El Tribunal Supremo resolverá el 21 de enero el recurso de seis condenados en la trama del 'caso Alhambra'

Ciudadanía - Europa Press - Lunes, 23 de Diciembre de 2019

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha fijado el próximo 21 de enero como la fecha para la deliberación y decisión sobre el recurso presentado contra la sentencia del 'caso Alhambra', que procesó a un total de 50 personas y condenó a diez por el supuesto fraude en los accesos al monumento nazarí.

Según la providencia del Supremo, fechada el pasado jueves 19 de diciembre y a la que ha tenido acceso Europa Press, ha constituido la Sala que deliberará y tomará una decisión sobre el recurso presentado contra la sentencia de la Audiencia de Granad. El magistrado Andrés Martínez Arrieta será el principal ponente.

Este paso se alcanza después de que fuera admitido a trámite por el Supremo el recurso presentado por seis de los diez condenados y de que se haya declarado "concluso".

La Audiencia Provincial de Granada condenó a diez de los acusados al considerar acreditado que se produjo un fraude en las entradas al monumento entre 2002 y 2005 por parte de guías turísticos y trabajadores del recinto nazarí mediante prácticas ilegales que favorecieron el fraude y el enriquecimiento de determinadas personas.

En una extensa sentencia de casi 300 folios, la Sección Segunda de la Audiencia condenaba al principal acusado, Francisco C.J. a 17 meses de cárcel, multa de 1.800 euros y a que indemnice al Patronato de la Alhambra en la cantidad de 58.001 euros como autor de un delito continuado de estafa y de otro de falsedad en documento mercantil.

La Audiencia considera probado que a Francisco C.J., guía turístico y propietario de Daraxatour, le fueron permitidas determinadas irregularidades o infracciones a la normativa reguladora de las visitas y de las normas de adquisición de entradas a la Alhambra.

Este principal acusado en el llamado 'caso Alhambra' anticipó el mismo día en que se notificó la sentencia que recurrirá ante el Supremo al considerar que es "inocente" y que no hay base para considerarle autor de los delitos continuado de estafa y, sobre todo, de falsedad en documento mercantil, según indicó su letrado, Pablo Luna.

A su representado ya se le ofreció un acuerdo de conformidad que no quiso aceptar al considerarse "inocente", y para él "no es suficiente" el hecho de que no tendrá que ingresar en prisión al ser una condena inferior a los dos años y carecer de antecedentes penales, precisó el letrado.