El Juzgado de lo Mercantil 2 de Granada aplica la Ley de Segunda Oportunidad y cancela una deuda de 14.000 euros a una mujer tras unos negocios fallidos
El Juzgado de lo Mercantil nº2 de Granada ha cancelado la deuda de 14.000 eeuros acumulada por una mujer aplicando la llamada Ley de Segunda Oportunidad. Lo que ha dictado el Juzgado es la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI).
Los abogados de Repara tu Deuda explican en una nota de prensa que el "estado de insolvencia" de esta mujer "se originó cuando solicitó un primer crédito en el año 2013 para iniciar un bazar junto a su pareja y dos socios más". "Aunque funcionó al principio, los resultados no fueron los deseados y tras un tiempo decidió cerrar el negocio", agrega la nota para indicar que la mujer "estuvo abonando las cuotas y cubriendo sus gastos más básicos gracias a la ayuda de su madre y de su pareja hasta que en el año 2016 su pareja abrió una franquicia de una cadena de supermercados y ella empezó a trabajar ahí. No obstante, el negocio no funcionó bien y cerró. Para poder seguir abonando las cuotas pendientes, la concursada vendió la vivienda que tenía, pero no fue suficiente para saldar la deuda en su totalidad".
Muchos de los exonerados, explica el despacho de abogados, "deciden contar su historia de sobreendeudamiento y los enormes beneficios de acogerse a este mecanismo: salida de los listados de morosidad, olvido de las llamadas angustiantes de bancos y entidades financieras, registro de posibles futuros bienes, etc".
Esta legislación, añaden, "permite la exoneración de la deuda de particulares y autónomos siempre y cuando cumplan una serie de requisitos. En resumen, basta con que el concursado no haya sido condenado por delitos socioeconómicos en los diez últimos años, que actué de buena fe durante todo el proceso y que se encuentre en un estado actual o inminente de insolvencia. Desde septiembre de 2022, no es necesario procurar llegar a un acuerdo previo de pago con bancos y entidades financieras".