De revolución verde a involución marrón
A pesar de la propaganda de la ‘revolución verde’ con la que JuanMa Moreno se llena la boca con frecuencia, señalándola como lo que necesita Andalucía para lograr un futuro sostenible, los hechos del presidente de la Junta marchan en dirección contraria y el gobierno andaluz se ha empeñado en acometer una vuelta al ‘ladrillo’, (y a la especulación y corrupción urbanística que la acompañan), aprovechando la confusión y argumentando la urgencia para salir de la crisis derivada de la pandemia.
Ya se inició este ataque el año pasado con el Decreto Ley de Medidas Urgentes para la Adecuación Ambiental y Territorial de las Edificaciones Irregulares, un largo nombre para enmascarar una puerta para la legalización de 327.000 viviendas construidas sin cobertura legal, casas que alguien decidió levantar, a sabiendas, donde no podía ni debía, sin infraestructuras de saneamiento, abastecimiento de agua y electricidad.
Es en la parte ambiental en la que más críticas ha recogido. Las más importantes organizaciones ambientales españolas se han mostrado, de manera unánime, contrarias a la aprobación de esta norma señalando las numerosas modificaciones que afectan negativamente a cuestiones ambientales
El segundo paso fue la aprobación del Decreto-Ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva en Andalucía, conocido como ‘Decretazo’ por sus múltiples enemigos entre los que se encuentran sindicatos, consumidores, pymes y expertos en Derecho. Este Decreto Ley modifica o deroga parcialmente 21 leyes y seis decretos y elimina más de doscientos trámites administrativos que afectan a toda la actividad económica. Pero es en la parte ambiental en la que más críticas ha recogido. Las más importantes organizaciones ambientales españolas (Amigos de la Tierra, Ecologistas en Acción, Greenpeace, SEO/BirdLife y WWF,) se han mostrado, de manera unánime, contrarias a la aprobación de esta norma señalando las numerosas modificaciones que afectan negativamente a cuestiones ambientales, tales como la ampliación de actuaciones que se pueden declarar de interés autonómico (urbanizaciones residenciales supramunicipales, puertos y aeropuertos, embalses, grandes establecimientos comerciales, turísticos e industriales…), la eliminación de la obligación de una adecuada evaluación ambiental de infraestructuras hidráulicas y energéticas y de proyectos mineros -incluidas las canteras-, la sustitución de las Autorizaciones Ambientales Unificadas por Calificación Ambiental para determinadas actuaciones…
El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite, por unanimidad, el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno central contra varios preceptos de este ‘decreto estrella’ del gobierno andaluz por invasión de competencias estatales, tanto en materia de publicidad institucional en medios audiovisuales (emisoras piratas) como en los trámites de obras en el entorno de Bienes de Interés Cultural, argumento legal que cuenta con el aval del Consejo de Estado. Ante este Decretazo han anunciado también los grupos de la oposición en el Parlamento andaluz un recurso ante el mismo Tribunal Constitucional, al apreciar que, por un lado, el decreto-ley no se ajusta a un caso de extraordinaria y urgente necesidad para su aprobación como establece la Constitución y el Estatuto de Autonomía y por otro señalan que se ha vulnerado el derecho de participación política al haberse convalidado el Decreto Ley en la Diputación Permanente del Parlamento, un órgano que sólo opera durante las vacaciones parlamentarias y tras la disolución de la Cámara .
El tercer mazazo, que podría ser definitivo, lanzado por el gobierno andaluz es la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, (cuyas siglas, LISTA, son toda una provocación), que fusiona la del suelo y la de ordenación del territorio, y cuyo anteproyecto ha sido aprobado por tramitación urgente hace apenas unos días. La norma derogará 3 leyes y 3 decretos, además de parte del articulado y disposiciones de otras 16 leyes y de otros 3 decretos.
Dos cosas positivas tiene esta norma. La primera es la intención, loable, de reducir la maraña administrativa y buscar la agilización de los trámites y el alivio de cargas innecesarias tanto a empresas como a particulares. Pero tras esta cacareada simplificación y agilización administrativa se esconde una desregulación, una manga ancha para eliminar los controles urbanísticos y las garantías ambientales y sea una forma de eludir la participación ciudadana. Es sintomático que el mismo anteproyecto recoja que “… en este sentido, no se trata de desregularizar el urbanismo, sino de flexibilizarlo, estableciendo unas reglas claras y sencillas, adaptadas a la realidad actual, fáciles de entender y fáciles, por tanto, de aplicar”. Excusatio non petita, acussatio manifesta.
