una historia vital

La joven Tatiana recupera a su hijo

Ciudadanía - J. M. M. - Sábado, 4 de Mayo de 2019
La chica, de 19 años, perdió la custodia de su hijo hace más de un año, cuando el menor tenía pocos meses, al declararlo la Junta en desamparo, pero el juzgado ha anulado esa resolución y devuelve el niño a su madre, que ha pasado su adolescencia en centros de menores.
Tatiana, en uno de los puentes sobre el Genil.
archivo
Tatiana, en uno de los puentes sobre el Genil.

Tatiana ha conseguido recuperar a su hijo, de dos años, del que había perdido su custodia en enero del año pasado. Los servicios de protección del menor de la Junta lo declararon en desamparo al entender que Tatiana, que ha pasado su adolescencia en centros de menores, era una persona "conflictiva que no controla sus emociones" y que, por tanto, no podía cuidar de su hijo. 

Pero la joven Tatiana, junto a su abogado David Sánchez, ha luchado por demostrar que, pese a su azarosa vida, estaba capacitada para cuidar de si hijo, y tras presentar una demanda de oposición a la declaración de desamparo, al entender que era una medida "excesiva", el juzgado le ha dado finalmente la razón y su hijo podrá volver con ella, tras más de un año de lucha. 

La chica ha estado casi más tiempo dentro que fuera en centros de menores hasta que cumplió su mayoría de edad

Y es que la corta vida de Tatiana no ha sido fácil. Su padre abandonó a la famlia cuando ella era pequeña. Después su madre encontró una nueva pareja, se casó y tuvieron otro hijo. Tatiana creció sintiéndose desplazada, desubicada. A los 11 años ya pisó por primera vez un centro de menores de la capital, por faltar repetidamente al colegio. La chica ha estado casi más tiempo dentro que fuera en centros de menores hasta que cumplió su mayoría de edad. Se quedó embarazada, abortó y después, con 17 años, todavía menor de edad, se volvió a quedar en estado. El padre era un joven con antecedentes penales. Esta vez tuvo al niño, "y fue un niño deseado", aclara Tatiana. 

Apoyada por los padres de él, la pareja y el niño se fueron a vivir juntos a un piso de la zona norte de la capital, costeado por los padres del joven. Pero la vida de la pareja era difícil, con discusiones continuas y episodios de maltrato mutuo. El juez impuso al chico una orden de alejamiento y ella se quedó con el niño pequeño en el piso. Surgieron diversos problemas con los vecinos, y Tatiana terminó yéndose de allí y buscó cobijo en casa de su madre. 

Acaba en una gasolinera

Pero Tatiana, sin disciplina ni orden en su vida, vivía una situación problemática con su madre (que tiene pareja y otro hijo), y la convivencia allí tampoco sale bien y se ve abocada a marcharse. A finales de 2017 Tatiana estaba en la gasolinera de Carretera de la Sierra -cerca del domicilio de su madre-, con su hijo, solo unos meses, sin saber dónde ir. Acudió la Policía Local, que llamó a los servicios de menores de la Junta, que declararon el desamparo del menor. 

La Junta justificaba la declaración de desamparo en la "inestabilidad personal, económica, familiar y social" de Tatiana, en su "falta de madurez emocional", "falta de atención a las necesidades físicas y educativas del menor, "desestructuración familiar", "escasas habilidades para afrontar los problemas debido a su desequilibrio emocional", "dinámica familiar caótica", "alta conflictividad con el padre y la familia paterna" y "malas relaciones madre e hija", entre otros aspectos, por lo que otorgó la custodia del niño a los abuelos paternos, en acogimiento familiar permanente y con un régimen de visitas para la madre de solo una hora a la semana.  

El abogado de Tatiana logró después que las visitas se ampliaran a tres días a la semana, dos horas cada día, y la joven pudo estar más tiempo con su hijo y siguió luchando por recuperar su custodia con una demanda de oposición a la declaración de desamparo que, tras un largo proceso, ha terminado con la resolución judicial en la que la jueza del Jugado de Primera Instancia número 16 de Granada devuelve al niño con su madre.

Las razones aducidas por la Junta para declarar el desamparo “no existen y otras se han modificado", dice la jueza

La sentencia, consultada por El Independiente de Granada, y contra la que cabe recurso, indica que, tras las pruebas practicadas, algunas de las razones aducidas por la Junta para declarar el desamparo “no existen y otras se han modificado, de forma que lo procedente en interés del menor por ser lo más adecuado y garante de sus derechos es la reintegración del menor con su madre, de forma progresiva”, tal y como concluye la prueba pericial “imparcial y objetiva” emitida por el equipo psicosocial adscrito al Juzgado. 

"Es capaz" de criar a su hijo

“De hecho, al contrario de lo que se indica por la entidad pública, existen pruebas más que relevantes de que la madre era y es capaz de atender las necesidades básicas de su hijo, así como las relativas a su salud, educación“, indica la sentencia. 

