La Junta ordena la adopción de medidas fitosanitarias obligatorias, para evitar la propagación de la plaga

Detectada una plaga por la avispilla del almendro en Orce, Galera y Cúllar

E+I+D+i - Redacción El Independiente de Granada - Miércoles, 24 de Julio de 2024
La Consejería de Agricultura ordena la adopción de medidas fitosanitarias obligatorias, para evitar la propagación de la plaga. Te informamos.
Cultivo de almendros en la comarca de Baza.
INDEGRANADA
Cultivo de almendros en la comarca de Baza.

La  Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural ha detectado una plaga que causa daños compatibles con los provocados por la avispilla del almendro en Orce, Galera y Cúllar, por lo que ha procedido a emitir una resolución en la que ordena a los propietarios de las plantaciones afectadas a adoptar medidas fitosanitarias obligatorias, para evitar la propagación.

La avispilla del almendro (Eurytoma amygdali Enderlein) es un insecto himenóptero que realiza en primavera su puesta en la almendra, permaneciendo el resto de la misma y parte del verano en su interior alimentándose de la semilla. En la primavera siguiente, una vez completado su ciclo biológico, realiza un orificio en la cáscara por el que sale al exterior con el objetivo de infestar nuevas almendras. Esta salida coincide con la presencia de almendras de la campaña siguiente.

Al objeto de conocer la magnitud del brote, el Departamento de Sanidad Vegetal de la Consejería "ha intensificado en las dos últimas semanas" las prospecciones en las explotaciones de almendro, produciéndose nuevas detecciones en el término municipal de Orce y en los vecinos términos municipales de Galera y Cúllar

Según la resolución, a la que ha tenido acceso El Independiente de Granada, hasta la fecha no se había tenido conocimiento de la presencia de la avispilla del almendro en Andalucía hasta que el pasado mes de junio técnicos de producción integrada del cultivo del almendro de la provincia de Granada han alertado al Servicio de Sanidad Vegetal de la posible presencia del insecto en Orce.

Al objeto de conocer la magnitud del brote, el Departamento de Sanidad Vegetal de la Consejería "ha intensificado en las dos últimas semanas" las prospecciones en las explotaciones de almendro, produciéndose nuevas detecciones en el término municipal de Orce y en los vecinos términos municipales de Galera y Cúllar.

“Dada la incidencia que la plaga pudiera alcanzar en las plantaciones de almendro, así como el potencial de riesgo que presenta, se hace imprescindible establecer una plan de medidas fitosanitarias de obligado cumplimiento a desarrollar en las zonas de producción del cultivo del almendro afectada, al objeto de erradicar la misma”, señala la resolución.

Medidas fitosanitarias obligatorias

La Consejería determina "medidas cautelares previas obligatorias y recomendadas", en las plantaciones de almendro y árboles aislados de la provincia de Granada que corresponden a los términos municipales y polígonos de Orce (todos los polígonos); en Galera, en los polígonos, 3, 4, 5, 6 y 7; y en Cúllar, en los polígonos 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9, que además deben cumplir los titulares de los almacenes receptores de almendra procedentes de zonas indicadas.

Según la resolución, los titulares de las parcelas agrícolas dedicadas al cultivo del almendro en las que se constate o sospeche la presencia de la plaga deberán ejecutar las siguientes medidas:
 
- Proceder de inmediato a la comunicación al Departamento de Sanidad Vegetal de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de esta provincia.

Eliminar las almendras afectadas por la plaga, no estando permitido el traslado de dichas almendras fuera de la explotación, debiendo ser destruidas mediante la quema en las mismas parcelas, no estando permitido su abandono en las parcelas ni alrededores, ya que constituiría un foco de dispersión de la plaga

 
- Eliminar las almendras afectadas por la plaga, no estando permitido el traslado de dichas almendras fuera de la explotación, debiendo ser destruidas mediante la quema en las mismas parcelas, no estando permitido su abandono en las parcelas ni alrededores, ya que constituiría un foco de dispersión de la plaga.
 
- En ningún caso se podrán trasladar las mondas o pieles fuera de las parcelas que estén incluidas en los polígonos señalados, ni utilizar las pieles para alimentación del ganado, para combustible de estufas u otros usos, ni permitido su enterrado, debiendo ser destruidas mediante quema.
 
-Terminada la recolección, en todas las parcelas que se encuentren en los polígonos señalados, se deberán eliminar todas las almendras que hayan quedado en los árboles y en el suelo para evitar la eclosión de adultos en la siguiente temporada que puedan prolongar y extender la plaga en la siguiente campaña mediante quema.
 
- En el caso de que no pudiera autorizarse las quemas de los restos vegetales por motivos fitosanitarios, se deberá solicitar a la Delegación Territorial, que habilite métodos alternativos que garanticen la no dispersión de la plaga.
 

Deberán extremar las medidas de limpieza de la maquinaria de recolección, los equipos de transporte y almacenaje, evitando que queden restos de almendras que puedan convertirse en focos de dispersión de la plaga

 
- Deberán extremar las medidas de limpieza de la maquinaria de recolección, los equipos de transporte y almacenaje, evitando que queden restos de almendras que puedan convertirse en focos de dispersión de la plaga.
 
- Los titulares de las parcelas de almendro que pertenezcan a los polígonos de los términos municipales señalados en la resolución deberán aplicar las medidas fitosanitarias establecidas en este punto con anterioridad al 31 de enero siguiente a la cosecha salvo lo indicado en en el pimer punto que se realizará con carácter inmediato.
 
Los titulares de los almacenes receptores de almendra procedentes de zonas en las que la plaga se encuentra presente o se sospeche su presencia deberán:
 
- Establecer condiciones de almacenamiento y conservación adecuadas de aquellas partidas provenientes de los polígonos de los términos municipales indicados en esta disposición para evitar la contaminación del resto de las partidas almacenadas, extremando la limpieza de los equipos implicados en el proceso productivo que entren en contacto con dichas almendras.
 
- Proceder a la destrucción de las almendras afectadas por la plaga que sean detectadas, informando a la Delegación Territorial de la entrada de partidas con daños compatibles con la plaga de la avispilla, comunicando su procedencia y las referencias de las parcelas afectadas.
 
Medidas fitosanitarias recomendadas, no obligatorias:
 
- Los titulares de las parcelas en las que se detecte la presencia de la plaga podrán realizar tratamientos fitosanitarios para su erradicación, los cuales se realizarán con productos fitosanitarios autorizados para su control, debiendo respetarse las limitaciones que se establecen en el sistema de Producción Ecológica en todo caso.
 
- En la aplicación de los productos fitosanitarios se tendrá en cuenta la fenología del cultivo y de la plaga, se adecuarán a las mismas los productos seleccionados y se respetarán en todo momento los condicionamientos y restricciones establecidos por la legislación vigente.
 
Recuerda la resolución que el incumplimiento de las medidas fitosanitarias obligatorias de lucha contra una plaga, puede ser considerado como infracción administrativa, lo que puede obligar al órgano competente de la Administración pública a iniciar el correspondiente expediente sancionador.

Precisamente, el próximo jueve en Orce, las Oficinas Comarcales Agrarias de Huéscar y Baza han convocado a una jornada informativa sobre “Daños y Control de la plaga de la Avispilla del Almendro”, en la que está prevista la intervención de representantes del Departamento de Sanidad Vegetal (Servicio de Agricultura de la Delegación Territorial de Granada), de la Red de Alerta de Información Fitosanitaria de Andalucía (RAIF), y de las oficinas comarcales agrarias de Baza y Huéscar.