plástico ubicada en una de las ventanas, en cuyo interior "se acumulaban cortinas y otros textiles próximos al lugar de entrada del fuego que hubieran provocado una rápida extensión del mismo por el domicilio", ha detallado el fiscal.
Los daños en la propiedad se han valorado por un perito judicial en 8.423 euros. El acusado estuvo en prisión provisional comunicada y sin fianza por estos hechos, aunque posteriormente quedó en libertad a la espera de juicio, con orden de prohibición cautelar de aproximación y comunicación con la pareja, a la que ha indemnizado provisionalmente con un total de 18.000 euros.
Ello ha sido tenido en cuenta, en la celebración del juicio, el pasado 19 de marzo, como atenuante de reparación del daño, según consta en la sentencia, que se basa en el acuerdo de conformidad alcanzado entre la Fiscalía, la defensa y la acusación particular, que representaba los intereses de la víctima.
Inicialmente la Fiscalía pedía por un delito de malos tratos en el ámbito de la violencia de género un año de cárcel, tres años de privación del derecho a la tenencia y porte de armas, y cuatro años de prohibición de aproximación a menos de 500 metros y comunicación de la víctima; y, por uno de incendio, doce años de prisión, y 19 años de alejamiento al menos a 500 metros y contacto por medio escrito, oral o telemático de ambos.
Junto con la nueva solicitud de pena, el Ministerio Público pidió que el ahora condenado indemnizara a la víctima con 2.000 euros más, además de las cantidades ya entregadas, así como "la retirada del dispositivo de control telemático de las medidas de prohibición de aproximación", y así lo acuerda también el tribunal en la sentencia, que, dictada 'in voce' al término del juicio, es firme, por lo que no cabe recurso contra ella.