El TSJA condena al Ayuntamiento de Almuñécar a la reparación subsidiaria de los 'Cármenes del Mar'
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado al Ayuntamiento de Almuñécar a que, a través del mecanismo de ejecución subsidiaria, cumpla su "obligación de conservación, reparación y mantenimiento de la urbanización Cármenes del Mar", la cual sufre "graves daños con riesgo inminente para las personas y la seguridad pública" al estar asentada en una ladera geológicamente inestable donde se producen progresivos deslizamientos.
La Audiencia de Granada, en una sentencia que luego ratificó el Supremo, ya dio la razón a los vecinos de esta urbanización con más de 400 viviendas en su demanda contra todos los responsables de la construcción, tanto los encargados del estudio geotécnico, como ingenieros, arquitectos y la propia constructora que se encargó de levantar el residencial, Cerro Gordo S.L., condenándoles a reparar los daños. Sin embargo, esta última se encuentra en concurso de acreedores.
En este contexto, la Comunidad de Propietarios de la Urbanización Los Altos de La Herradura presentó un recurso contencioso administrativo por "inactividad de las administraciones" contra el Ayuntamiento de Almuñécar y la Junta de Andalucía, en lo que a la reparación de la urbanización se refiere en el caso de la entidad local y la inspección de estas actuaciones por parte del Gobierno autonómico.
Los vecinos pedían, entre otras cuestiones, que el ayuntamiento dé cumplimiento a su obligación de conservar, reparar y mantener la urbanización llevando a cabo todas las actuaciones administrativas para ello. También, la construcción de un vial alternativo que desvíe el tránsito y la evacuación de las urbanizaciones superiores ante el peligro de que el actual acceso "colapse".
Daños previsibles
En la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA, a la que ha tenido acceso Europa Press, se expone que la Urbanización Cármenes del Mar sufre graves daños con riesgo inminente para las personas y seguridad pública, que evolucionan hacia otros "daños imprevisibles y más graves". Ello debido al asentamiento de esta obra en una ladera geológicamente inestable que se mueve por superficies de deslizamiento profundas.
El alto tribunal andaluz comparte el argumento de los vecinos en cuanto a la inactividad del Ayuntamiento de Almuñécar y el "incumplimiento de su obligación de conservar la urbanización o reparar la ladera (...) como garante de las obligaciones urbanísticas de la promotora y por sustitución de ésta".
Respecto al control de la actividad administrativa local que pretende exigirse a la Junta, el tribunal expone que, aún aceptando que en este caso puedan estar en juego intereses supralocales, esto permitirá la intervención de la Comunidad Autónoma en defensa de sus intereses, por ejemplo medioambientales y en el ámbito de sus competencias, "pero no necesariamente obligará a financiar actuaciones puramente urbanísticas".
Así, el TSJA estima parcialmente la demanda condenando al Ayuntamiento a dar cumplimiento a su obligación de conservación, reparación y mantenimiento de la urbanización, llevando a cabo todas las actuaciones administrativas necesarias, y a formular y aprobar el correspondiente instrumento de planeamiento que prevea un vial alternativo que desvíe el tránsito y evacuación de las urbanizaciones superiores.