La Mesa Sectorial de Sanidad acuerda los criterios para la redistribución de efectivos en Granada
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Los profesionales que demanden incorporarse al puesto que desempeñaban antes de la fusión hospitalaria podrán acceder al mismo de forma prioritaria
La Mesa Sectorial de Sanidad ha acordado hoy los criterios que se tendrán en cuenta y el procedimiento que se seguirá para que los profesionales afectados por la orden de 23 de febrero de 2017, en la que se deroga la fusión hospitalaria de Granada y se establece la existencia de dos áreas hospitalarias, queden adscritos a uno de los dos hospitales de referencia, que son el Hospital Virgen de las Nieves o el Hospital Campus de la Salud.
Este acuerdo, suscrito entre el Servicio Andaluz de Salud y los sindicatos SATSE, CSIF, UGT, CC.OO y FASPI, se produce tras la configuración por parte del SAS de la cartera de servicios de atención hospitalaria de Granada y, una vez cuantificado en cada uno de los hospitales, el número de efectivos por servicio, categoría y unidad de cada una de las Áreas Hospitalarias, teniendo en cuenta las existentes con anterioridad al establecimiento de la fusión hospitalaria (Orden de 21 de noviembre de 2014).
En función de lo previsto en el Decreto 136/2001 que regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del SAS, así como en la orden de 23 de febrero, se atenderá en primer lugar a la voluntariedad del personal y, en caso de exceso o defecto de solicitudes voluntarias para cubrir las necesidades de las respectivas plantillas, se actuará según el procedimiento que se negocie en el ámbito de la Mesa Sectorial. Además, estas adscripciones en ningún caso conllevarán menoscabo alguno en las condiciones esenciales de trabajo y económicas de los profesionales.
El acuerdo establece que la redistribución de efectivos se desarrolle de forma negociada, según los criterios elaborados en la Mesa Sectorial para el proceso de adscripción de los trabajadores a uno de los hospitales de referencia.
Para garantizar en todo momento la transparencia del proceso se crean dos comisiones de seguimiento -Comisión Local y Comisión Central-, formada por la administración sanitaria y las organizaciones sindicales que han firmado el pacto, que interpretarán y resolverán las dudas que surjan en su aplicación.
Asimismo, se establece que a los trabajadores a los que se les modificó unilateralmente el centro donde habitualmente prestaban sus servicios, y demanden incorporarse nuevamente al mismo, se les ha de garantizar de forma prioritaria el acceso o la asignación al puesto que desempeñaban con anterioridad.
Las solicitudes se irán resolviendo por hospitales, centros, servicios y unidades. Temporalmente, hasta que se desarrollen las actuaciones de adaptación y equipamiento necesarias para la reorganización hospitalaria, algunos profesionales pueden quedar prestando servicios en el hospital donde hoy se encuentren.
Durante el periodo transitorio, se creará el Centro de Gasto “Hospital Universitario Campus de la Salud”, y se nombrará la dirección gerencia y una dirección económica, si bien no será hasta la finalización del proceso cuando se proceda a la redistribución de efectivos y al nombramiento de las direcciones asistenciales y de servicios generales.
Criterios
Los criterios acordados en el pacto suscrito es que todos los trabajadores que soliciten participar en el proceso de redistribución de efectivos, que antes de la entrada en vigor de la Orden de 21 de noviembre de 2014 ostentaran nombramiento en el centro y unidad que solicitan, tendrán derecho preferente a la asignación de un puesto en dicho centro y unidad.
En los casos en que el número de solicitudes sea superior al de puestos ofertados, el criterio de prioridad será el de mayor número de días de servicios prestados en el Sistema Nacional de Salud en la misma categoría. En caso de empate, se valorarán con el doble de peso los servicios prestados en la misma unidad (partiendo de la adscripción antes del 21/11/2014). En caso de que no le sea de aplicación este criterio, el desempate se efectuará, en primer lugar, en función de la letra del primer apellido y, en caso de mantenerse, se asignará al trabajador de mayor edad.
Finalmente, aquellos puestos que se queden sin asignar serán adjudicados a aquellas personas que no tengan adscripción adjudicada, de modo que se ordenarán por orden de días de servicios prestados en el Sistema Nacional de Salud en la misma categoría, y se adjudicarán aleatoriamente.
Procedimiento
La solicitud de participación se realizará a través de una aplicación sencilla en la que se encontrarán previamente definidos la totalidad de los puestos ofertados por Hospital, Centro, Servicio, unidad y categoría, a la que se accede mediante usuario y contraseña.
Durante el plazo establecido, cada persona trabajadora podrá solicitar voluntariamente un puesto de los ofertados en la aplicación, en cada una de las situaciones en las que esta pudiera tener derecho.
En primer lugar, se asignarán los puestos de aquellos profesionales que hubieran solicitado las plazas que ocupaban con anterioridad a la publicación de la Orden de 21 de noviembre de 2014. Tras esta asignación, se adjudicarán el resto de puestos siguiendo los criterios de prioridad y desempate establecidos para los casos en los que el número de solicitudes sea superior al de puestos ofertados. La adjudicación se efectuará en primer lugar entre las solicitudes que correspondan a trabajadores de plantilla y después entre el personal temporal. Finalizada esta segunda adjudicación, se volverá a abrir el plazo para que cada profesional voluntariamente pueda solicitar un puesto de entre los que no hubieran sido asignados. En este proceso, la Dirección General de Profesionales diligenciará de oficio la concurrencia de la persona interesada para la asignación del puesto que desempeñaba con anterioridad a la publicación de la Orden de 21 de noviembre de 2014. Si su incorporación fuese posterior a dicha fecha, se le diligenciará al puesto que actualmente esté desempeñando.
Finalmente, todos aquellos puestos que se hayan quedado libres se ofertarán con carácter previo y mediante acto único, y se adjudicarán a aquellas personas que no tengan adscripción, según los criterios de prioridad establecidos al efecto.
Cronograma
El pacto suscrito establece asimismo que durante el mes de abril, se desarrollen los trabajos para establecer la distribución de efectivos de cada una de las unidades asistenciales y de servicios que conforman cada uno de los centros, de acuerdo con su cartera de servicios.
Una vez finalizado el proceso de definición de los efectivos que deben ser asignados a cada una de las unidades, se procederá en la primera semana de mayo, y previo acuerdo de Mesa Sectorial, a la publicación del listado de servicios y trabajadores que, como consecuencia de la reestructuración funcional establecida, serán destinados junto con su unidad a un centro diferente de donde prestan actualmente sus servicios. Asimismo, se publicará la oferta de los puestos a través del procedimiento de solicitud voluntaria de adscripción en los casos en que proceda.
Por otra parte, en la primera semana de junio de 2017, se publicará la resolución provisional del proceso de adscripción voluntaria, que estará en periodo de alegaciones durante la segunda semana de ese mismo mes. En la tercera semana, se producirá la resolución de la Dirección Gerencia de Complejo Hospitalario sobre el proceso de adscripción de profesionales a los puestos no cubiertos por solicitud voluntaria. Finalmente, en el mes de julio, la Dirección general de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud comunicará individualmente a cada profesional la nueva identificación de su adscripción, la cual será efectiva el 1 de octubre de 2017.