Este martes arranca el curso en los colegios de Infantil y Primaria y Educación Especial

Consulta el calendario escolar del curso 2019/2020

Ciudadanía - IndeGranada - Lunes, 9 de Septiembre de 2019
Conoce el número de días lectivos, la fecha de inicio y finalización del curso según las enseñanzas que curse el alumnado y aspectos como el horario flexible.
Comienza el curso escolar.
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Comienza el curso escolar.

A partir de este martes se incorpora a las clases el grueso del alumnado, con el inicio del curso para Educación Infantil -segundo ciclo-, Primaria y Educación Especial. Te ofrecemos el calendario escolar y algunos aspectos a tener en cuenta, como el número de horas semanales o la duración de las clases, según las instrucciones de la Delegación Territorial de Educación.

En el segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial el régimen ordinario de clases comenzará el día 10 de septiembre de 2019 y finalizará el 22 de junio de 2020.

  • A fin de facilitar la escolarización del alumnado del segundo ciclo de Educación Infantil que asiste a clase por primera vez y que presente dificultades de adaptación escolar, los consejos escolares de los centros docentes sostenidos con fondos públicos podrán establecer un horario flexible hasta el 24 de septiembre. Esta medida, que en ningún caso se adoptará con carácter general para todo el alumnado, contemplará el tiempo de permanencia de los niños y niñas en el centro docente, que de manera gradual y progresiva será cada día más amplio.
  • Corresponde al profesorado que ejerza la tutoría apreciar la conveniencia de aplicar la flexibilización horaria a un alumno o alumna y, en su caso, decidir la adopción de esta medida, de común acuerdo con los padres, madres o personas que ejerzan su tutela.
  • Durante los meses de septiembre y junio, en estos centros educativos, se realizará el agrupamiento del horario lectivo en turno de mañana, independientemente del modelo de jornada escolar autorizado. En ningún caso, dicho agrupamiento horario implicará reducción alguna del horario lectivo.

En Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, FP Inicial, Enseñanzas Especializadas de Idiomas, Enseñanzas Artísticas y Educación Permanente de Personas Adultas, el régimen ordinario de clases comenzará el 16 de septiembre de 2019 y finalizará el 23 de junio de 2020.

  • El alumnado de 2º de Bachillerato y del último curso de las Enseñanzas Profesionales de Música y Danza terminará el 29 de mayo de 2020. A partir de esta fecha, los centros docentes continuarán su actividad lectiva en estas enseñanzas, organizando las siguientes actividades:
  1. a) Actividades de recuperación, de asistencia obligatoria, para el alumnado que haya obtenido evaluación negativa en alguna materia, con el objeto de preparar las pruebas extraordinarias de evaluación previstas para el mes de septiembre, salvo que sus padres, madres o personas que ejerzan la tutela, o ellos mismos en el caso de que sean mayores de edad, manifiesten por escrito su renuncia a la asistencia a dichas actividades.
  2. b) Actividades, de asistencia voluntaria, encaminadas a la preparación para el acceso a las enseñanzas que constituyen la educación superior para el alumnado que ha obtenido el título correspondiente.

En la Formación Profesional Básica, Ciclos Formativos de Formación Profesional y de Artes Plásticas y Diseño, la finalización de las clases se adecuará a la duración de cada ciclo y al cómputo total de horas que corresponde a cada uno, según la normativa específica de estas enseñanzas.

El alumnado de los cursos de Enseñanzas de Idiomas que conduzcan a pruebas terminales para la obtención de los certificados oficiales terminará el 29 de mayo de 2020. A partir de esta fecha se realizarán dichas pruebas y se organizarán actividades para la preparación específica del alumnado que se presente a ellas, así como la evaluación del alumnado.

En el segundo curso de Bachillerato para Personas Adultas la finalización del régimen ordinario de clases será el 29 de mayo de 2020.

Normas de carácter general.

  • En Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial el primer día de clase podrá dedicarse a la recepción del alumnado. En este día podrá establecerse un horario flexible para facilitar esta tarea, entendida esta flexibilidad en la entrada, pero todo el alumnado deberá finalizar la jornada a la hora habitual, establecida en el horario general de cada centro.
  • El período comprendido entre el 1 de septiembre de 2019 y el de iniciación del régimen ordinario de clases, así como el existente entre el último día de clase y el 30 de junio de 2020, se dedicará a todas aquellas actividades administrativas y pedagógicas previstas en la normativa vigente.
  • El Consejo Escolar de cada centro, a propuesta del claustro y de acuerdo, en todo caso, con lo fijado en los puntos anteriores, elaborará el Calendario concreto de Fin de Curso en lo referente a la finalización del régimen ordinario de clases, sesiones de evaluación, etc. Dicho Calendario deberá remitirse a la Delegación Territorial hasta el 5 de mayo de 2020, para su supervisión por el Servicio de Inspección Educativa.
  • La jornada escolar compaginará el horario lectivo con otros horarios dedicados a actividades complementarias o extraescolares, integrándolos en un proyecto educativo conjunto.
  • El horario lectivo en el Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial será de veinticinco horas semanales, que incluirán dos horas y media de recreo.
  • El horario lectivo en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional Inicial será el establecido en la normativa vigente para cada una de ellas. Cada sesión tendrá una duración de una hora, si bien los centros docentes podrán establecer sesiones de duración diferente, siempre que se respete el número total de horas lectivas fijadas.
NÚMERO DE DÍAS LECTIVOS

Para los centros del Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial: 178 días.

Para el resto de las enseñanzas: 175 días.

Este es el calendario de la provincia de Granada: 

Respecto a las fiestas, además de las que son de carácter estatal y autonómico, se suman las locales. En este caso, serán días no lectivos los dos que, para cada localidad de la provincia, señale el calendario de las fiestas locales aprobado por la Consejería. 

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