Alegan que el trámite de información pública de la línea de alta tensión de Red Eléctrica es "nulo de pleno derecho"

Ciudadanía - IndeGranada - Martes, 5 de Febrero de 2019
Cartel de protesta durante la entrega de alegaciones.
Coop. Hortigas
Cartel de protesta durante la entrega de alegaciones.

La Cooperativa Agroecológica Hortigas, ubicada en Dúrcal, como miembro de la plataforma ciudadana “Di no a las Torres” del Valle de Lecrín y las Alpujarras, ha presentado este martes unas alegaciones propias al proyecto del eje de alta tensión de Red Eléctrica. Las alegaciones completas se pueden consultar a partir de la noche de este martes tanto en la web https://hortigas.es/ como en la web de la Plataforma ciudadana http://dinoalastorres.org/es/ para que sean públicas y abiertas para quien quiera consultarlas.

Según explica la cooperativa, "alegamos a todo el proyecto y no solo a la parte que se queda en el Valle de Lecrín y Las Alpujarras, por considerarlo lesivo e innecesario en todo el transcurrir de las líneas -en las que atraviesa Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA), Zona de Especial Conservación (ZEC), Lugares de Interés Comunitario (LIC), Área Importante para las Aves (IBA) y de la Aplicación del Plan de Conservación y Recuperación de las Aves Esteparias (ZAPRAE). Espacios Red Natura y Espacios Naturales Protegidos, etcetera". 

Uno de los puntos que expresan en estas alegaciones, que constan de 78 páginas, es que solicitan que "en cumplimiento de la legislación vigente, se considere el trámite de información pública de los expedientes como nulo de pleno derecho". "Manifestamos que las medidas de participación pública adoptadas -de las que tras su conocimiento se están oponiendo en masa tanto en las mancomunidades del Valle como de Las Alpujarras-, han sido vías meramente administrativas sin que hubiese un conocimiento de los pueblos al estar las mismas corruptas de forma a la hora de dar a conocer el proyecto y, por lo tanto, consideramos que se conculca el convenio de Aarhus y su transposición a las leyes estatales tales como la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente", explica en un comunicado.

Asimismo, exige que "la peticionaria (Medio Ambiente) haga públicas todas las cartas enviadas a las diferentes entidades con las que manifiestan haberse puesto en contacto (ya que solo aparece respuesta por parte de 9 de ellas de las más de 90 que afirma haber consultado), como así consta en el Tomo III del Estudio de Impacto Ambiental (EIA), en su apartado 4: “ANEXO IV RESPUESTA AL TRÁMITE DE CONSULTAS PREVIAS, tengan éstas respuestas o no, ya que la otra posibilidad, a este respecto, sería que la compañía oculte estos datos en su EIA dado, como decimos, que no aparece reflejado en ningún anexo ni en ninguna otra parte de todo el estudio completo, con lo cual las responsabilidades exigibles pasarían a ser a la peticionaria".

Añadido a esto la cooperativa considera que "la Administración podría incurrir en un delito de prevaricación dado que el proyecto global Duplicación del eje de 220 kV entre Granada y Almería se queda en la subestación y líneas hasta Órgiva, pero omite la parte que conecta Saleres (Granada) con Benahadux (Almería), ya que hoy en día no podemos hacer una consulta de los impactos de esta última línea al estar desaparecidos estos informes del Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía. Esto conculcaría la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en su artículo 11", indica la Cooperativa Agroecológica Hortigas. 

"Anularía" la tramitación de los expedientes

Además de lo señalado, "que anularía de facto la tramitación de los expedientes y de la AAU sobre la que alegamos", añade, "este fraccionamiento en la elaboración y tramitación del proyecto global «Duplicación del eje de 220 kV entre Granada y Almería» constituye también un fraccionamiento de la evaluación de impacto ambiental integral contrario a Derecho, al incluir otras líneas (como vemos en la propia imagen de Red Eléctrica a continuación) con una tramitación ambiental independiente pero que se engloban dentro del mismo proyecto, con lo que se fraccionan sus impactos con la intención de obtener permisos por parte de la peticionaria".

Según explica la cooperativa, "esta interpretación está avalada por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. En el asunto relativo a la evaluación ambiental del “Proyecto de línea Valencia-Tarragona, tramo Las Palmas-Oropesa. Plataforma” España defendió que se  trataba únicamente de un tramo de 13,2 km entre dos localidades y que por tanto no afectaba al tráfico a gran distancia. La Comisión alegó que dicho proyecto formaba parte del “Corredor del Mediterráneo” de 251 km de longitud. El Tribunal juzgó: Si se admitiera la alegación del Gobierno español, el efecto útil de la Directiva 85/337 podría quedar gravemente comprometido, puesto que bastaría con que las autoridades nacionales en cuestión fraccionaran un proyecto de una larga distancia en tramos sucesivos de pequeña importancia para que tanto el proyecto considerado en su globalidad como los tramos surgidos de dicho fraccionamiento pudieran eludir lo dispuesto en dicha Directiva (sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 16 de septiembre de 2004, Comisión contra España, C-227/01, EU:C:2004:528, apartado 53, pronunciamiento acogido por la sentencia del Tribunal Supremo de 16 de diciembre de 2004, recurso 4723/2001, ES:TS:2004:8142)".

Para la Cooperativa Agroecológica Hortigas, es necesario que se realice una evaluación ambiental conjunta del proyecto global y que por tanto su fraccionamiento sea "un incumplimiento de la obligación transcrita más arriba e incompatible con el efecto útil de la Directiva 2011/92/UE (que deroga la Directiva 85/337/CEE, del Consejo, de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente)", finaliza.