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Provoca una queja de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz

Colapsa la gestión de la Junta en Dependencia, con centro en Granada, donde aún se tramitan solicitudes de hace tres años

Política - J.I.P. - Domingo, 13 de Julio de 2025
La pésima gestión del Gobierno andaluz de Moreno agrava la Dependencia, con Granada como epicentro del caos, provoca que el Defensor del Pueblo Andaluz abra una queja de oficio. Te informamos.

Juan Manuel Moreno, presidente de la Junta, y Loles López, consejera de Inclusión Social, saludan a un mayor en una imagen de archivo. María José López / Europa Press

Denunciada sin descanso por usuarios y familiares que esperan, los sindicatos CCOO y UGT, y partidos, como PSOE, IU y Podemos, la gestión de la Dependencia por parte del Gobierno andaluz de Moreno es uno de los principales problemas que afectan a la ciudadanía. 

Y en especial en Granada, como paradigma de un caos y deficiente servicio a la ciudadanía, que el personal de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, evidencia para que los escuchen con el fin de poder mejorar la Dependencia, uno los pilares del Estado de Bienestar, que la Junta conculca

Y en especial en Granada, como paradigma de un caos y deficiente servicio a la ciudadanía, que el personal de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, evidencia para que los escuchen con el fin de poder mejorar la Dependencia, uno los pilares del Estado de Bienestar, que la Junta conculca.

Porque es la provincia de Granada, junto a la Sevilla, la que concentra el mayor número de denuncias elevadas al Defensor del Pueblo Andaluz, que se ha visto obligado a abrir una “queja de oficio” por la gestión de la Dependencia, un procedimiento por propia iniciativa solo reservado, cuando la institución tiene conocimiento de una situación que vulnera los derechos de los ciudadanos o afecta al funcionamiento de la Administración Pública andaluza.

Andalucía es, con diferencia, la peor de España en gestionar la Dependencia de entre todas las comunidades autónomas. Lo vuelve a reiterar el último informe del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 -recién publicado, correspondiente al primer semestre de 2025- que constata con el aporte de datos oficiales la crítica situación de este pilar fundamental del estado de bienestar, a la que ha llevado la gestión del Gobierno andaluz de mayoría absoluta del PP.

Más tiempo para ser atendido y listas de espera más largas para acceder a la Dependencia en Andalucía. Con una demora media de hasta 574 días (más de 19 meses) y con un total de 50.303 personas vulnerables, que siguen pendientes de algún procedimiento de valoración. Insoportable. Representan el 17,5 por ciento del total que aguardan en el país y nada menos que 232 días más que la media estatal, 1,6 veces superior. En la imagen del Parlamento, Loles López, durante una reciente intervención.

Granada, epicentro del colapso de la Dependencia

En la queja de oficio formulada en el expediente 25/6380, a la que ha tenido acceso El Independiente de Granada, que concreta en la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad y extiende, junto a la de Granada, a las otras siete delegaciones territoriales de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz quiere “investigar las dilaciones en las solicitudes de revisión de la situación de Dependencia”.

En Granada las demoras son escandalosas. En el escrito de apertura del expediente, el Defensor del Pueblo explicita que en esta provincia “se encontraban tramitando revisiones del segundo semestre de 2022 en enero de 2025, o incluso del primer trimestre de 2022 en la zona de Iznalloz y Huétor Tajar”

En Granada las demoras son escandalosas. En el escrito de apertura del expediente, el Defensor del Pueblo explicita que en esta provincia “se encontraban tramitando revisiones del segundo semestre de 2022 en enero de 2025, o incluso del primer trimestre de 2022 en la zona de Iznalloz y Huétor Tajar”. De hasta hace tres años.

El nuevo orden de prioridad que obliga la Ley de Simplifación de la Junta opera como elemento de “distorsión” e “influye negativamente” en que el sistema avance

En la argumentación del inicio de expediente, la institución alude a la causa objetiva “del progresivo incremento de las peticiones ciudadanas sobre la dilación en la revisión de su situación de Dependencia”, que se han disparado en la que va de año, tras experimentar un “crecimiento notable en 2024”.

Y en este aspecto fundamental, revela, sin citar, un nuevo caso de privatización indirecta en el Estado de Bienestar andaluz -sanidad, educación y servicios sociales públicos- al lamentar que “en muchos casos han debido ingresar ocupando plaza privada a costa de sus ahorros, quedando sin recurso alguno al no poder beneficiarse del mismo por dicha razón, o bien, en los perores casos, no pudiendo acceder siquiera a una residencia por carecer de capacidad económica que les permita sufragar el coste de una plaza residencial privada”

El Defensor del Pueblo Andaluz reflexiona en su escrito las causas de estas demoras para proponer “las posibles soluciones a adoptar por la Administración competente”, la Junta de Andalucía.

