En la resolución del juez a la que tuvo acceso El Independiente de Granada, en la que por el procedimiento abreviado concluye la instrucción que la sitúa en la antesala de juicio oral, atribuye a los cuatro investigados –imputados- la responsabilidad de “vertidos contaminantes que se han venido produciendo reiteradamente y que poseían su origen en el defectuoso sistema de depuración de las aguas residuales del Centro Penitenciario de Albolote”, que llegaron a “originar un daño en la calidad del agua del conocido como arroyo Juncal determinante de un grave riesgo para el equilibrio de los sistemas naturales”.
El caso judicial por la vía penal la abrió en 2010 el magistrado Miguel Ángel del Arco –ya jubilado - tras la denuncia de la propietaria del cortijo Las Torres, situado en Colomera, pero colindante con la cárcel de Albolote por los vertidos que, desde 1997, padecía su finca en el arroyo Juncal, que le habrían ocasionado graves daños a sus cosechas y perjuicios por la contaminación de las aguas.
Durante la instrucción fueron citados a declarar en calidad de imputados diferentes responsables de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, técnicos encargados de la depuradora de la que salieron los vertidos, cargos de Instituciones Penitenciarias, de la Junta y responsables de la cárcel de Albolote.
La propietaria de los terrenos abrió también una vía contencioso-administrativa que culminó con una sentencia que condenó a la Agencia Andaluza del Agua, dependiente de la Junta de Andalucía, a abonarle una indemnización de 865.000 euros por los daños causados.
Los otros dos responsables de la CHG a un paso también de ser llevados a juicio son Rafael Álvarez Jiménez, comisario de aguas desde 2013, y Cándido Brieva Romero, jefe de área de calidad de las aguas de la propia Confederación.
“De lo hasta ahora actuado en el presente procedimiento aparece indiciariamente acreditado que tras ser interpuesta la denuncia origen de las actuaciones (…) tras la práctica de las diferentes diligencias probatorias que fueron acordadas al efecto, se puede concluir con aquél carácter que cuando menos en el periodo comprendido entre diciembre de 2008 y la fecha actual, y como consecuencia de una pauta de vertidos contaminantes que se han venido produciendo reiteradamente y que poseian su origen en el defectuoso sistema de depuración de las aguas residuales del Centro Penitenciario de Albolote, se llegó a originar un daño en la calidad del agua del conocido como arroyo Juncal determinante de un grave riesgo para el equilibrio de los sistemas naturales”.
El juez estima que Romero Ortiz, como presidente de la CHG desde marzo de 2012, “responsable último en definitiva de todas las decisiones adoptadas en relación con los vertidos procedentes del Centro Penitenciario de Albolote, fue conocedor de cuál era la situación que venía produciéndose en relación con los mismo, sin que conste llegara a realizar en el ámbito de sus competencias actuación alguna tendente a solucionar aquella, actuación o actuaciones que, en el ámbito de igual forma de sus respectivas competencias”.
“La misma conducta omisiva, con capacidad para haber puesto fin al curso delictivo y resultado mencionado, cabe predicar de los investigados Manuel Romera Ortiz, Rafael Álvarez Jiménez y Cándido Brieva Romero”
Con respecto a los otros dos funcionarios de la CHG, señala el magistrado que “Rafael Álvarez Jiménez, comisario de aguas de la Conferencia Hidrográfica del Guadalquivir desde el año 2013, ni de Cándido Brieva Romero, como jefe de área de calidad de las aguas de la propia Confederación quienes, del mismo modo conocedores de la ilegalidad de los vertidos que se venían produciendo, en cuanto que de forma constante superaban los límites establecidos por la correspondiente autorización administrativa, se abstuvieron de adoptar medida alguna tendente a evitar el daño medioambiental que de tal forma se venían paulatinamente ocasionando”.
En cuanto al investigado Enrique Caracuel González, en su condición de subdirector General de Servicios Penitenciarios y “en cuanto responsable del órgano competente para las propuestas de revisión del plan de infraestructura penitenciarias y las relaciones con la sociedad de las infraestructuras y equipamientos penitenciarios ( SIEP, SA), así como de la evaluación de las necesidades de actuación en materia de mantenimiento y mejora de infraestructuras y equipamientos en dicho periodo, pese a tener conocimiento directo de cuantas incidencias y problemas se venían produciendo con el sistema de depuración del Centro Penitenciario de Albolote, no adoptó las medidas que hubieran resultado precisas a fin de evitar la continuidad de los vertidos contaminantes y, en consecuencia, de la grave afectación para el equilibrio del ecosistema, no obstante haber sido reiteradamente advertido de la ilegalidad de los mismos”.
“La misma conducta omisiva, con capacidad para haber puesto fin al curso delictivo y resultado mencionado, cabe predicar de los investigados Manuel Romera Ortiz, Rafael Álvarez Jiménez y Cándido Brieva Romero”, subraya el juez.
El magistrado Zurita Millán, que prosiguió la instrucción tras la jubilación del juez Del Arco, dispone en la resolución con fecha de 1 de junio que se sigan las actuaciones por el trámite de procedimiento abreviado contra los cuatro investigados por su participación en un delito contra el Medio Ambiente y se dé traslado al Ministerio Fiscal y a las acusaciones personadas para que, en el plazo común de diez días soliciten la apertura del juicio oral, y formulen escrito de acusación.
Asimismo, decreta el sobreseimiento provisional y archivo del procedimiento con respecto a otro responsable de la CHG, por su nula capacidad decisoria, así como a dos funcionarios de la prisión de Albolote, uno de ellos, por el mismo motivo, y otro porque incluso “guió su actuación a evitar una situación calamitosa”. Igualmente, también decreta el sobreseimiento sobre un ingeniero de una empresa interviniente porque “no consta (que) llegara a poseer capacidad decisoria alguna en relación con el control de los vertidos ilegales”.
Satisfacción por una indemnización millonaria a la perjudicada
En el escrito, el magistrado expresa su satisfacción por la indemnización de 865.000 euros que la Agencia Andaluza del Agua, dependiente de la Junta, debe abonar a la propietaria de un cortijo colindante con la prisión, que denunció los vertidos procedentes de la cárcel y que provocaron graves daños en los terrenos. La indemnización fue determinada por un juzgado de lo contencioso administrativo, que fue recurrido por la Junta. Finalmente, el recurso fue rechazado por el TSJA, que consideró oportuna y firme la cantidad a abonar.
“No puede hacerse aquí abstracción de la satisfacción en vía contencioso-administrativa de la indemnización a la (propietaria) de los daños derivados de la pérdida de productividad en la cosecha de aceituna correspondiente a los años 2011 y 2012 debidos a la contaminación del terreno, derecho éste reconocido en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Contencioso Administrativo, de 29 de abril de 2016”, señala el magistrado ahora.