La Costa granadina está señalada como uno de los puntos del litoral español más castigado por el ladrillo

El TSJA anula el plan que protegía la primera línea de costa de nuevas construcciones

Ciudadanía - Redacción El Independiente de Granada - Sábado, 23 de Septiembre de 2017
La sentencia concluye que el Gobierno andaluz no debió aprobar esa normativa estando en funciones.
Detalle del fallo de la sentencia de la sección segunda de la Sala de lo Contencioso del TSJA.
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Detalle del fallo de la sentencia de la sección segunda de la Sala de lo Contencioso del TSJA.

El Plan de Protección del Litoral Andaluz, que salió adelante en 2015 entre otros objetivos para evitar atentados urbanísticos en primera línea de costa, acaba de ser anulado. Así lo ha establecido en una sentencia, fechada el 7 de septiembre, la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA con sede en Sevilla. 

La resolución judicial, a la que ha tenido acceso El Independiente de Granada, señala que el Gobierno andaluz no debió aprobar ese instrumento urbanístico estando en funciones, pues la ley limita las competencias en esas circunstancias. Es, en resumen, el contenido de una sentencia que, debido a ese error de forma, rebaja de nuevo la protección de esa línea costera. 

La sentencia estima el recurso interpuesto por el municipio gaditano de Barbate

La sentencia estima el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de la localidad gaditana de Barbate, que se mostró en su día en desacuerdo con el proceder de la Junta. No fue el único recurso, pues también acudieron al TSJA otros ayuntamientos, como el de Lepe o el de Vélez Málaga, empresas y juntas de compensación. Hay recursos en otras secciones, entre ellas la de Granada, promovido por Azata del Sol -la constructora del Algarrobico-. Además, las diputaciones gobernadas en el momento de la aprobación por el PP -incluida la de Granada- promovieron un conflicto en defensa de la autonomía ante el Constitucional que fue rechazado.

El Plan de Protección del Litoral Andaluz se aprobó mediante decreto ley el 26 de mayo de 2015, en pleno debate sobre polémicos planes urbanísticos, como los previstos para las playas de Valdevaqueros, en Tarifa.

La necesidad de blindar la franja costera andaluza de las agresiones urbanísticas cobra especial importancia en la provincia de Granada, señalada en el último informe elaborado por Greenpeace como uno de los puntos donde más creció 'el ladrillo en el último cuarto de siglo'. Datos de un último informe que se suman a los que recogió el pasado año otro demoledor estudio, el del Observatorio de la Sostenibilidad, que alertó de que, de seguir el mismo ritmo de construcción, la primera línea de la Costa de Granada estaría totalmente urbanizada en 88 años

Panorámica de la costa oriental granadina tomada desde la Autovía del Mediterráneo. p.v.m.

La sentencia concluye que no se daban las circunstancias de "extraordinaria y urgente necesidad" para aprobar, en funciones, el plan, puesto que la Administración autonómica tiene capacidad legal para proteger los ámbitos de suelo sin tener que recurrir a un instrumento tan "excepcional" para hacerlo, como es el decreto ley. Asimismo, se alude a "falta de motivación" y al incumplimiento de varias normas urbanísticas.

Respecto al principal motivo del fallo -como informa Europa Press-, el TSJA recuerda que el Gobierno en funciones debe limitar su gestión a "la administrativa ordinaria ausente de valoraciones y decisiones en las que entren criterios políticos, salvo que se motive debidamente la urgencia o las razones de interés general que justifiquen la adopción de medidas de otra naturaleza".

Habida cuenta de que "el despacho ordinario de los asuntos públicos comprende todos aquellos cuya resolución no implique el establecimiento de nuevas orientaciones políticas ni signifique condicionamiento, compromiso o impedimento para las que deba fijar el nuevo Gobierno", la Sala indica que el plan constituye un ejercicio de la potestad normativa atribuida constitucional y estatutariamente al gobierno autonómico "que implica de manera palmaria el establecimiento de una nueva orientación política".

Ello, subraya, en la medida en que dicho plan "se aparta consciente y públicamente" de los planes de ordenación de ámbito subregional ya existentes y en vigor e incluso del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, "alterando radicalmente los objetivos y la finalidad de la política territorial en el ámbito del litoral andaluz y, consecuentemente, modificando de manera sustancial las directrices y determinaciones de dichos instrumentos, como un auténtico cambio de modelo".

"Esta nueva orientación política implica un condicionamiento, compromiso o impedimento para la potestad de dirección política del nuevo Gobierno, desde el punto de vista estrictamente jurídico y objetivo, es decir, dejando al margen la consideración puramente fáctica y contingente de que el nuevo Gobierno está sustentado por el mismo partido político. En consecuencia, es forzoso concluir que la aprobación era una decisión que excedía del despacho ordinario de los asuntos públicos de competencia de un Gobierno en funciones", añade el tribunal.

Sobre esta decisión judicial se pronunció este viernes, en declaraciones a los periodistas en Andújar (Jaén), el consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta, José Fiscal. Según ha avanzado, el Ejecutivo autonómico acabará recurriendo "con toda probabilidad" la sentencia, basándose en que "la única objeción que hace el TSJA", es un defecto de forma, por haberlo aprobado un Gobierno en funciones. 

Los servicios jurídicos están analizando el fallo, con "muchísimas posibilidades" de recurrirlo, pues "entendemos que es un plan bueno para el litoral de Andalucía, que blinda contra el desarrollismo salvaje lo que queda virgen de nuestro litoral y, a la vez, permite que sigan pudiéndose construir determinados proyectos que están en marcha", dijo Fiscal, que recordó que la aprobación del plan ahora anulado se produjo "en el periodo de aquellos fatídicos ochenta días en los que PP y Podemos impidieron que se constituyera un Gobierno y frenaron el desarrollo de Andalucía de manera consciente". "Había urgencia por aprobar este plan, y se hizo así porque se entendió que era jurídicamente posible", justificó.

Según un informe de la Secretaría de Ordenación del Territorio y Cambio Climático -esgrimido en su momento para justificar la urgencia rechazada ahora por los tribunales-, la aprobación era necesaria para evitar que iniciaran materialmente su tramitación sectores de suelo urbanizable con plan parcial aprobado que sumaban 2.000 hectáreas y capacidad para 31.000 viviendas. 

En concreto citaba los planes parciales de Valdevaqueros y Los Lances, en Tarifa, y El Cañar y El Camillar, en Carboneras. 

También se pronunciaron Ecologistas en Acción, pidiendo a la Junta que inicie de nuevo la tramitación del Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía. Desde Ecologistas han pedido además que la Junta adopte medidas cautelares "para impedir que los promotores y ayuntamientos aprovechen esta situación para tramitar y aprobar planes urbanísticos que prohibía el Plan del Litoral, así como que amplíen la protección para impedir más urbanizaciones en el litoral". En este sentido, fuentes del colectivo han recordado a Europa Press que el plan "blindaba la pretendida urbanización de Valdevaqueros en Tarifa, donde se contemplaba una actuación urbanística en 740.000 metros cuadrados y se construirían 350 viviendas y 1.423 plazas hoteleras".

Desde el ámbito político, Izquierda Unida consideró que "la inacción" de la Junta desde que aprobó el Plan en 2015 ha propiciado esta situación, y por ello pedirá explicaciones en el Parlamento de Andalucía. 

También hubo pronunciamiento desde Podemos, en este caso para "tender la mano" a la Junta para que "en el menor tiempo posible" pueda estar en vigor un nuevo Plan de Protección.