En 48 horas se abonarán las primeras devoluciones de una campaña

Hacienda prevé ingresar en la Campaña de la Renta 233 millones en la provincia de Granada, donde las devoluciones alcanzarán los 184

E+I+D+i - IndeGranada - Martes, 11 de Abril de 2023
La Campaña de la Renta, que ha comenzado este martes, finaliza en junio. Te informamos de algunas novedades.
Oficinas de Hacienda en Granada.
Oficinas de Hacienda en Granada.

La Agencia Tributaria prevé ingresar, en la Campaña de la Renta que acaba de poner en marcha, un total de 233 millones de euros en la provincia de Granada, una cantidad similar a la del ejercicio anterior. Según los cálculos de Hacienda, el importe a devolver alcanzará los 184 millones de euros, dos menos que el año anterior, lo que supone un uno por ciento menos. 

Según los datos difundidos por la Agencia Tributaria, en la provincia de Granada se esperan un total de 460.594 declaraciones, un 4,7 por ciento más que el ejercicio anterior.

En Andalucía, la Agencia Tributaria prevé ingresar unos 2.250 millones de euros en la Campaña de Renta 2022 que arranca este martes, un 3,3% más respecto al ejercicio anterior, mientras que el importe a devolver caerá un 0,7%, hasta los 1.742 millones. Está previsto que en esta campaña del IRPF se presenten un total de 4.177.331 declaraciones, un 4,3% más que el año anterior. De ese total, se prevé que den derecho a devolución un 61,6% de ellas -2.576.216, un 1,4% menos- por un importe estimado de 1.742 millones de euros.

A nivel nacional, la Agencia Tributaria prevé ingresar 16.448 millones de euros, un 5,6% más respecto al ejercicio anterior. El importe a devolver caerá un 2,4%, hasta los 9.946 millones. Según los cálculos de Hacienda, se presentarán un total de 22.899.000 declaraciones, un 3,4% más que el año anterior. De ese total, se prevé que den derecho a devolución un 60% de ellas -13.600.000, un 2% menos- por un importe estimado de 9.946 millones de euros.

Desde este martes está abierto el plazo para confirmar o modificar y presentar por internet la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2022 (IRPF 2022) y, como es habitual, las devoluciones se iniciarán en apenas 48 horas, el próximo jueves.

La campaña incorpora como novedad un 'asistente virtual de Renta'

Las principales novedades de esta campaña son la incorporación del ‘Asistente virtual de Renta’, que complementará el actual ‘Informador’ de Renta para la resolución de las principales dudas de los contribuyentes a la hora de confeccionar su declaración, y la puesta en marcha de toda una serie de mejoras en ‘Renta Web’ para hacer "más cómoda y ágil la navegación".

El plazo de presentación finalizará el 30 de junio para declaraciones tanto a ingresar como a devolver, si bien el plazo en las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria concluirá el 27 de junio.

Destaca en esta campaña, según informa Europa Press, la aplicación retroactiva de la ampliación de la deducción a madres trabajadoras para 2020, 2021 y 2022, que se realizará en la declaración de Renta 2022, en las casillas 1911 a 1916 'Ejercicios 2020 y 2021. Ampliación de la deducción por maternidad a otras situaciones'.

La Agencia Tributaria aconseja a las personas que puedan beneficiarse de este nuevo cambio esperar a la semana próxima a presentar la declaración para que puedan tener esta casilla autorrellenada por parte de Hacienda con los datos disponibles y no dé lugar a error.

Desde la Agencia Tributaria se calcula que unas 80.000 personas tengan derecho a esta nueva deducción ampliada de maternidad para los años 2020 y 2021, mientras que para el ejercicio 2022 aún "no se puede dar un dato concreto".

Este cambio implica que se amplía el derecho a aplicar la deducción por maternidad y el incremento por gastos de guardería por todos los meses a partir del 1 de enero de 2020 a las madres trabajadoras que hayan pasado a situación legal de desempleo, bien por haberse suspendido su contrato de trabajo por ERTE con suspensión total o por ser víctimas de violencia de género, bien por ser fijas-discontinuas en período de inactividad, así como a las autónomas que cobren la prestación por cese de actividad por suspensión de su actividad económica.

Entre otras novedades también se recoge que la aportación individual máxima a los planes de pensiones privados con derecho a deducción en el IRPF se reduce hasta 1.500 euros anuales. Por el contrario, las aportaciones máximas a los planes de empresa con derecho a deducción suben a los 8.500 euros para 2022. Entre ambas, la aportación total con beneficios fiscales se mantiene en 10.000 euros anuales.

Oficina de Hacienda. g.valiente/EP archivo

Sigue el plan Le llamamos

La atención telefónica para la confección y presentación de declaraciones (plan ‘Le Llamamos’) comienza el 5 de mayo, con solicitud de cita a partir del 3 de mayo, y la atención presencial en oficinas se inicia el 1 de junio, con solicitud de cita a partir del 25 de mayo. La atención personalizada, por teléfono y en oficinas, seguirá contando con el apoyo de CCAA y ayuntamientos.

Este año se mantiene la disponibilidad anticipada de los principales servicios de asistencia (la obtención del número de referencia para la presentación desde el 8 de marzo y desde el 15 de marzo tanto la descarga y visualización de los datos fiscales, como la actualización de la ‘app’ para la campaña).

