El Ministero de Sanidad trabaja para comenzar a financiar gafas y lentillas a partir de 2025

Política - Europa Press - Lunes, 13 de Mayo de 2024
"No puede ser que en el Sistema Nacional de Salud no esté incluida la salud bucodental ni la salud visual", afirma la ministra Mónica García.

La ministra de Sanidad, Mónica García, ha confirmado que su departamento trabaja para comenzar a financiar gafas y lentillas a partir de 2025, a fin de que "no sean un elemento disruptivo para las familias que no se lo pueden permitir".

Así lo ha asegurado en declaraciones a los medios durante el 'I Foro de Salud Pública. Una Sanidad a futuro', organizado por la Fundación para la Investigación en Salud y celebrado en la mañana de este lunes. "Queremos que las gafas formen parte de la cartera de servicios", ha aseverado, ya que la situación actual "hace que los más vulnerables y las personas que no tienen acceso vean mermadas sus capacidades de tener una mejor salud visual".

"Creo que esto es una cosa en la que estamos de acuerdo desde el punto de vista social y desde el punto de vista político, porque no puede ser que en el Sistema Nacional de Salud no esté incluida la salud bucodental ni la salud visual. Así que vamos a trabajar firmemente para que sea una realidad en el 2025", ha dicho.

Precisamente en marzo pasado, el Pleno del Parlamento andaluz dio luz verde por unanimidad a la toma en consideración de la proposición de Ley del Grupo Mixto-Adelante Andalucía relativa a la gratuidad para menores de los productos ópticos y de salud visual y a su futura tramitación ante la Mesa del Congreso de los Diputados.

La proposición de ley se compone de un artículo único, que modifica el artículo 8 ter de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, y añade un nuevo artículo 18 bis.

En el caso del artículo 8, se modifica para incluir dos aspectos; por un lado, se incluyen la prestación de productos ópticos y de salud visual dentro de la cartera común suplementaria, añadiendo así un nuevo campo a los ya existentes sobre la prestación farmacéutica, prestación ortoprotésica y los productos dietéticos, y, por otro lado, se crea un punto 6, en el cual se establece que esta prestación será totalmente gratuita para personas menores y que se deberá establecer un sistema para que las personas adultas paguen aportaciones en función de su poder adquisitivo.

La creación de un nuevo artículo, el 18 bis, tiene por objeto la definición de las prestaciones de productos ópticos y de salud visual, en el marco de las definiciones de otras prestaciones que se incluyen en la cartera común suplementaria del Sistema Nacional de Salud. Por último, se añade una disposición adicional para garantizar que se transfieren a las comunidades autónomas los recursos necesarios para el desarrollo del nuevo derecho que se establece en la ley.

En definitiva, esta ley pretende establecer "como derecho el acceso a los productos ópticos y de salud visual, como pueden ser gafas, lentillas, lupas, lentes, productos para el mantenimiento de los mismos u otros, que sean necesarios para dificultades o patologías relacionadas con la salud visual", y, para ello, se establece una ampliación de la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud, que se establece en la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.