Revocada la sanción a una empresa familiar por la baja por maternidad de una menor contratada por sus padres

E+I+D+i - IndeGranada - Miércoles, 28 de Abril de 2021

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha anulado la sanción impuesta por el Instituto Nacional de la Seguridad Social a una empresa familiar por contratar a la hija menor dos meses antes de dar a luz, lo que generó una prestación de baja por maternidad. 

Según informa Iberum Abogados, el caso trata sobre una joven de dieciséis años que tras quedarse embarazada deja sus estudios motu proprio antes de dar a luz. Ante la decisión de la menor, según el bufete, "los padres le animan a labrarse un futuro trabajando en la empresa familiar". A los dos meses de incorporarse a la empresa, se produce el parto y la chica inicia el permiso de baja por maternidad, "volviendo al puesto de trabajo al término del permiso, puesto que sigue en la actualidad desempeñando con normalidad".

"Hasta aquí, podría ser una historia más de tantas que ocurren, sin embargo, el Instituto Nacional de Seguridad Social, tras realizar una inspección, decide privar a la chica de su derecho a la prestación de maternidad y sancionar gravemente a la empresa por fraude. Tanto la hija menor como la empresa familiar presentó sendas demandas judiciales ante el Juzgado de lo Social que dictó sentencia confirmando las sanciones del INSS a la trabajadora ya la empresa, al estimar el contrato como fraudulento, basado simplemente en la relación de parentesco".

Ismael Istambul, socio director del despacho Iberum Abogados con sede en Granada y el abogado de la empresa, interponen en ese momento un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior para revocar la sentencia al entender que la Resolución del INSS atentaba contra el Derecho al Trabajo de una mujer menor embarazada resultando el entorno familiar el cauce más natural para la integración en el mercado laboral". En palabras del letrado,  "tan importante es evitar posibles fraudes como erradicar actuaciones por la Administración que pueden suponer una discriminación para la inserción en el mercado laboral de una mujer menor de edad".