Demanda interpuesta por la Comisión Europea

La deficiente depuración de aguas residuales en 18 núcleos urbanos de la provincia de Granada llega al Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Ciudadanía - Redacción El Independiente de Granada - Domingo, 8 de Diciembre de 2024
Una denuncia de la Comisión Europea deja en evidencia la gestión en Andalucía del proceso final del ciclo integral de agua que evitar aumentar la contaminación de los ecosistemas. Te informamos.
Nueva estación depuradora de aguas residuales (Edar) de Huétor Tájar, uno de los municipios bajo el foco de la Comisión Europea.
Ayto. Huétor Tájar
Nueva estación depuradora de aguas residuales (Edar) de Huétor Tájar, uno de los municipios bajo el foco de la Comisión Europea.

La Comisión Europea ha presentado una demanda ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TSUE) por no cumplir con la legislación comunitaria vigente en el tratamiento de las aguas residuales en 18 núcleos de población de la provincia de Granada, según la enuncia a la que ha tenido acceso El Independiente de Granada.

Granada, con 18, acapara el 20 por ciento de las deficientes depuraciones de aguas residuales en Andalucía, solo superados por Jaén, con 22 y Sevilla, con 19, según el recurso interpuesta el pasado 3 de septiembre, con el número de asunto C-581/24

La demanda, que la Comisión Europea interpone contra España, -como es preceptivo dirigirla a un estado miembro, aunque las competencias en esta materia estén repartidas entre municipios, diputaciones y, en este caso, la Junta de Andalucía-, incluye a un total de 92 aglomeraciones urbanas de Andalucía, nada menos que el 41 por ciento de las 225 señaladas en todo el país, lo que deja en evidencia la gestión en la comunidad autónoma.

Granada, con 18, acapara el 20 por ciento de las deficientes depuraciones de aguas residuales en Andalucía, solo superados por Jaén, con 22 y Sevilla, con 19, según el recurso interpuesta el pasado 3 de septiembre, con el número de asunto C-581/24. La legislación comunitaria que se incumplen alude al artículo 4, apartados 1 y 3, de la Directiva 91/271/CEE.

La demanda por el tratamiento residuales consta de dos argumentos de quebramiento de leyes comunitarias. El segundo es el que afecta a los 18 núcleos urbanos de la provincia de Granada:

“Que el Tribunal de Justicia declare que el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 4, apartados 1 y 3, de la Directiva 91/271/CEE al no haber adoptado las medidas necesarias en relación con el tratamiento de las aguas residuales urbanas de las aglomeraciones…”.

Y cita textualmente: “Alhama de Granada; Alomartes, Alcudia Guadix-Exfiliana; Benalúa; Benamaurel; Colomera; Deifontes; Dúrcal-Nigüelas; Guadahortuna; Huétor Tájar-Villanueva de Mesía; Íllora; Iznalloz; Lanjarón; Moraleda de Zafayona; Purullena; Salar; Tiena-Olivares (antigua Moclín); y Vélez de Benaudalla”.

Con esta denuncia, España se enfrenta a una nueva multa millonaria de Europa por la deficiente depuración de aguas residuales, puesto que ya ha sido sancionada por la misma circunstancia en año anteriores, como por una demanda en 2011.

Mediante sentencia de 14 de abril de 2011, el TJUE declaró que España había incumplido las obligaciones que le incumbían en virtud de la Directiva citada, al no haberse llevado a cabo ni la recogida ni el tratamiento de las aguas residuales urbanas y aglomeraciones urbanas.

Edar de Benalúa, también incluido en la demanda de la Comisión Europea. Junta de Andalucía.

Aunque estos procedimientos de infracción se dirigen a la Administración General del Estado, las multas acaban repercutiendo en las administraciones incumplidoras, ya sean regionales o locales. Por ese motivo, la Junta de Andalucía lleva pagando a la Unión Europea los últimos cinco años 1,2 millones anuales por la falta de depuración la localidad malagueña de Alhaurín el Grande

Al considerar que España seguía sin cumplir la sentencia de 2011 respecto de 17 de las 43 aglomeraciones urbanas en cuestión, en 2017 la Comisión decidió interponer un nuevo recurso por incumplimiento contra España.

El TJUE consideró que la inexistencia de sistemas colectores o de tratamiento de las aguas residuales urbanas o la insuficiencia de los mismos perjudicaba el medio ambiente y deben considerarse incumplimientos graves. Por ello, condenó a España a abonar al presupuesto de la Unión una suma a tanto alzado de 12 millones de euros, así como una multa coercitiva de casi 11 millones  por cada semestre de retraso en la aplicación de las medidas necesarias para dar cumplimiento a la sentencia de 2011.

Desde aquel 2011, cuando se produjo la primera sanción a España por este motivo, la Administración General del Estado ha tenido que pagar más de 90 millones de euros por la falta de una depuración adecuada del agua residual, si bien estas multas acaban imputadas a las administraciones responsables.

La anterior demanda por el incumplimiento de la normativa comunitaria de tratamiento de aguas residuales la presentó la Comisión Europea en 2022. En aquel recurso estuvieron implicadas 16 aglomeraciones urbanas andaluzas, cuyas obras para la construcción de las plantas de tratamiento correspondían, la mayoría, a la Junta de Andalucía

Aunque estos procedimientos de infracción se dirigen a la Administración General del Estado, las multas acaban repercutiendo en las administraciones incumplidoras, ya sean regionales o locales. Por ese motivo, la Junta de Andalucía lleva pagando a la Unión Europea los últimos cinco años 1,2 millones anuales por la falta de depuración la localidad malagueña de Alhaurín el Grande.

La anterior demanda por el incumplimiento de la normativa comunitaria de tratamiento de aguas residuales la presentó la Comisión Europea en 2022. En aquel recurso estuvieron implicadas 16 aglomeraciones urbanas andaluzas, cuyas obras para la construcción de las plantas de tratamiento correspondían, la mayoría, a la Junta de Andalucía.

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