Representado por la plataforma Recupera Revolving

Carrefour devolverá a un vecino de Granada cerca de 10.000 euros por una 'tarjeta revolving'

Ciudadanía - IndeGranada - Lunes, 26 de Abril de 2021
Un Juzgado de Primera Instancia declara la nulidad "por falta de transparencia y abusividad" de los intereses remuneratorios y de la comisión por reclamación de impagos fijadas en el contrato.

El cliente contrató, en julio de 2012, una tarjeta con Servicios Financieros Carrefour bajo el nombre Tarjeta Pass que resultó ser una 'tarjeta revolving', que terminan convirtiendo en "inasequibles" las deudas para los afectados por los elevados intereses que se prolongan en el tiempo.

Según informa la plataforma Recupera Revolving, que ha representado a este ciudadano granadino, un juez de Primera Instancia de Granada ha declarado la nulidad "por falta de transparencia y abusividad de los intereses remuneratorios y de la comisión por reclamación de impagos fijadas en el contrato". El fallo condena a Carrefour a devolver a un vecino de la localidad cerca de 10.000 euros, incluyendo 5.490 euros de intereses, 1.435 de comisiones y una prima de seguro de 2.700 euros.

Popularizadas en los último años por permitir a los consumidores disponer de manera rápida de un crédito a devolver a plazos, las tarjetas revolving pueden llegar a esconder una TAE e intereses remuneratorios muy elevados, sumiendo a los afectados en deudas inasequibles que se prolongan en el tiempo, según explica la plataforma que calcula que en la provincia de Granada es "especialmente destacable", con miles de afectados por esta clase de tarjetas y créditos rápidos.

"En ocasiones, como en la citada ocasión, la propia falta de transparencia en el momento de emisión de un contratos puede derivar en su declaración de nulidad". Como explica en una nota la defensa, "este fue uno de los puntos más destacables para que el afectado se decidiese a reclamar e ir a juicio: el contrato no superaba el control de transparencia que imponen los arts. 5 y 7 de la Ley de condiciones generales de la contratación al exigir transparencia, claridad, concreción, sencillez y legibilidad, por lo que los intereses remuneratorios debían considerarse nulos".

Durante los últimos años "las financieras han concedido con excesiva facilidad créditos revolving y créditos rápidos en la comunidad andaluza, dejando a los afectados prácticamente desprotegidos ante el nivel de desinformación proporcionado y los elevados intereses pactados".  

Sin embargo, el 4 de marzo de 2020 el Tribunal Supremo emitió una sentencia declarando "la usura de las tarjetas con intereses abusivos" y, hace menos de un mes, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea también se ha  pronunciado en favor de dicha doctrina.

Como indican desde la plataforma: "Esto refuerza la vía para que los afectados por esta clase de créditos y tarjetas, un número significativo en Andalucía y en la provincia de Granada, reclamen a la justicia y recuperen aquellas cantidades abusivas que han estado pagando de más, a veces durante años, en forma de intereses y comisiones".