Entre las causas destaca “que las revisiones de grado por empeoramiento de la situación de dependencia provienen de personas de edades cada vez más avanzadas, lo que significa que es un fenómeno no solo natural, sino inevitable, ligado a la evolución vital de personas mayores con limitaciones por la edad que, por ende, va a seguir creciendo en equivalencia con el aumento de la esperanza de vida y el envejecimiento de la población andaluza”.

Y sigue: “Todas las solicitudes de revisión de la situación de dependencia formuladas por personas mayores que experimentan un acusado deterioro de salud se fundan en disponer de un grado obsoleto, que ya no responde a su realidad y que incluso les impide contar con el apoyo de un recurso de mayor protección dentro del Sistema, significadamente el residencial”.

Y en este aspecto fundamental, revela, sin citar, un nuevo caso de privatización indirecta en el Estado de Bienestar andaluz -sanidad, educación y servicios sociales públicos- al lamentar que “en muchos casos han debido ingresar ocupando plaza privada a costa de sus ahorros, quedando sin recurso alguno al no poder beneficiarse del mismo por dicha razón, o bien, en los perores casos, no pudiendo acceder siquiera a una residencia por carecer de capacidad económica que les permita sufragar el coste de una plaza residencial privada”.

También resalta la situación de personas mayores que carecen de grado de dependencia previo, al haberles sido desestimado el solicitado en una valoración inicial.” Se trata de personas que por esta razón no cuentan con prestación o recurso alguno a su favor, pero cuya situación de autovalimiento ha cambiado por razones vinculadas a la evolución propia de la edad”.

“Es por tanto natural e inevitable en una sociedad con nuestro perfil demográfico y tras casi veinte años de vigencia de la Ley 39/2006, que comiencen a ser mayoritarias las solicitudes de revisión de la situación de dependencia de personas muy mayores que ya accedieron al mismo mediante el reconocimiento de un grado de dependencia o a las que se desestimó dicho reconocimiento, al ir perdiendo capacidades en virtud de su deterioro por la edad”.

Jesús Maeztu en la presentación de la Memoria de la institución de 2024. Parlamento de Andalucía.

Constata el Defensor del Pueblo Andaluz que el grueso de las peticiones no atendidas proviene del año 2023, dado que, si bien algunos expedientes datan de 2022, “son mayoritarios los que aluden a solicitudes formalizadas en 2023, sobre todo a partir del mes de septiembre de dicho año”.

“Es por tanto natural e inevitable en una sociedad con nuestro perfil demográfico y tras casi veinte años de vigencia de la Ley 39/2006, que comiencen a ser mayoritarias las solicitudes de revisión de la situación de dependencia de personas muy mayores que ya accedieron al mismo mediante el reconocimiento de un grado de dependencia o a las que se desestimó dicho reconocimiento, al ir perdiendo capacidades en virtud de su deterioro por la edad”

Muchas de las quejas de revisión de grado se formulan por dependientes moderados que se benefician del Servicio de Ayuda a Domicilio con una intensidad de 10 horas mensuales (el mínimo vigente desde el 20 de julio de 2023 es de 20 horas al mes). Además, los datos de quejas arrojan “que la mayoría de estas personas no se han limitado a pedir la revisión de grado, sino que, al propio tiempo, ya simultánea ya sucesivamente, han solicitado asimismo la revisión de PIA para la adecuación a la normativa de la intensidad de la ayuda a domicilio”.

“A veces han pedido la revisión de la situación de dependencia con ocasión de gestionar la solicitud de incremento de la intensidad de la ayuda a domicilio; otras se han decantado solo por solicitar la revisión de grado al entender que ésta comportará la actualización del PIA; y en algunas otras, han solicitado el incremento de las horas de la ayuda a domicilio y más tarde han instado la revisión de la situación de dependencia, por la necesidad de incrementar sus legítimas expectativas poniendo en juego varias posibilidades, con la esperanza de que alguna de ellas avance de forma menos lenta”.

La oficina de la institución informa en el escrito de que al examinar las respuestas ofrecidas por la consejería de Inclusión Social “sobre los expedientes individuales incursos en mora” percibe que “no desembocan en un resultado satisfactorio, sino con cuentagotas, al ser muy minoritarios los expedientes en que se nos comunica el dictado de la resolución que ponga término al procedimiento de revisión de grado. Es preciso expresar igualmente, que van aumentando los expedientes inconclusos de personas que fallecen sin que su solicitud de revisión de la situación haya sido resuelta”.

