Venta anticipada de forfaits.
uno de cada tres contratos de emergencia fue para causas previas al Covid

La Cámara de Cuentas constata que la Junta abusó sin justificación de los contratos de emergencia durante la pandemia

Política - Redacción El Independiente de Granada - Sábado, 3 de Agosto de 2024
Te informamos del informe demoledor del organismo fiscalizador.
El presidente de la Junta, Juan Manuel Moreno, en junio de 2021.
María José López/EP
El presidente de la Junta, Juan Manuel Moreno, en junio de 2021.

 

La Cámara de Cuentas ha advertido de múltiples anomalías en los contratos de emergencia que la Junta adjudicó a dedo durante el primero año de pandemia. En sus reproches destaca por encima del resto la insuficiente justificación del procedimiento de emergencia.

A ello suma que en el 22,89 por ciento de los “no queda suficientemente justificado que la tramitación de emergencia se limitase a lo estrictamente indispensable en el ámbito objetivo y temporal para prevenir o remediar los daños derivados de esa situación sobrevenida, de manera que no queda acreditado que la totalidad de las actuaciones fueran indispensables para aliviar o evitar los daños derivados del acontecimiento producido”

La auditoría del órgano fiscalizador, que tan solo ha analizado una muestra de los contratos que por ese procedimiento suscribió el Gobierno andaluz en 2020 -y que fueron criticados, entonces, por la oposición-, revela, por ejemplo, que en el 32,34 por ciento de los supuestos analizados, “se pone de manifiesto una defectuosa planificación de la gestión contractual por parte del órgano de contratación, ya que obedecen a una necesidad que pudo ser previsible, programable y no sobrevenida por causa de la pandemia para el órgano gestor, al tratarse en muchos casos de situaciones que se retrotraían y eran conocidas con antelación a la crisis sanitaria”. Es decir, contratos para objetivos previos a la pandemia.

A ello suma que en el 22,89 por ciento de los “no queda suficientemente justificado que la tramitación de emergencia se limitase a lo estrictamente indispensable en el ámbito objetivo y temporal para prevenir o remediar los daños derivados de esa situación sobrevenida, de manera que no queda acreditado que la totalidad de las actuaciones fueran indispensables para aliviar o evitar los daños derivados del acontecimiento producido”.

Y otro duro reproche: “En el 11,94% de los expedientes la tramitación de emergencia se ha empleado para cubrir necesidades que podrían ser consideradas urgentes, pero, atendiendo a los hitos, demoras o acontecimientos producidos en los expedientes, no queda justificada la tramitación de los contratos por el procedimiento excepcional de emergencia, al no acreditar suficientemente la concurrencia de los supuestos taxativos previstos en el artículo 120.1 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) para la utilización de este régimen excepcional”.

Hay más. Servicios u objetos contratados que no iban dirigidos a atender las necesidades derivadas de la protección de las personas para hacer frente al COVID-19,” ni guardaban relación con las necesidades inmediatas para paliar la situación de crisis sanitaria, por lo que estos supuestos quedarían excluidos (…), no quedando suficientemente justificado en ellos el recurso a la tramitación de emergencia”

Hay más. Servicios u objetos contratados que no iban dirigidos a atender las necesidades derivadas de la protección de las personas para hacer frente al COVID-19,” ni guardaban relación con las necesidades inmediatas para paliar la situación de crisis sanitaria, por lo que estos supuestos quedarían excluidos (…), no quedando suficientemente justificado en ellos el recurso a la tramitación de emergencia”. Afecta a un 8,96% de los contratos analizados.

El organismo fiscalizador ha trabajado con una muestra de 201 contratos que sumaban un importe de 79,69 millones de euros. Pero la Cámara de Cuenta critica que en los contratos aportados por la “se han detectado incidencias que conducen a confusiones y a errores en la explotación, en el tratamiento y en la calidad de los datos”.

“Estas incidencias, incluidas en el Registro de Contratos de la Junta de Andalucía, -reconoce- han dificultado la elaboración de un listado definitivo de contratos de emergencia COVID-19 formalizados en 2020 por las entidades que conforman el sector público andaluz.

“Necesidad y proporcionalidad” en la contratación de emergencia

Entre las recomendaciones que eleva la Cámara de Cuentas, que califica como "una prioridad alta”, figura "emplear la tramitación de emergencia de acuerdo con criterios de necesidad y proporcionalidad, limitándola, tanto en el ámbito objetivo como en el temporal, a lo estrictamente indispensable para hacer desaparecer la situación de emergencia".

Y le insta a “motivar las razones que justifiquen que la finalidad perseguida por el correspondiente contrato no puede ser lograda por procedimientos alternativos menos restrictivos de la concurrencia”

También requiere del SAS, -“habida cuenta del volumen de contratación y de su organización logística (centrales provinciales de compras)-, protocolos, procedimientos normalizados y coordinados, que den uniformidad en la tramitación de la contratación de emergencia llevada a cabo por cada centro gestor”.

El organismo fiscalizador precisa que "se ha dificultado la elaboración de un listado definitivo de contratos de emergencia Covid-19 formalizados en 2020 por las entidades que conforman el sector público andaluz", por lo que reprocha en ese caso a la Dirección General de Contratación que "no tiene implantados todos los sistemas necesarios que permitan controlar o verificar de forma previa la calidad de la información publicada, de manera que ésta sea veraz, exacta y completa"

En otro punto, reclama “solicitar y obtener ofertas de diferentes licitadores, y, en su caso, negociar los términos del contrato susceptibles de ello, justificando la elección del contratista en el expediente siempre que sea compatible con la situación de emergencia que se trata de atender y que la finalidad del contrato no se viese comprometida” Y añade: “Ello constituye una buena práctica que permite adecuar la tramitación excepcional de emergencia a los principios de libre competencia y de selección de la oferta económicamente más ventajosa”.

Dificultades para tener un “listado definitivo de contratos”

El organismo fiscalizador precisa que "se ha dificultado la elaboración de un listado definitivo de contratos de emergencia Covid-19 formalizados en 2020 por las entidades que conforman el sector público andaluz", por lo que reprocha en ese caso a la Dirección General de Contratación que "no tiene implantados todos los sistemas necesarios que permitan controlar o verificar de forma previa la calidad de la información publicada, de manera que ésta sea veraz, exacta y completa".

"Debe significarse además que los errores y las incoherencias contenidos en el Registro de Contratos de la Junta de Andalucía, se han trasladado a la Memoria anual sobre la contratación pública, aprobada por la Comisión Consultiva de Contratación Pública y cuya publicidad se realizó el 30 de julio de 2021 en el Portal Junta de Andalucía, ya que para la elaboración de esta memoria se utilizan los datos contenidos en el citado Registro", continúa advirtiendo la Cámara de Cuentas.

Otros reproches que hace el organismo fiscalizador hacia el Gobierno andaluz se dirigen a poner de manifiesto que sólo se publicaron un 23,8% de los contratos formalizados o que en un 57,2% de éstos no se identificaba a un responsable del contrato. Por este motivo anima al Gobierno andaluz a “potenciar la publicidad, la transparencia y la rendición de cuentas, de todos los contratos tramitados”

Este conjunto de observaciones críticas se enmarca dentro del epígrafe “Fundamentos de la opinión con salvedades”, aun cuando concluye que la actividad contractual de la Junta de Andalucía y el conjunto del sector público durante la pandemia "resulta conforme, en los aspectos significativos, con la normativa aplicable", “excepto por los incumplimientos descritos” en dicho epígrafe.

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