"Existen pruebas más que relevantes de que la madre era y es capaz de atender las necesidades básicas de su hijo, así como las relativas a su salud, educación“

Y es que en los informes de las visitas que hacía la madre a su hijo se afirma que "mantiene una actitud serena, cariñosa, atenta en todo momento, lo entretiene, le expresa continuas muestras de afecto, y el menor se siente contento, sonriente, tranquilo y cómodo con la madre". 

Pese a que Tatiana tenía desencuentros con el personal de protección de menores que supervisaba las visitas, la jueza entiende que "no hay una sola prueba, salvo la manifestación de la educadora que realizaba el seguimiento de las visitas, de que la madre no era y no es capaz de atender las necesidades básicas de su hijo o que no tenga conocimiento de sus necesidades o pautas de cuidado”. 

"Un niño feliz"

Incluso en el propio informe para justificar la declaración de desemparo, la jueza indica que "no se aprecia ningún déficit en el menor: su desarrollo evolutivo es normal, su motricidad, psicomotrocidad, su desarrollo perceptomotriz, comunicación, etc… es en todas las áreas normal y acorde con su edad. Y además se define al menor como un niño feliz". 

La Propia Policía Local en su atestado cuando atendió a la chica y su hijo dice, como recoge la sentencia que “el menor se encuentra bien atendido por su madre, le dio biberón en dependencias policiales, atenta y con buen aspecto, aseado y limpio”. 

"No consta acreditado", continúa la sentencia, "pese a que en momentos puntuales -debido a la gravísima situación por la que atravesaba" Taiana, "una chica joven, que había estado desde los once años con medidas de protección, por problemas con su progenitora, que se había quedado embarazada a los 17 años, que tenían problemas con el padre de su hijo, hasta el punto de que tuvo que denunciarlo y se le impuso una orden de alejamiento respecto a ella, que no contaba con ningún tipo de recurso económico, ni apoyo familiar ni social)- la madre se sintiera desbordada y con crisis de ansiedad solicitando ayuda a los servicios sociales, que ésta no fuera capaz de gestionar la situación con su hijo". 

Desaparecen los riesgos

El informe encargado por la jueza concluye que "la madre puede cubrir de forma adecuada las necesidades afectivas, educativas y de salud del menor, y con los apoyos necesarios está capacitada para ejercer adecuadamente sus funciones marentales". 

"Existe una razón esencial por la que procede revocar la declaración de desamparo, y es la buena relación que existe entre el menor y la madre, el desarrollo correcto de sus relaciones y su vinculación afectiva", afirma la sentencia

Y es que otro de los motivos de la declaración del desamparo, la "desestructuración" y situación familiar "caótica" también "han desaparecido", dice la jueza, ya que actualmente Tatiana "convive con sus abuelos maternos", que le mantienen un "apoyo total, le brindan una vivienda apta para ella y para el menor. Disponen de medios económicos suficientes para poder ayudar a su nieta y a su bisnieto si fuera necesario de forma totalmente incondicional y sin límite de tiempo", y Tatiana "mantiene una conducta estable y ordenada. Ayuda en las tareas domésticas a los abuelos" y "realiza trabajos echando horas como empleada doméstica".  

Controla mejor sus emociones

Igualmente, Tatiana "no mantiene relación alguna con su expareja y padre del menor", por lo que "desaparecen todos los riesgos relacionados con la posible exposición del menor a situaciones de conflicto o violencia entre sus progenitores"., dice la sentencia.

Además, Tatiana "carece de antecedentes penales. No consta que tras su mayoría de edad haya sido condenada o se haya visto envuelta en un procedimiento penal. Además, ha reanudado la relación con su madre, sin que tenga ningún tipo de conflicto con ella".

Y sobre su falta de control de las emociones, ahora "es consciente que por su edad y por el poco apoyo familiar que tenía, era infantil, inmadura, se enfadaba mucho, no aceptaba consejos, ahora ha cambiado mucho, le gusta hablar con las personas para aprender y es capaz de escuchar y controlar sus impulsos, habla de sus problemas sin dolor y la emoción que le producían antes”.  

"Y lo más importante", dice la jueza, "es que está dispuesta a someterse a una valoración de salud mental, y además ha seguido tratamiento psicológico mejorando el control de sus emociones, que ahora sí, considera y es consciente de que constituía un problema". 

"Buena relación" con su hijo

En definitiva, "existe una razón esencial por la que procede revocar la declaración de desamparo, y es la buena relación que existe entre el menor y la madre, el desarrollo correcto de sus relaciones y su vinculación afectiva", afirma la sentencia. 

De esta forma, y tal y como solicitaba el fiscal, la jueza acuerda que se reintegre al menor con su madre, de una forma progresiva, y con informe previo de salud mental para descartar que tenga patologías que puedan poner en riesgo al menor. 

El primer mes la madre podrá recoger a su hijo los sábados y domingos en un punto de encuentro y estar con él donde desee de 12.00 a 19.00 horas. El segundo mes podrá estar con él el fin de semana entero: recogerlo el viernes a las 18.00 horas y estar en casa con el niño hasta el domingo a las 18.00 horas, en que deberá entregarlo de nuevo a los abuelos paternos. Y al tercer mes ya podrá recogerlo definitivamente y vivir con él, con seguimiento de los servicios sociales.