No hay novedades respecto a la Universidad, que seguirá online

Estas son las restricciones que debe seguir cumpliendo la provincia de Granada, aliviadas sólo para Costa y Alpujarra

Ciudadanía - IndeGranada - Domingo, 22 de Noviembre de 2020
La principal novedad viene por la apertura de comercios y hostelería a las 18.00 horas en Costa y Alpujarra, pero sigue el cierre perimetral y el toque de queda en toda la provincia. Te las detallamos, pendientes no obstante de lo que quede reflejado en BOJA.
Establecimiento cerrado.
Á. Cámara/EP
Establecimiento cerrado.

Con la decisión de mantener las restricciones, sigue en vigor el cierre perimetral en Andalucía y en todas sus provincias. Por tanto, no se podrá salir del municipio de residencia, salvo para las excepciones ya conocidas, como asuntos laborales, asistencia a centros educativos, motivos sanitarios o de cuidado de familiares o de fuerza mayor. 

El toque de queda se mantiene entre las 22.00 y las 6.00 horas, con las excepciones similares a las anteriores, a las que se suman actividades de lonjas o partidos de fútbol y baloncesto internacionales. 

Sigue en vigor también la limitación de las reuniones, que no pueden ser de más de seis personas, tanto en espacios públicos o privados. Los aforos, como en espacios de culto, siguen restringidos. 

Recuerda que todas las citadas anteriormente son de aplicación en toda Andalucía, sin excepción. Detallamos a continuación las medidas específicas para la provincia de Granada, que se suman a las anteriores y que quedan pendientes, no obstante, de lo que salga publicado en el BOJA. 

Restricciones en Distrito Granada, Metropolitano y Nordeste

Respecto a las medidas específicas para Granada, en la mayor parte de la provincia -Distrito Granada, Distrito Metropolitano y Distrito Nordeste- se mantiene el máximo nivel de alerta sanitaria -nivel 4 en grado 2-. Eso implica que seguirán cerrados establecimientos de hostelería y comercios. 

Las excepciones al cierre de comercios y hostelería son las siguientes:

  • Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.
  • Centros, servicios y establecimientos sanitarios, servicios sociales y sociosanitarios, parafarmacia, centros o clínicas veterinarias.
  • Mercados de abastos, productos higiénicos.
  • Servicios profesionales y financieros.
  • Prensa, librería y papelería. 
  • Floristería y plantas y semillería.
  • Combustible, talleres mecánicos, servicios de reparación y material de construcción, ferreterías, estaciones de ITV y alquiler de vehículos.
  • Estancos.
  • Equipos tecnológicos y de telecomunicaciones.
  • Alimentos para animales de compañía.
  • Servicios de entrega a domicilio.
  • Tintorerías, lavanderías.
  • Peluquerías.
  • Mercadillos.

Se suspende la apertura al público de instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos para la realización de actividad física que no sean al aire libre -y sin contacto-, salvo para la práctica de la actividad deportiva oficial de carácter no profesional o profesional.

Se suspende temporalmente la celebración de competiciones y eventos deportivos no federados de cualquier categoría de edad y los federados, a excepción de las categorías de edad desde los 16 años hasta la categoría absoluta. (Consultar correcciones publicadas en BOJA que se detallan al final de la página).

Se suspenden todas las actividades de restauración, tanto en interiores como en terrazas, con las siguientes excepciones:

  • Los servicios de entrega a domicilio. Igualmente los servicios de entrega de comida de carácter social o benéfico.
  • Los restaurantes de los establecimientos de alojamiento turístico, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes.
  • Los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.
  • Otros servicios de restauración de centros de formación no incluidos en el párrafo anterior, y los servicios de restauración de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras.
  • Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada.
Novedad sustancial: se permite recoger pedidos en los establecimientos de hostelería hasta las 21.30 horas

Aunque los establecimientos de hostelería seguirán cerrados en buena parte de la provincia de Granada, hay una flexibilización importante que han reclamado los empresarios granadinos esta misma semana. Así, ya no sólo estará permitida la entrega de pedidos a domicilio, sino también la recogida en los propios establecimientos, hasta las 21.30 horas. En la capital ha sido una de las principales quejas de locales como cafeterías, que se quejaban de que la Policía Local les impedía entregar los pedidos en el mismo establecimiento. 

Se suspenden las visitas en los centros residenciales de personas mayores, salvo circunstancias individuales en las que sea necesario la aplicación de medidas adicionales de cuidados, humanización y final de la vida. Se garantizará por la dirección del centro el contacto entre los residentes y los familiares a través de videoconferencias, llamadas telefónicas, o cualquier otro medio.

Se suspende la celebración de manera presencial de congresos, conferencias, reuniones de negocios, reuniones profesionales, seminarios, reuniones de comunidades de propietarios y eventos similares.

Se suspende la celebración con carácter presencial de espectáculos públicos, actividades recreativas y culturales.