Según la Agencia Tributaria, más de 1.300.000 contribuyentes han accedido ya a sus datos fiscales, y más de 1.200.000 han obtenido el número de referencia para la gestión y presentación de su declaración, de forma que han tenido la oportunidad de prepararse con tiempo para poder, si lo desean, presentar la declaración desde el primer día a través de ‘Renta Web’, agilizando así también las devoluciones que, en su caso, les correspondan.

En esta primera fase de puesta en marcha, el ‘Asistente’ ofrecerá especialmente información en materia de inmuebles y resolverá las dudas más habituales de Campaña de Renta, como la obligación de declarar, servicios de ayuda y novedades de campaña.

Si sus respuestas no contienen toda la información que el contribuyente necesita, se le ofrece la posibilidad de acceder al ‘Informador’ y, cuando la información de cualquiera de las dos herramientas no resuelva todas sus dudas, el contribuyente puede conectarse por chat con especialistas de la Administración Digital Integral (ADI) -en horario de nueve de la mañana a siete de la tarde-, obteniendo así una asistencia personalizada para las cuestiones que hayan quedado pendientes de resolver.

En esta campaña el plan ‘Le Llamamos’ de confección de declaraciones por teléfono "mantendrá la capacidad reforzada de los últimos años". Ante los "buenos resultados" de esta fórmula que en la pasada campaña permitió confeccionar más de 1.076.000 declaraciones y siguió siendo la vía principal de asistencia personalizada al contribuyente, en la presente campaña se mantiene su calendario de funcionamiento. El plan ‘Le Llamamos’ arrancará el 5 de mayo, con solicitud de cita a partir del 3 de mayo y servicio hasta el final de la campaña, de manera que los contribuyentes menos habituados a las nuevas tecnologías que requieran asistencia personalizada volverán a contar con una potente alternativa a la asistencia presencial en oficinas, pudiendo acelerar la presentación y, con ello, la eventual devolución que corresponda.

Una vez que el contribuyente pide cita y elige horario de mañana o de tarde, el sistema le propone un día y una hora en la que recibirá la llamada de la Agencia Tributaria

Una vez que el contribuyente pide cita (se recomienda la solicitud por internet o mediante servicio automático en el 91 535 73 26, o en el 901 12 12 24) y elige horario de mañana o de tarde, el sistema le propone un día y una hora en la que recibirá la llamada de la Agencia Tributaria. En favor de la propia agilidad del servicio, resulta muy conveniente que el contribuyente tenga disponible la información y documentación necesaria para realizar la declaración cuando le llame la Agencia.

En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite es de 14.000 euros anuales.

Ambos límites siguen siendo válidos para no declarar si el contribuyente cuenta, en su lugar, o además, con los siguientes rendimientos íntegros:

  • Dividendos, intereses y ganancias patrimoniales sometidos a retención con un tope conjunto de 1.600 euros.
  • Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con el límite conjunto de 1.000 euros.

Igual que el año anterior, tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

Por otra parte, se recuerda que los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital deben presentar la declaración, de acuerdo con la normativa que establece el IMV.

¿Cómo obtener ‘Clave PIN’ y el número de referencia?

El número de referencia y ‘Clave PIN’ siguen siendo, junto al certificado y el DNI electrónicos, los sistemas de acceso a ‘Renta Web’ y a otros servicios de Campaña de Renta, como la consulta de datos fiscales y del estado de tramitación de la devolución.

La obtención de ‘Clave PIN’ requiere dos pasos, un registro previo único y una solicitud posterior cada vez que lo necesite el contribuyente. El registro previo se podrá efectuar por internet, siguiendo las instrucciones de la carta que la Agencia remitirá a quienes la soliciten a través de la opción ofrecida en el apartado de la página web de la AEAT ‘Clave PIN’. En este caso, deberá proporcionar el DNI, su fecha de validez y el número de móvil. También es posible efectuar el registro previo por videollamada, o en las oficinas de la Agencia, aportando el DNI y un número de teléfono móvil, sin necesidad de documentación adicional.

Una vez registrado en el sistema, cuando el contribuyente desee realizar algún trámite, podrá solicitar el PIN de acceso desde el enlace disponible en el propio trámite, o desde la ‘app’. Para ello deberá consignar el NIF y la fecha de validez del DNI, a lo que se añade una contraseña de cuatro caracteres que ya le vendrá dada para cada solicitud. A continuación, recibirá por SMS un PIN de tres caracteres que, junto con la contraseña, forman el código de acceso necesario para realizar sus trámites.

A su vez, para la obtención del número de referencia mediante el servicio REN0 en la página de la Agencia, se solicitará el NIF, la casilla 505 de la Renta 2021 y la fecha de validez del propio DNI. A los no declarantes en el ejercicio anterior, o con la casilla de su Renta 2021 con valor cero, en lugar de la casilla 505 se les solicitarán los últimos dígitos del código de una cuenta bancaria de la que sea titular el contribuyente. Al objeto de facilitar su utilización, el número de referencia estará formado por sólo seis caracteres.

Existen varias vías para presentar la declaración, según sea el resultado a devolver o a ingresar, y si se domicilia o no el pago. Domiciliar el pago significa que se puede presentar la declaración de la Renta cualquier día, hasta el 27 de junio, pero el pago no se hará efectivo hasta el 30 de junio, último día de la Campaña de Renta. La domiciliación no impide fraccionar el pago en dos plazos (el segundo, el 6 de noviembre).