Otra idea positiva la encontramos en la exposición de motivos del anteproyecto, que incluye unos objetivos, también loables: mejora de la calidad de vida de los ciudadanos, ciudades inclusivas y resilientes, urbanismo sostenible, regeneración y rehabilitación urbana, mitigación del cambio climático, eficiencia energética… Lamentablemente todo lo contrario de lo que se dispone a lo largo del articulado, que se separa radicalmente de dichos objetivos.
Como han señalado muchos expertos, la 'LISTA' se asemeja a una alfombra roja para el ladrillo, reproduciendo la mentalidad neoliberal de la etapa de la burbuja inmobiliaria de la 'gloriosa' época del Aznarísimo que diría Wyoming
Como han señalado muchos expertos, la ‘LISTA’ se asemeja a una alfombra roja para el ladrillo, reproduciendo la mentalidad neoliberal de la etapa de la burbuja inmobiliaria de la ‘gloriosa’ época del Aznarísimo que diría Wyoming. La ley señala que todo el suelo es urbanizable salvo el suelo rústico en el que específicamente exista una prohibición expresa. Pero hay tantas excepciones que prácticamente se puede hacer de todo en todo tipo de suelos, estén protegidos o no, así que las invocaciones al modelo de ciudad compacta mediterránea que se hacen en la parte expositiva quedan en una pura falacia.
Por ejemplo se permiten las actuaciones declaradas de interés público y social por los ayuntamientos, incluyendo equipamientos e instalaciones industriales, turísticas, terciarias y, lo que sería más demoledor, “podrán autorizarse conjuntamente edificaciones destinadas a uso residencial”, ¡en suelo rústico! En la lista de las excepciones hay que incluir la larga lista de actuaciones de “Interés autonómico” que puede aprobar la Junta de Andalucía, y que son de implantación forzosa al margen de lo que determine el planeamiento territorial y urbanístico. Por tanto el poder discrecional para aprobar todo tipo de proyectos en el suelo supuestamente rústico es prácticamente total.
Otra de las amplias compuertas a la urbanización en el suelo rústico contempladas es a través de la presentación de una “Actuación de transformación urbanística” que aprobarían los ayuntamientos. Estas “Actuaciones” las pueden presentar particulares, por lo que las empresas promotoras, aún más, decidirán el desarrollo urbanístico.
Uno de los elementos más perversos de la nueva norma que se tramita es que a partir de ahora una construcción ilegal en terrenos protegidos prescribirá a los seis años, que hasta ahora no caducaban para desanimar a los infractores, lo que podría blindar a quienes han urbanizado ilegalmente en parques naturales o en bienes de interés cultural, cuyas construcciones no podrán ser demolidas. Esto supone un mensaje nefasto para los infractores sobre todo cuando en el anteproyecto de ley no hay ninguna referencia a cómo prevenir el urbanismo ilegal y cómo restaurar sus impactos, pero sí contiene uno que se denomina “Adecuación Ambiental y Territorial de las edificaciones irregulares”, en lo que constituye toda una declaración de (malas) intenciones.
Las consecuencias de estas reformas son previsibles: la nueva ley permitirá que siga la expansión descontrolada del urbanismo por todo el territorio andaluz, la generalización de segundas residencias y la dispersión territorial, con sus secuelas de degradación e impactos ambientales, y la generación de un modelo urbanístico imposible de gestionar y de financiar sus servicios públicos.
Es especialmente amenazadora esta normativa, para el litoral andaluz, un espacio ya muy urbanizado que está dando lugar a una creciente pérdida de identidad y de diversidad. En este proceso de transformación, se han ido deteriorando sus valores ecológicos, ambientales y paisajísticos, perdiendo parte de su atractivo y condiciones primigenias, las que lo convirtieron en un atractivo lugar para vivir y visitar. Sólo utilizaré unos datos en este punto para no aburrir. Las viviendas pendientes de construir en el litoral andaluz, según los suelos ya clasificados, se acercan al millón (un uno y seis ceros, 1.000.000 o 106 para los más modernos).Y eso sin contar con los nuevos planeamientos proyectados por los Ayuntamientos. Esa cantidad es el triple de la estimación del Instituto Nacional de Estadística (INE), para toda nuestra región hasta 2023 según el crecimiento poblacional.
Este desajuste entre la oferta prevista en el planeamiento urbanístico y las necesidades de alojamiento de la población reforzará la vivienda como inversión y las segundas residencias frente a la vivienda destinada a la formación de nuevos hogares, dificultando el acceso para los colectivos que la necesitan especialmente a los jóvenes.