Memoria de la Fiscalía Superior de Andalucía de 2015

La Fiscalía ve nuevas formas de violencia de género con el uso de las redes sociales

Ciudadanía - M.A. - Lunes, 14 de Septiembre de 2015
El uso extendido de aplicaciones como whatsApp o redes sociales como facebook y twitter han propiciado nuevas formas de violencia de género, con especial incidencia en víctimas jóvenes. Es una de las preocupaciones que recoge la última Memoria de la Fiscalía Superior de Andalucía, adelantada por El Independiente de Granada, en la que también se insiste en la necesidad de potenciar el concepto de 'maltrato infantil de género'.

Las nuevas tecnologías que invaden nuestra vida cotidiana pueden convertirse en vías para ejecutar ataques a bienes personales

WhatsApp, facebook o twitter, elementos telemáticos que el maltratador usa para nuevas formas de violencia

La memoria fiscal de 2015 dedica un amplio apartado a la actividad desarrollada por la sección contra la Violencia sobre la Mujer de la Fiscalía, que junto a Seguridad Vial y Menores constituyen las tres delegaciones autonómicas de la Fiscalía Superior de Andalucía.

Y es en este contexto en el que aborda el impacto de las nuevas tecnologías y destaca la tramitación de asuntos cada vez más complejos y numerosos asociados a la violencia de género, el uso de esas tecnologías y también los menores. "Nuevas formas de violencia" o "nuevos tipos de violencia de género" llega a indicar en su reflexión. 

"Señala la Fiscalía Provincial de Granada que las nuevas tecnologías invaden múltiples parcelas de nuestra vida cotidiana, pero también pueden llegar a convertirse en una nueva vía para ejecutar ataques a bienes personales, constituyendo un nuevo tipo de violencia de género, que afecta sobre todo a las mas jóvenes por hacer un uso creciente de las redes sociales a través de comportamientos ilícitos que pueden llegar a provocarles importantes daños psicológicos".

Así lo resume la memoria consultada por El Independiente de Granada, que destaca las grandes novedades que incorpora el Código Penal para combatir estas manifestaciones como:

  • Tipificar un nuevo delito de acoso, acecho u hostigamiento, que se considera puede lesionar gravemente la libertad y el sentimiento de seguridad de la víctima sin tener un claro encaje en las figuras criminales actualmente previstas. En la actualidad tales conductas se califican como faltas de vejaciones o bien como un delito común de coacción de difícil encaje, aclara el fiscal. 
  • Tener en cuenta los supuestos en los que las imágenes y las grabaciones de otra persona se obtienen con su consentimiento pero son luego divulgados contra su voluntad, cuando la imagen o la grabación se haya producido en el ámbito personal y su difusión, sin el consentimiento de la persona afectada, lesiona gravemente su intimidad.

Parece "bastante acertada y necesaria" la reforma, expone el fiscal, ya que cada vez se denuncian con mayor frecuencia conductas de "acoso continuo" que tienen difícil encaje en las figuras delictivas actuales y que la mayoría de las veces terminan por calificarse como faltas de vejaciones, cuando realmente la conducta y el daño realmente producido es "mucho mayor y merecería de una respuesta penal e institucional más adecuada y eficaz".

La memoria incide especialmente en el ámbito de los menores, nativos digitales acostumbrados al uso de whatsapp, facebook, twitter o de los mensajes sms, "elementos telemáticos que el maltratador usa para nuevas formas de violencia". Es un medio donde con frecuencia se suplantan las claves y las contraseñas, añade para indicar que cada vez se utilizan más como medios de pruebas las aplicaciones asociadas a internet y la telefonía móvil. 

Jesùs García Calderón en un acto del Consejo Consultivo de Andalucía. m.rodríguez

Maltrato infantil de género

Señala la fiscal delegada de Andalucía, Flor de Torres Porras, la necesidad de potenciar el concepto de maltrato infantil de género, así como la consideración procesal y victimológica independiente a la madre de los menores. La experiencia muestra "la cara oculta" de los menores integrados en la violencia de género y la "acuciante necesidad" de su visibilizacion en el entorno social, cuando son instrumentalizados por el maltratador para ejercitar la violencia de género sobre la víctima.

"Siempre que queden suficientemente acreditadas consecuencias lesivas en su salud psíquica o física, podrán ser considerados víctimas directas de la violencia de género", explica. Se ha de potenciar, por tanto, la concepción de "maltrato infantil de género" así como la consideración procesal y victimológica independiente a la madre. Ello ha de traer consecuencias penales y procesales en los procesos de violencia de género de forma única y no dependiente de la situación procesal de la madre.

Una reforma parcial de la normativa penal en materia de género propiciará-además- la asunción por los Juzgados contra la Violencia sobre la Mujer de competencias directas en actos independientes inferidos a los menores, siempre que estos se den en un entorno de violencia de género habitual.

El protocolo andaluz de violencia de género en centros educativos y su mecanismo de detección de casos ha comunicado a la Fiscalía alguna de estas situaciones, conforme a lo establecido en el decreto de su constitución del año 2011.

Red para erradicar la violencia

Señala la Fiscalía Superior que se ha consolidado también un circuito y conexión con la Fiscalía de Violencia a través de los centros y distritos sanitarios y en entidades públicas y privadas que luchan por la igualdad y erradicación de la violencia de género. Existe, indica en su memoria anual, "un mayor asentamiento de los postulados extra jurídicos de la Ley Integral, como ocurre con la transmisión de la intolerancia social a la violencia de género, la educación y el respeto en el plano de la igualdad del rol femenino en la instancia familiar y de pareja, cuyo desequilibrio desemboca en situaciones de riesgo".