El Juzgado de Violencia contra la Mujer alega que no tiene competencias para asumir el caso del hijo de Juana Rivas
Juzgados de la Caleta en una imagen de archivo. google maps
El Juzgado de Violencia contra la Mujer 2 de Granada ha dictado un auto en el que considera que no tiene competencias para asumir la protección del hijo menor de Juana Rivas. El caso de Daniel llegó a la mesa de la jueza después de que otra magistrada, en funciones de guardia, ofreciera amparo al menor tras escucharlo y suspendiera su regreso a Italia con su padre. El testimonio del pequeño sobre el "peligro extremo" que siente con su padre es "serio y convicente", según la jueza que estaba de guardia, que tras dictar esa medida provisional, se inhibió a favor del Juzgado de Violencia contra la Mujer. Pero este juzgado no cree que los hechos, que se encuadran en un posible caso de violencia vicaria, la que se ejerce contra los hijos para hacer daño a la madre, constituyan violencia de género.
El Juzgado de Violencia contra la Mujer 2 de Granada, que tardó un año en informar a la Justicia italiana de la denuncia por malos tratos de Juana Riva contra su expareja, rechaza ahora asumir el caso para la protección del menor y lo devuelve al Juzgado de Instrucción
En el auto dictado por la jueza Aurora Angulo, la titular de ese juzgado especializado en violencia de género asegura que no tiene competencias para resolver el caso de Daniel. Un caso que conoce porque, como ha recordado el abogado de Juana Rivas, Carlos Aránguez, hace ocho años, después de que Juana Rivas huyera de Italia con sus hijos y pidiera amparo judicial en España, la denuncia que presentó como víctima de violencia de género tardó un año en traducirse para enviarse a la justicia italiana. Esta demora puso en marcha el caso Juana Rivas, porque la orden internacional de sustracción de menores se activó en Italia, para que los niños regresaran con su padre, porque no había constancia de esa denuncia.
Aránguez ha resaltado que aquel retraso supuso un incumplimiento flagrante del Estatuto de la Víctima, que obligaba a la jueza a traducir y remitir a Italia la denuncia por violencia hacia Juana y sus hijos. "No lo hizo hasta más de un año después, en concreto el día 3 de agosto de 2017, cuando Francisca Granados desde el Centro de la Mujer del Ayuntamiento de Maracena se dirigió a múltiples instancias administrativas y judiciales, denunciando ese lamentable error judicial", recuerda el abogado..
"La equivocación de la jueza Aurora Angulo da inicio a lo que ahora denominamos “Caso Juana Rivas”, porque desde Italia, como es sabido, el señor Arcuri alega sustracción internacional de menores, que ante la falta de consideración del contexto real del que venían huyendo Juana y sus hijos, desencadenó las nefastas consecuencias por todos conocidas", ha añadido Aránguez.
Mientras se resuelve qué juzgado asume el caso, el pequeño ya está escolarizado
El hecho de que ahora, ocho años después, el caso vuelva a la mesa de la jueza Angulo y que alegue que no tiene competencias, es un hecho "gravísimo" a juicio del letrado. "Es un hecho gravísimo que una magistrada especializada en violencia de género no comprenda lo que es la violencia vicaria, que consiste en dañar o controlar a los hijos para hacer sufrir a la madre".
Este nuevo conflicto de competencia, según ha apuntado el abogado, "dilata injustificadamente el procedimiento (una vez más), pero en absoluto altera la medida cautelar adoptada el pasado martes. Daniel se queda aquí, y seguiremos luchando incansablemente para que esa decisión provisional se convierta en definitiva".
Según ha informado el TSJA, serán bien el Decanato de los Juzgados o la Audiencia Provincial los que determinen qué juzgado se hace cargo del caso.
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