Se cierran al público de museos, monumentos y yacimientos, cines, teatros, y en general de todos aquellos establecimientos o actividades en general cuyo fin sea el esparcimiento, ocio, recreo o diversión. Se permitirán actividades, obras o espectáculos de carácter cultural y su grabación, para su difusión a través de cualquier medio audiovisual o digital, respetando las medidas de higiene y prevención en el ámbito de la cultura. 

Se cierran bibliotecas, centros de documentación, monumentos y enclaves arqueológicos [añadidos en la corrección de errores del BOJA]

Se cierran peñas, asociaciones gastronómicas, culturales, recreativas o establecimientos similares.

Se excepcionan de la medida de cierre aquellos que realicen labores de entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.

Se suspende la actividad en todos los establecimientos de juegos recreativos o de azar.

En el Distrito Sur, que comprende la Costa y la Alpujarra, comercio y hotelería abre hasta las 18.00 horas

La principal novedad es que las actividades cerradas en Granada pueden abrir en los 43 municipios que integran este distrito sanitario hasta las 18.00 horas. En estas comarcas no hay por tanto suspensión de la actividad no esencial, como sí seguirá en el resto de Andalucía, sino limitación horaria. Así, hostelería y comercio en general podrá abrir hasta las 18.00 horas. 


Quedan exceptuadas de esa limitación horaria -cerrar a las 18.00 horas- las siguientes actividades: 
a) La actividad industrial.
b) Los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.
c) Los centros, servicios y establecimientos sanitarios.
d) Los servicios profesionales y empleados del hogar.
e) Los servicios sociales y sociosanitarios.
f) Los centros o clínicas veterinarias.
g) Los establecimientos comerciales dedicados a la venta de combustible para la utomoción.
h) Las estaciones de inspección técnica de vehículos.
i) Los servicios de entrega a domicilio.
j) Los comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.
k) Los velatorios.
l) Los centros deportivos para la realización de actividad física que sean al aire libre, siempre que no se trate de deportes de contacto y centros deportivos para la práctica del deporte federado en espacios deportivos cubiertos en categoría de edad desde los 16 años hasta la categoría absoluta.
m) Puntos de encuentro familiar.
n) Centros de Atención Infantil Temprana y Centros de tratamiento ambulatorio.



En el caso del sector del juguete, la Junta amplía la apertura hasta las 20.00 horas. 

Medidas que siguen en vigor para toda la provincia

Universidad online, pero colegios y comedores escolares seguirán abiertos

La UGR continuará con clases on line, manteniéndose la presencialidad para prácticas experimentales, rotatorias, Practicum, o actividades similares, incluidas las de investigación. 

Se mantendrá la actividad docente no universitaria de forma presencial, incluido comedores escolares, aula matinal y transporte escolar. 

Se mantendrá la actividad presencial en todos los centros de formación profesional, conservatorios, escuelas de idiomas, academias, centros de educación permanente de adultos y demás centros similares.

Transporte público

Para ajustar la oferta a la demanda, explica la Orden, los operadores podrán "reducir motivadamente los servicios". La orden exige que quede garantizada la movilidad obligada por las actividades autorizadas en la normativa.

Para los servicios de transporte interprovincial y provincial, se establece una oferta mínima de servicios del 50% respecto a la oferta de servicios anterior al 14 de marzo de 2020 -fecha del anterior estado de alarma-, que deberá incrementarse de forma progresiva según la demanda de los usuarios. Debe garantizarse, en todo caso, servicios de ida y vuelta al día, suficientemente espaciados. En aquellas relaciones entre núcleos que dispongan de menos de una expedición al día, se permitirá la aplicación de este porcentaje de reducción en el cómputo semanal. La oferta deberá adaptarse para atender a la movilidad obligada. 

Para los servicios metropolitanos en autobús se establece una oferta mínima de los servicios del 80% en los intervalos de hora punta y se adaptará a la demanda en las horas valle y festivos. A estos efectos, se establecen como intervalos de hora punta los siguientes:

- 7:00 horas a 9:00 horas.

- 13:30 horas a 15:30 horas.

- 19:00 horas a 21:00 horas

El intervalo de la tarde podrá ser adaptado en función de los horarios de cierre.

Se suprimirán los servicios pasada una hora de la establecida como hora límite de circulación de personas en horario nocturno -toque de queda, que ahora comienza a las 22.00 horas-.

En los casos en que la concesión incluya servicios durante los sábados, domingos y festivos, deberá mantenerse al menos una expedición de ida y vuelta al día por núcleo suficientemente espaciadas.

Las líneas que cubran centros sanitarios no reducirán servicios.

Se deberá prestar especial atención a la limitación de la capacidad máxima de los vehículos de transporte determinada según el nivel de alerta sanitaria, así como la fila de protección del conductor para aquellos que no dispongan de mamparas, debiéndose realizar refuerzos en los intervalos en los que esa ratio sea superada.

Normativa aplicada: