El Supremo desestima por unanimidad el recurso de Francesco Arcuri contra el indulto a Juana Rivas
La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado este martes por unanimidad el recurso interpuesto por Francesco Arcuri contra el indulto parcial concedido por el Gobierno el 16 de noviembre de 2021 a Juana Rivas, condenada a dos años y medio de prisión por un delito de sustracción de menores.
La sentencia se conocerá en los próximos días, según han informado a Europa Press fuentes del alto tribunal tras la votación y fallo del recurso que ha tenido lugar este martes, habiéndose designado magistrado ponente a Wenceslao Francisco Olea Godoy.
En su recurso, la representación legal en España del italiano Francesco Arcuri, el padre de los hijos de Juana Rivas, exponía que el indulto parcial se tramitó con "sorprendente urgencia" por parte del Consejo de Ministros y arrogándose competencias reservadas al orden judicial.
Alegaba, de hecho, que la concesión de esta medida de gracia fue arbitraria porque se adoptó "a pesar de las irregularidades manifiestas del expediente" y supone una "grave vulneración" de actos reglados obligatorios dispuestos en la Ley del Indulto, puesto que, entre otros asuntos, no se incorporó el informe del Centro Penitenciario.
Por ello, solicitaba que se revocara el Real Decreto de 16 de noviembre de 2021 por el que se le concedía a Rivas el indulto parcial, o bien que se declarara nulo.
En caso de que el tribunal no atendiera estas dos peticiones, Arcuri interesa que se revoque o se anule lo expuesto en ese indulto respecto de la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad sobre sus hijos, que se conmutaba por la pena de ciento ochenta días de trabajos en beneficio de la comunidad.
El 16 de noviembre de 2021 el Consejo de Ministros aprobó el indulto parcial para Juana Rivas en consonancia con la postura de la Fiscalía y dos semanas después de que el Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS) enviara un informe al Gobierno sobre la postura de sus magistrados en torno a esta decisión.
El Supremo reconoció que existía división en esta materia; y es que ocho de sus magistrados apoyaron el indulto parcial para Rivas y otros ocho, entre los que se incluyó el presidente de la Sala, Manuel Marchena, se oponían.
La última decisión del Tribunal Supremo pone fin al 'caso Juana Rivas' en España, según las partes
La decisión del Tribunal Supremo de desestimar por unanimidad el recurso que el italiano Francesco Arcuri presentó contra el indulto parcial pone fin a este mediático caso en España, aunque "la lucha continuará en Italia", donde hay un proceso abierto por la custodia de los menores.
El abogado de Juana Rivas, Carlos Aránguez, ha trasladado en declaraciones a Europa Press su "satisfacción" por la "agilidad y contundencia" con la que ha sido rechazado el recurso de la expareja de Rivas contra el indulto que le concedió el Gobierno el 16 de noviembre de 2021 y con ello, según ha sostenido, "termina el caso Juana Rivas en España" aunque su lucha "continúa ahora en Italia", donde hay un proceso abierto por la custodia de los menores con una vista fijada para el 30 de septiembre, y se han presentado diversas denuncias contra Arcuri por presunto maltrato a los niños.
Junto a ello, el letrado precisa que Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha aceptado a trámite la demanda por "maltrato institucional" contra el titular del Juzgado de lo Penal 1 de Granada, que condenó inicialmente a Rivas en este caso y fue el encargado de la ejecutoria.
Por su parte, el abogado en España de Arcuri, el letrado Enrique Zambrano, ha mostrado en declaraciones a Europa Press su respeto a las decisiones judiciales, mostrándose consciente de la "dificultad" que existía para que el recurso saliera adelante, y dando por acabado el caso de Juana Rivas en España.
Rivas abandonó Italia en 2016 con sus dos hijos con la intención de no regresar, pese a no contar con el consentimiento del padre de los menores, Francesco Arcuri, quien en 2009, cuando la pareja vivía en España, fue condenado a una pena de tres meses de prisión por malos tratos en el seno familiar.
Junto a ello, en verano de 2017, Rivas pasó un mes en paradero desconocido incumpliendo las resoluciones judiciales que le obligaban a entregar a los niños a su expareja, al que ha acusado de forma reiterada de malos tratos, extremo que él niega. A raíz de este asunto, el 27 de julio de 2018, el Juzgado de lo Penal 1 de Granada condenó a Juana Rivas a cinco años de prisión como autora de dos delitos de sustracción de menores.
El magistrado también condenó a esta madre de Maracena a ser privada de ejercer la patria potestad sobre los niños, en una sentencia que unos meses después --en marzo de 2019-- confirmó la Audiencia Provincial de Granada en todos sus extremos, salvo en lo relativo a la indemnización que debía abonarle a su expareja por daño moral, que rebajó de los 30.000 a los 12.000 euros.
El asunto volvió a ser recurrido por la defensa de Rivas y llegó al Tribunal Supremo que, a finales de abril de 2021, acordó rebajar a la mitad la pena de prisión al considerar que, aunque fueron dos los menores sustraídos, cometió un único delito y no dos.
El 16 de noviembre de 2021 el Consejo de Ministros aprobó el indulto parcial para ella y a finales de marzo de 2022 la Audiencia Provincial de Granada acordó suspender la pena de prisión que le restaba por cumplir.