Por delitos de prevaricación administrativa continuada y falsedad en documento público/oficial

Sentencia de conformidad en el caso Cetursa, que evita juicio y suspende las penas de prisión

Política - Europa Press/IndeGranada - Viernes, 28 de Marzo de 2025
La Audiencia de Granada condena a dos años de prisión y cinco de inhabilitación especial a la exdirectora de la empresa pública y al responsable de organización y finanzas.

La exconsejera de Cetursa con su abogado en una imagen de archivo. ep

El caso Cetursa, por el que fueron juzgados la exdirectora de Cetursa y el responsable de finanzas de la empresa pública, ha finalizado con un acuerdo de conformidad entre las partes. Con este acuerdo se evita el juicio oral, que estaba señalado para el 31 de marzo, y los acusados logran también que se suspenda la pena de prisión. 

Así, la sentencia de conformidad, a la que ha tenido acceso El Independiente de Granada, recoge una condena de dos años de prisión y cinco de inhabilitación especial para empleo o cargo público por delitos de prevaricación administrativa continuada y falsedad en documento público oficial, cometidos al fijar sueldos de personal directivo durante su etapa de gestión en la empresa pública. 

El fallo recoge para ambos la ampliación de atenuantes de dilaciones indebidas, confesión y disminución del daño

Se ha emitido tras un acuerdo de conformidad entre las defensas, la Fiscalía y la acusación particular ejercida por Cetursa Sierra Nevada. El fallo recoge para ambos la ampliación de atenuantes de dilaciones indebidas, confesión y disminución del daño.

Tanto María José López como el director de Finanzas se enfrentaban inicialmente a una petición fiscal de siete años de prisión acusados de autorizar cambios en la estructura organizativa de Cetursa para que varios cargos directivos no estuvieran sujetos a los límites retributivos que fijaba la ley, así como de cobrar presuntos complementos de antigüedad que nos les pertenecían.

La sentencia, que es firme, acuerda asimismo la suspensión de las penas de prisión por un periodo de tres años, siempre que durante este tiempo los condenados no incurran en responsabilidad penal.

La Sección Segunda de la Audiencia hace constar que Cetursa es una sociedad mercantil del sector público y que desde enero de 2013 debía atenerse a las normas presupuestarias y de reequilibrio económico-financiero que impedían un incremento en las retribuciones de los directivos.

La norma también establecía que el derecho a percibir complementos de antigüedad debían figurar necesariamente en el contrato laboral y ello debía haber sido redactado antes de 2013, algo que no ocurría en el caso de María José López ni tampoco del entonces director de Finanzas.

El tribunal mantiene que "pese a tener conocimiento" de todos estos extremos, María José López y el otro acusado "incumplieron gravemente las normativa presupuestaria y económico financiera", dictando resoluciones para eludir los límites retributivos anuales impuestos al personal de Alta Dirección y personal directivo no sujeto a convenio.

Así, y pese a "no contar con la autorización" ni con el informe favorable de la Consejería de Hacienda, el 15 de diciembre de 2014 ordenaron el cese de los directivos y su designación como Jefes de Servicio sujetos a convenio, algo que, según recalca el tribunal, "no respondía a necesidades organizativas, económicas o estructurales sino al fin de evitar una disminución de la retribución".

Esto benefició "especialmente" al exdirector de Finanzas que, de 2012 a 2017, percibió un exceso retributivo de 23.800 euros, si bien tras un informe de la Intervención de la Junta de Andalucía en 2018 devolvió 19.141 euros.

Junto a ello, y pese a las normas presupuestarias y de reequilibrio económico financiero que estaban vigentes, los acusados --la primera como consejera delegada y el segundo como director de Finanzas-- reconocieron el pago de un complemento de antigüedad para este último y presuntamente entregaron a la Inspección General de Servicios documentación que alteraba la realidad sobre este extremo, a fin de dar cobertura a lo que habían hecho cuando se les solicitó información al respecto.

Respecto a María José López, se explica que en el acta de liquidación provisional de las actuaciones previas del Tribunal de cuentas se estableció la cantidad 3.002,39 euros en concepto de antigüedad cobrada de 2013 a 2017, dinero que ha devuelto a la cuenta designada por Cetursa.

Esta empresa pública ha interpuesto sucesivas demandas ante la Jurisdicción social para reclamar al otro acusado las cantidades indebidamente percibidas

En paralelo a este proceso por la vía penal, se ha seguido otro en el Tribunal de Cuentas, que condenó a María José López a abonar más de 58.512 euros a la Junta de Andalucía por el menoscabo de fondos públicos en Cetursa debido a pagos "indebidos o carentes de justificación" realizados a determinados trabajadores en 2015.

El Tribunal de Cuentas estimó así parcialmente las demandas presentadas por la Junta de Andalucía y la Fiscalía por este asunto y concluyó que María José López "incurrió, como mínimo, en negligencia grave en la gestión de los fondos públicos que tenían encomendada" pues, "por acción u omisión", permitió los pagos.

El órgano de control consideró a María José López "responsable contable directa" del alcance causado en los fondos públicos de Cetursa Sierra Nevada" en 58.512 euros y le condenó al reintegro de esta suma más los intereses generados.