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Dirigen un escrito al presidente, Juan Manuel Moreno, tras confirmarse que la Junta esperará 3 años para tramitarlo

UGR, CSIC y Real Academia de Bellas Artes piden a la Junta que reactive la protección BIC del Valle del Darro

Cultura - María Andrade - Miércoles, 17 de Noviembre de 2021
En un paso sin precedentes y amparado por la Ley de Patrimonio de Andalucía, las tres instituciones se unen para proteger la zona, de "alto valor paisajístico y arqueológico", de cualquier "amenaza de especulación urbanística". Te informamos.

Valle del Darro en el entorno de la Abadía del Sacromonte. indegranada

La Universidad de Granada, los centros vinculados al Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) que tienen sede en la ciudad y la Real Academia de Bellas Artes de Granada, en un gesto sin precedentes, se han unido por la protección de uno de los enclaves de mayor valor paisajístico, también arqueológico, de Granada, el Valle del Darro. Se han dirigido al presidente de la Junta de Andalucía para reclamarle que reactive el expediente BIC del Valle, que quedó anulado el pasado año por una sentencia del TSJA. Piden a la Junta que no espere tres años para hacerlo, como es intención de la Administración autonómica.

Este importante paso que dan las tres instituciones se produce después de que El Independiente de Granada desvelara que, tras esa sentencia del TSJA -que la Junta no recurrió-, el Valle del Darro pasaría al menos tres años sin protección. La Junta interpreta, como así trasladó la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, que debe esperar este tiempo para cumplir con la Ley de Patrimonio andaluza, que fija esa espera cuando se declara la caducidad de los expedientes. 

La única opción para evitar esos tres años sin protección BIC es que, como la misma ley recoge, al menos dos instituciones consultivas, consideración que tienen las instituciones que lo han hecho, soliciten a la Junta que retome la tramitación.

La anulación de la declaración BIC ha provocado "una gran alarma social" y "una preocupación" ante "una posible amenaza de especulación urbanística", advierten las instituciones que firman el escrito al presidente

La decisión de la Junta de esperar al menos hasta noviembre de 2023, cuando se cumplen los tres años tras adquirir la sentencia la calidad de firme, ha suscitado críticas y generó, desde ámbitos culturales, de protección del medio ambiente y políticos, llamadas para acelerar esa protección extra que supone la declaración como Bien de Interés Cultural. Ha destacado el posicionamiento de quien fuera director de la Alhambra, Reynaldo Fernández Manzano, que escribió un artículo en este diario en defensa del Valle del Darro pidiendo una actuación urgente. Y del grupo municipal de Unidas Podemos Independientes, con su portavoz, Antonio Cambril, a la cabeza, que se movilizó, ante las instituciones que ahora dan el paso para pedir esa intervención

Y ha llegado. En el escrito que han dirigido al presidente, Juan Manuel Moreno, las instituciones que se han movilizado inciden que la anulación de la declaración BIC ha provocado "una gran alarma social" y "una preocupación en cuanto a una posible amenaza de especulación urbanística en una zona que representa un alto valor paisajístico y arqueológico". 

Junto a la Universidad de Granada piden el BIC del Darro la Escuela de Estudios Árabes, la Estación Experimental del Zaidín, el Instituto de Astrofísica de Andalucía, el Instituto Andaluz de Ciencias de la Tierra, el Instituto de Parasitología y Biomedicina 'López Neyra' y la Real Academia de Bellas Artes de Granada. Lo hacen tras consultar a sus servicios jurídicos y, como resaltan, "fieles a su compromiso social y a las funciones y obligaciones que les incumben estatutariamente".

De entrada las instituciones que apelan al presidente de la Junta de Andalucía para que se aceleren los trámites, no comparten la interpretación jurídica que ha hecho Cultura respecto a la aplicación de los tres años de espera. La sentencia -argumentan- anuló el BIC y consideran que la declaración de nulidad no conlleva la caducidad del expediente. Por tanto, no se puede aplicar ese artículo.

Así lo explican en la carta que firman la rectora, Pilar Aranda; la directora de la Estación Experimental del Zaidín, Matilde Barón; la directora de la Escuela de Estudios Árabes, María Teresa Penelas; el director del Instituto de Ciencias de la Tierra, Francisco Huertas; el director del Instituto de Astrofísica de Andalucía, Antxon Alberdi; el director del Gómez Neyra, Mario Delgado; y la directora de la Real Academia de Bellas Artes, Otilia Saez Vega.

La rectora, Pilar Aranda, resalta "el compromiso social" de la UGR para dar este paso por el Valle del Darro. ugr archivo

Por ello, solicitan que se retome el expediente en el momento en el que se produjo el defecto formal de la omisión del trámite de audiencia de los particulares afectados. Fue uno de esos propietarios el que acudió al contencioso. 

Si el Gabinete Jurídico de la Junta no compartiera que la nulidad no conlleva la caducidad del expediente, apelan al artículo de la ley que les permite solicitar que se acelere el expediente y no se esperen tres años

Si el Gabinete Jurídico de la Junta no compartiera esa interpretación y considerara -como sostiene la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico- que sí se ha producido esa caducidad, la UGR, los centros del CSIC y la Real Academia de Bellas Artes de Granada hacen valer el artículo de la Ley de Patrimonio que les otorga esa posibilidad y solicitan formalmente que, "a la mayor brevedad posible", se inicie el procedimiento "sin necesidad de esperar los indicados 3 años". 

