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Familiares de los fallecidos en el accidente de Huétor Santillán de 2008 temen que el gobierno saliente indulte al condenado

Ciudadanía - Europa Press - Domingo, 4 de Octubre de 2015
Rafael H. G. conducía un vehículo a 120 km/h por una vía limitada a 40 km/h y chocó contra un camión de la basura. Murieron los tres jóvenes que le acompañaban en el coche. El conductor fue condenado a tres años y tres meses de cárcel.

Los familiares de los tres jóvenes de 15, 17 y 21 años que fallecieron en verano de 2008 en el accidente que se produjo en Huétor Santillán han mostrado su temor a que el Gobierno conceda el indulto parcial al condenado por estos hechos tras las elecciones generales, con el "famoso decreto de final de legislatura".

La Sección Primera de la Audiencia de Granada se mostró en su momento favorable al indulto parcial, de forma que la pena impuesta en un principio para el conductor homicida, Rafael H.G., de tres años y tres meses de prisión, le sea conmutada por la de dos años de cárcel, multa y trabajos en beneficio de la comunidad.

Tras esta resolución, debe ser el Consejo de Ministros el que se pronuncie al respecto. Las familias pidieron la intermediación del Defensor del Pueblo para evitar una "injusticia", aunque el departamento dirigido por Soledad Becerril "nunca" les ha dado respuesta, según han informado a Europa Press un portavoz de los afectados.

Tampoco han tenido noticias desde el Ministerio de Justicia, al que se dirigieron para "intentar impedir que fuera tenida en cuenta lo que consideran una resolución contraria a los criterios elementales de justicia".

Así, los familiares creen que la pretensión del Ejecutivo central puede ser dejar la decisión en manos del Gobierno que se configure tras las elecciones del 20 de diciembre o, por el contrario, conceder el indulto al condenado cuando ya esté en funciones, con el "famoso decreto de final de legislatura".

Indulto parcial revocado

El Gobierno ya le concedió el indulto parcial al condenado el 21 de diciembre de 2012, pero el Tribunal Supremo lo revocó parcialmente entendiendo que debió ser la Audiencia y no el Juzgado de lo Penal 2 de Granada el órgano que tenía que haber emitido el informe correspondiente que sirvió al Ministerio de Justicia para acordar la concesión de esta gracia.

Tras la sentencia del Supremo, las familias presentaron un escrito ante la Audiencia, solicitando, entre otras cosas, que se anulara la suspensión de la pena privativa de libertad al condenado, teniendo en cuenta que, antes del indulto, había sido condenado por la propia Audiencia a tres años y tres meses de cárcel.

Sin embargo, la Sección Primera, en una breve providencia consideró que no había lugar a lo solicitado por las familias y se limitó a responder que sólo le competía formular un informe en lo que se refería a la concesión del indulto solicitado por el penado, ahora favorable.

Rafael H.G. fue condenado en primer lugar por el Juzgado de lo Penal número 2 de Granada a dos años y medio de cárcel por el accidente de tráfico que tuvo lugar en Huétor Santillán en el verano de 2008, en el que murieron los tres jóvenes, que viajaban junto a él en el mismo vehículo.

A 120 km/h por una vía limitada a 40 km/h

Según la sentencia, circulaba a más de 120 kilómetros por la vía cuando la velocidad estaba limitada a 40, y una suma de circunstancias provocaron que perdiera el control del coche y chocara contra un camión de la basura que se encontraba en el arcén de la carretera, bien estacionado.

Tras ser apelada la sentencia, la Audiencia elevó la pena a tres años y tres meses de cárcel, pero el condenado pidió el indulto. Entonces, el Ministerio de Justicia remitió el expediente al presidente de la Audiencia de Granada, pero desde esa instancia judicial, a quien correspondía emitir el informe preceptivo por haberse convertido en tribunal sentenciador --ya que había elevado la pena inicialmente impuesta--, se reclamó el dictamen al Juzgado de lo Penal número 2.

La sentencia del TS señaló con posterioridad que esa irregularidad "no fue imputable" al Ministerio, puesto que se dirigió a la Audiencia Provincial, que fue la que posteriormente la envió al Juzgado de lo Penal, cuya titular emitió informe favorable al indulto parcial.