se aprueba un régimen sancionador con multas de hasta 100 euros en infracciones leves, 200 en graves y 500 en muy graves

Pinos Puente regula el uso de patinetes eléctricos en sus calles

Ciudadanía - IndeGranada - Miércoles, 24 de Septiembre de 2025
El Ayuntamiento fija medidas de seguridad, define los espacios de circulación y establece una normativa que sitúa al municipio "a la vanguardia en Andalucía y España en materia de movilidad".
Fija la edad mínima de uso en 16 años.
Ayto. Pinos Puente
Fija la edad mínima de uso en 16 años.

El Pleno del Ayuntamiento de Pinos Puente ha aprobado este miércoles por unanimidad la Ordenanza Municipal de Circulación de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) y Vehículos de Movilidad Urbana (VMU), lo que convierte al municipio "en uno de los primeros de Andalucía y España en contar con una normativa específica de este tipo". Con ella se da "un paso pionero" en la regulación del uso de los patinetes eléctricos y otros dispositivos similares que cada vez tienen más presencia en las calles.

El alcalde de Pinos Puente, Enrique Medina, ha destacado en una nota de prensa que "con esta ordenanza damos un paso adelante en la regulación de una realidad que ya forma parte de nuestras calles. Apostamos por una movilidad sostenible, pero también segura y ordenada, para garantizar la convivencia entre peatones, ciclistas, conductores y usuarios de patinetes". Medina ha subrayado además que "ser uno de los primeros municipios de Andalucía y de España en contar con una ordenanza de este tipo sitúa a Pinos Puente como referente en la gestión de la movilidad urbana. Queremos adelantarnos a los problemas y ofrecer a nuestros vecinos un marco legal claro, justo y equilibrado".

La ordenanza establece un marco claro para garantizar la seguridad vial y la convivencia ciudadana. Fija la edad mínima de uso en los 16 años y contempla la obligatoriedad del casco en menores de 18 años, en repartidores y también en aquellos usuarios que circulen por calzada en calles limitadas a 30 kilómetros por hora. Asimismo, queda prohibida la circulación con auriculares, bajo los efectos del alcohol o las drogas y con acompañantes en un mismo vehículo.

En cuanto a las condiciones técnicas, los patinetes deberán contar con luces, timbre, frenos y elementos reflectantes homologados, además del uso de chaleco reflectante en horario nocturno

En cuanto a las condiciones técnicas, los patinetes deberán contar con luces, timbre, frenos y elementos reflectantes homologados, además del uso de chaleco reflectante en horario nocturno. La normativa también regula los espacios permitidos y la velocidad máxima en cada uno de ellos, que varía desde los 25 kilómetros por hora en ciclocalles y calles de velocidad reducida, hasta los cinco kilómetros por hora en parques públicos donde se comparta espacio con peatones. También se establecen criterios de estacionamiento para evitar la ocupación indebida de aceras y pasos de peatones, de forma que solo podrán aparcarse en espacios habilitados o en aceras de más de 2,5 metros siempre garantizando la libre circulación de los viandantes.

Las rutas turísticas o los servicios de reparto deberán contar con un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de un millón de euros

La ordenanza contempla también la regulación de las actividades económicas que utilizan patinetes eléctricos, como las rutas turísticas o los servicios de reparto, que deberán contar con un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de un millón de euros. Además, se aprueba un régimen sancionador que contempla multas de hasta 100 euros en las infracciones leves, 200 en las graves y 500 en las muy graves, con la posibilidad de inmovilización y retirada del vehículo en los casos más extremos.