“Todas las delegaciones territoriales reconocen las demoras generalizadas en la resolución de estas solicitudes y, dentro de las justificaciones ofrecidas desde cada una se indica que, con carácter general, están sujetas a la necesidad de guardar el riguroso orden de incoación en asuntos de homogénea naturaleza conforme a lo dispuesto en el artículo 71.2 de la Ley 39/2015, de 1 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Matizando que tal orden solo podría verse alterado si consta situación de urgencia o emergencia social conforme a lo establecido en el Protocolo de actuación para la tramitación preferente en las situaciones de urgencia y emergencia social en el ámbito de la dependencia”.

Pero cita en relación con esta norma, el orden de prioridad en el acceso a los servicios y prestaciones económicas establecido en el procedimiento implantado por el Decreto-ley 3/2024 (artículos 172 y 178) -la polémica Ley de Simplificación y Racionalización administrativa de la Junta de Andalucía, por cuanto parece tratarse de una ordenación que motiva las solicitudes de revisión de la situación de dependencia.

Con ello, el Defensor del Pueblo Andaluz significa que “el orden de prioridad establecido en el nuevo procedimiento parece estar operando como un elemento más de distorsión, influyendo negativamente en el avance del Sistema, al dar lugar a un mayor número de revisiones de grado pendientes de atender, cualquiera que finalmente haya de ser su resultado"

Los preceptos referidos parten del mayor grado de dependencia como criterio prioritario de acceso a un servicio o prestación económica, a igualdad de grado, toma en consideración la menor capacidad económica y, a igualdad de grado y capacidad económica, atiende a la mayor antigüedad de la fecha de la última solicitud que da derecho al servicio o prestación (en los casos que examinamos, la antigüedad de la solicitud de revisión de grado).

“El referido orden de prioridad en el acceso a prestaciones y servicios es invocado por las personas interesadas como razón de su solicitud de revisión de grado, al percibir la importancia de obtener un incremento en el grado de dependencia (mayor grado) como única forma viable de acceder a un recurso del Sistema, por la vía de mejorar la expectativa temporal para ello, a la luz del orden de prioridad referido, como manifiestan las personas promotoras de las quejas de forma explícita”.

Con ello, el Defensor del Pueblo Andaluz significa que “el orden de prioridad establecido en el nuevo procedimiento -Ley de Simplificación de la Junta- parece estar operando como un elemento más de distorsión, influyendo negativamente en el avance del Sistema, al dar lugar a un mayor número de revisiones de grado pendientes de atender, cualquiera que finalmente haya de ser su resultado”.

Como otras causas residenciales en “los problemas de gestión de expedientes” aluden al proceso de migración de datos a la nueva Aplicación MGS, por lo que hasta que no se produzca la misma no se podrá continuar con la tramitación o las que citan “incidencias informáticas” que han impedido tener constancia de la solicitud en la nueva aplicación informática.

“En definitiva a tenor de lo expuesto, tomando en consideración el volumen de peticiones que en este ámbito se dirigen a esta Institución, su persistencia y crecimiento y los consiguientes requerimientos que sobre ello venimos dirigiendo a las correspondientes delegaciones territoriales, hemos considerado oportuno incoar un expediente de queja de oficio amparado en la autorización que a estos efectos nos confiere el artículo 10 de nuestra Ley reguladora, con el objeto de analizar la envergadura del problema y las posibles soluciones para su minoración”.

También “concreción de la fecha de incoación de los expedientes de Dependencia de homogénea naturaleza que en estos momentos se atienden en cada zona de trabajo social de la provincia”; “tiempos medios de resolución de las solicitudes aludidas” y “análisis de la situación sobre la gestión de las solicitudes de revisión

Para su investigación, la institución requiere de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de Granada, al igual que al resto de delegaciones, que le informe con detalle del número de revisiones de la situación de dependencia recibidas en esa Delegación Territorial en el año 2024 y en el primer trimestre de 2025; y el desglose numérico del total por zonas de trabajo social, siendo posible, así como, por grado de dependencia de las personas solicitantes y recurso que las mismas tengan activo.

También “concreción de la fecha de incoación de los expedientes de Dependencia de homogénea naturaleza que en estos momentos se atienden en cada zona de trabajo social de la provincia”; “tiempos medios de resolución de las solicitudes aludidas” y “análisis de la situación sobre la gestión de las solicitudes de revisión de la situación de dependencia, causas que obstan a la observancia del plazo legal, medidas para solventar las demoras y previsiones en la planificación administrativa”.

Al menos, con la queja de oficio, se conocerán datos que no revela la Junta de Andalucía.

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