La resolución es firme y no cabe recurso

La Audiencia rechaza sobreseer el caso Serrallo

Política - M.A. - Lunes, 24 de Septiembre de 2018
En un auto fechado el 7 de septiembre, la Sección Primera desestima los recursos de apelación presentados por el interventor y una directora general de Urbanismo solicitando que los sacara del caso, petición a la que se sumaron la exedil Isabel Nieto, Manuel Lorente y otros tres investigados y que también rechaza.

El caso Serrallo está pendiente de fijar la fecha de juicio. p.v.m.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada ha rechazado el sobreseimiento del caso Serrallo que solicitaban el interventor el Ayuntamiento, Francisco de Paula Aguilera, y la que fuera directora general de Urbanismo María Paz Spínola, en unos recursos de apelación a los que se sumaron la exconcejala Isabel Nieto, y los funcionarios Manuel Lorente, Agustín Belda y Emilio Martín Herrera. 

En un auto de 7 de septiembre al que ha tenido acceso El Independiente de Granada, la Audiencia desestima íntegramente sus recursos de apelación contra la decisión de la instructora en su día de dictar auto de procedimiento abreviado, así como la adhesión a estos que formularon Nieto y el resto de investigados citados anteriormente. Previamente, en abril, ya desestimó los de reforma que también plantearon, así como la adhesión a los mismos.

Qué alegaron en los recursos

En el caso del interventor, planteó que acudía a la Junta de Gobierno como funcionario, "resultando su presencia obligatoria", según lo dispuesto en el Reglamento Orgánico Municipal, y no votando, "pudiendo intervenir solo si se solicitaba su asesoramiento". 

María Paz Spínola por su parte alegó indefensión señalando que el auto de conversión en procedimiento abreviado no determinaba su participación, que fue nombrada directora general de Urbanismo en 2013, siendo antes subdirectora de Planeamiento "sin competencias en materia de gestión urbanística o concesiones administrativas" y defendiendo que el informe sobre los usos de los suelos que avaló la actuación investigada en el Serrallo, fue emitido por el ex director general de Urbanismo, siguiendo la interpretación que se había mantenido en la aplicación del PGOU durante sus doce años de vigencia. Alegó además que no había participado en la gestión económica del plan parcial.

Argumentos jurídicos de la Sección Primera de la Audiencia para rechazarlos

La petición de sobreseimiento solo es viable en "casos extraordinarios". "Si la Sala pudiese sobreseer contrariando lo acordado por el juez instructor podría darse la paradoja, paradoja que, además, sería muy frecuente en la práctica, de que el instructor acordase la apertura del juicio oral, o la celebración de juicio por delito leve, y la Sala el sobreseimiento de las actuaciones, con lo que concurrirían dos resoluciones firmes y contradictorias entre sí y, por tanto, de imposible ejecución". Cabe recordar al respecto que esta resolución de la Audiencia respecto a los recursos al auto de procedimiento abreviado llega después de que se haya acordado la apertura de juicio oral. 

Agrega también que "incluso podría darse el caso de ser dictada una sentencia de condena que, si no es recurrida por ninguna parte, adquiriría firmeza en tanto que la Sala se está planteando si sobresee o no". 

En el auto los magistrados de la Sección Primera recuerdan además que la jueza instructora "ha apreciado indicios racionales de comisión de delito por parte de ambos apelantes, sin que deba yugularse el proceso en esta fase a no ser que se detecte un error patente en la decisión adoptada por la instructora. Y, como en este caso no hay constancia de tal error ni están conjurados los riesgos a los que hemos hecho referencia, no deben acordarse los sobreseimientos solicitados". 

La decisión de la instructora "racional y razonable"

Tras recordar que alegan indefensión pero no piden la nulidad y que fundamentan sus recursos en "una diferente valoración de las diligencias de investigación practicadas así como en la participación o no en los hechos", los magistrados argumentan que los recurrentes "pretenden imponer en este trámite procesal su valoración subjetiva de lo acontecido, y de la no concurrencia de los elementos típicos de infracción penal, adelantando lo que deberá en su caso ser, si se llegara a la fase procesal, objeto de enjuiciamiento, resultando, como se dice, racional y razonable la decisión adoptada por la instructora, máxime con el limitado conocimiento de las actuaciones que se tiene como mera remisión de testimonio legal, por lo que procede su confirmación". 

La Audiencia también rechaza la pretensión de Isabel Nieto, Manuel Lorente, Agustín Belda y Emilio Martín Herrera de adherirse a los recursos del interventor y Spínola. 

Los hechos investigados en el caso Serrallo son presuntamente, según expuso la Fiscalía en su escrito de acusación, constitutivos de: delito continuado contra la ordenación del territorio; delito continuado de prevaricación urbanística; delito continuado de prevaricación común; delito de fraude en la contratación; delito de tráfico de influencias; delito de encubrimiento.

Por este caso irán a juicio el exalcalde José Torres Hurtado y la exconcejala Isabel Nieto; el promotor Roberto García Arrabal; los funcionarios Manuel Lorente, Agustín Belda, Emilio Martín Herrera, Gaspar Navarro, María Paz Spínola y Francisco de Paula Aguilera; los concejales Juan Antonio Fuentes, Francisco Ledesma, María Francés, Telesfora Ruiz, Fernando Egea, Juan García Montero; y los exconcejales Vicente Aguilera y Juan Antonio Mérida. Para los concejales y exediles la Fiscalía no formuló acusación, como tampoco lo hizo el Ayuntamiento, pero sí lo hicieron las acusaciones. 

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