En el comunicado público que da cuenta de la decisión de dirigirse a la Junta, estas instituciones también expresan que mientras tanto se instruye ese expediente, el paraje "no se encuentra desprotegido". No solo por tratarse en buena parte de suelo no urbanizable de especial protección, sino también por la legislación ambiental, de aguas, forestal y de patrimonio histórico en lo referido a los yacimientos arqueológicos. 

En este sentido, el área de Urbanismo del Ayuntamiento de Granada había garantizado que recurriría a todos los instrumentos de planeamiento para mantener su protección.

Reproducimos a continuación, el escrito dirigido al presidente de la Junta:

Estimado Presidente:

En relación con la anulación por parte del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de la declaración como BIC de el Valle del Darro, tras consultar a nuestros respectivos servicios jurídicos, nos dirigimos a Ud. para exponerle y solicitarle lo siguiente:

Como muy bien sabe, mediante Decreto 43/2017, de 14 de marzo, se inscribió en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de  Interés Cultural, con la tipología de Zona Patrimonial, el Valle del Darro, en los términos municipales de Beas de Granada, Granada y Huétor Santillán.

Con posterioridad, dicho Decreto fue impugnado por un particular propietario de unas parcelas al considerar, como único motivo, que se había omitido el trámite de audiencia respecto de el y, como consecuencia de ello, se dictó la Sentencia1612/2020, de 16 de junio de 2020, por la que, estimando el recurso contencioso administrativo interpuesto, se anula el citado Decreto por no ser ajustado a Derecho al apreciar que la omisión de dicho trámite le ha causado indefensión.

Dicha declaración de nulidad ha provocado una gran alarma social y una preocupación en cuanto a una posible amenaza de especulación urbanística en una zona que representa un alto valor paisajístico y arqueológico a la que no somos ajenas las instituciones firmantes por nuestro compromiso social y las funciones u obligaciones que nos incumben cumplir estatutariamente.

Ante dicha sentencia, que no ha sido recurrida y ha adquirido firmeza (así declarada por decreto de 25 de noviembre de 2020), consideramos que la declaración de nulidad del Decreto no conlleva la caducidad del expediente, toda vez que este se incoó por la Dirección General de Bienes Culturales y Museos de la Consejería de Cultura mediante Resolución de 6 de abril de 2016 (BOJA nº 72, de 18 de abril de 2016) y finalizó con la aprobación del mencionado Decreto 43/2017,de 14 de marzo (BOJA nº 59, de 28 de marzo de 2017), sin que hubieran transcurrido los 18 meses que contempla el art. 9.8 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía: “La caducidad del procedimiento se producirá transcurridos dieciocho meses desde la fecha de su incoación, sin que se haya dictado y notificado su resolución...”. Es más, la Sentencia 1612/2020 en ningún momento se pronuncia sobre tal caducidad, ni tampoco lo hace el decreto de firmeza de esa sentencia.

Por cuanto antecede, le solicitamos se retome el expediente de declaración de BIC del Valle del Darro, retrotrayéndose al momento en que se produjo el defecto formal de la omisión del trámite de audiencia de los posibles particulares afectados y, tras su cumplimentación, se concluya cuanto antes la nueva inscripción como BIC en el Catálogo General. Ello en virtud del principio de conservación de actos y trámites no afectados de nulidad, previsto en el artículo 51 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: “El órgano que declare la nulidad o anule las actuaciones dispondrá siempre la conservación de aquellos actos y trámites cuyo contenido se hubiera mantenido igual de no haberse cometido la infracción”. Asimismo, la posible convalidación conforme al artículo 52 de la misma Ley: “1. La Administración podrá convalidar los actos anulables, subsanando los vicios de que adolezcan. 2. El acto de convalidación producirá efecto desde su fecha, salvo lo dispuesto en el artículo 39.3 para la retroactividad de los actos administrativos.”

En otro caso, de considerar el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía que se ha producido la caducidad del expediente de declaración de BIC, al amparo del artículo 9.8 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía: “… Declarada la caducidad del procedimiento, no podrá volver a iniciarse en los tres años siguientes, salvo a instancia del titular del bien o de al menos dos instituciones consultivas no dependientes de la Consejería competente en materia de patrimonio histórico”, la instituciones abajo firmantes solicitan se inicie a la mayor brevedad posible el procedimiento de declaración de BIC del Valle del Darro, sin necesidad de esperar los indicados 3 años.

No obstante, consideramos que mientras tanto se instruye el expediente dicho paraje no se encuentra desprotegido, ya que sigue siendo aplicable diversa legislación como, al menos, la urbanística en cuanto al suelo no urbanizable de especial protección, la ambiental general y sectorial (aguas, de evaluación de impacto ambiental, biodiversidad, espacios naturales, etc.), la forestal y la de patrimonio histórico en cuanto a los yacimientos arqueológicos.

Reiterándole nuestro agradecimiento personal e institucional por su atención,aprovechamos la ocasión para enviarle un cordial saludo.

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