La justicia italiana decide que el hijo de Juana Rivas vuelva a Italia con el padre
![Juana Rivas, en imagen de archivo.](https://www.elindependientedegranada.es/sites/default/files/styles/large/public/ciudadania/juana_5.jpg?itok=5Pdu4fwa)
La Sección Civil de la Corte de Apelaciones de Cagliari ha decretado la vuelta a Italia del hijo menor de Juana Rivas, tras conceder su custodia exclusiva al padre, el italiano Francesco Arcuri.
Así consta en el decreto de la corte italiana, que se produce después de que la Fiscalía del país alpino le solicitara que se concediera a Rivas "la guarda y custodia en exclusiva" de su hijo menor en el transcurso de la vista celebrada el pasado 17 de enero, cuando el caso quedaba visto para sentencia
Así consta en el decreto de la corte italiana, que se produce después de que la Fiscalía del país alpino le solicitara que se concediera a Rivas "la guarda y custodia en exclusiva" de su hijo menor en el transcurso de la vista celebrada el pasado 17 de enero, cuando el caso quedaba visto para sentencia.
El menor ha permanecido con la madre de Maracena (Granada) desde las fechas navideñas y Arcuri había denunciado además a su expareja ante los tribunales italianos por sustracción de menores tras expirar el plazo del 8 de enero fijado por la Corte de Apelación de Cagliari para que su hijo pequeño regresara a Italia después de pasar las fiestas navideñas con la madre en España, dado que él tenía la guarda y custodia.
Por otro lado, en España, el Juzgado de Violencia contra la Mujer número 1 de Granada ha archivado la denuncia por violencia de género vicaria que interpuso Rivas contra su expareja, al que acusa de "utilizar" a sus dos hijos para "dañarla" a lo largo de los últimos ocho años.
En el auto, la magistrada argumentaba que todos los episodios relatados por parte de Juana Rivas en esta denuncia "han sido ya denunciados y se encuentran judicializados en distintos procedimientos penales".
Mantiene, por tanto, que, al margen de la calificación jurídica que pretenda otorgarles la parte denunciante, no existe "hecho alguno presuntamente delictivo distinto" a los que se han denunciado hasta el momento y por ello procede el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones.