El Juzgado concluye que los hechos que le imputaba el denunciante no están acreditados

Nuevo archivo judicial de una denuncia presentada contra el jefe de la Policía Local de Granada

Política - M.A. - Miércoles, 27 de Diciembre de 2017
No hubo ni coacciones ni amenazas, como denunció un subinspector, según el auto de sobreseimiento provisional decretado por la jueza de Instrucción 2 de la capital.
El jefe de la Policía Local junto a la concejala Raquel Ruz en una rueda de prensa.
J.Algarra/Ayuntamiento
El jefe de la Policía Local junto a la concejala Raquel Ruz en una rueda de prensa.

La jueza de Instrucción 2 de Granada ha decretado el archivo de la investigación que siguió contra el jefe de la Policía Local de Granada, José Antonio Moreno, por coacciones y amenazas. La jueza concluye que no están acreditados los hechos que se le imputaban a Moreno. 

Anteriormente quedó archivada la denuncia que presentó la concejala del PP María Francés contra él y la responsable de Protección Ciudadana, la edil socialista Raquel Ruz. Aún queda por resolver otra denuncia, en este caso de una inspectora, por acoso laboral. Por este último caso el PP pidió también el relevo de Moreno al frente de la Jefatura, como viene haciendo desde su nombramiento, al igual que Ciudadanos. 

Fue un subinspector del Cuerpo el que presentó la denuncia ahora archivada. Lo hizo tras conocer la nueva organización del Cuerpo establecida por el jefe de la Policía. Fue el propio Moreno el que comunicó a los mandos sus planes en una reunión, convocada verbalmente y celebrada en febrero de este año. Les trasladó cambios en los jefes de sala, con otros funcionarios distintos a los que prestaban hasta ese momento el servicio -con menos antigüedad- y menor número, según relataba el subinspector en la denuncia. En esa nueva organización, el resto de los subinspectores se ubicarían en otras secciones, aunque con el compromiso de sustituir a los jefes de sala en vacaciones, días de asuntos propios, etc.

El subinspector denunciante acusó a Moreno de haber tomado represalias contra él por no aceptar la nueva organización del Cuerpo

El denunciante, Nicolás G.E., aseguró que tras esa reunión el jefe lo convocó a su despacho para que firmara los términos de ese compromiso, que incluía además turnos de noche y que solo las sustituciones en las noches de los sábados podrían derivar en el cobro de horas extraordinarias, siendo el resto compensado con días de descanso. El subinspector acusó a Moreno de haber tomado represalias contra él por negarse a firmarlo. Según expuso en su denuncia, le asignó "servicios de castigo" y lo pasó a segunda actividad. 

La jueza, que tomó declaración como testigos, entre otros, al exjefe de la Policía Local con el PP, subraya que "no ha quedado acreditada" la comisión de los delitos que se le imputaban a Moreno.

"De la instrucción practicada, siendo esencial la documentación aportada y requerida, asi como la declaración prestada por el investigado y sobre todo, de las testificales practicadas a instancia de la acusación, queda acreditado que, si bien el referido emitió las ordenes ya indicadas, las mismas, como expuso el investigado en su declaracion, se llevaron a cabo 'por necesidades de servicio, al amparo de lo previsto en el art 56 de su Reglamento' en donde se faculta al jefe de la Policía Local para resolver lo que estime pertinente, de forma claro está motivada, y el investigado, dentro de esa facultad, procedió a realizar la reunión general a la que se refiere la denuncia, fechada en febrero de 2017", explica en el auto al que ha tenido acceso El Independiente de Granada.

Detalla la jueza que la primera reunión puede calificarse como "general", sin que "se pormenorizara nada de adscripciones a destino alguno de los allí presentes, incluido el denunciante". La situación creada respecto al subinspector denunciante se produce -agrega la magistrada- porque este no acepta, cuando Moreno volvió a citarle, el nuevo modelo organizativo. Lo rechazó por incluir turnos de noche, que hasta entonces él no había realizado. En este punto la jueza le recuerda que no era una situación exclusiva suya, sino que afectaría a todos los subinspectores.

La jueza de Instrucción 2, María de los Ángeles Jiménez, que investiga el caso Serrallo y el caso Nazarí, rechaza también que el paso a la segunda actividad fuese una represalia de Moreno, como sostenía el denunciante. "Dicha afirmación ha quedado totalmente desacreditada", indica para recordar que esta circunstancia está recogida en el Reglamento y que se produce bien por edad del agente o bien por haber sido prescrito por un médico. "Nunca por decisión de un mando". En este caso, indica la jueza, el denunciante pasó a segunda actividad "por prescripción médica", lo que dio lugar que a partir de ese momento trabajara de lunes a viernes en turnos de mañana y tarde, no de noche. Una circunstancia que cambiaría, regresando Nicolás G.E. a primera actividad, tras resolverse un contencioso administrativo, "al revertir la enfermedad alegada por el denunciante para alcanzar la segunda actividad".



Detalle del auto dictado por la jueza.

De los expuesto por los testigos, la jueza recoge en su auto que la nueva organización planteada por Moreno obedecía "básicamente a la escasez de personal y al incremento de la seguridad, habida cuenta de que estamos en un nivel 4" [de alerta antiterrorista]. Que en la reunión general celebrada se discutieron los turnos, que en ningún caso existe una obligación de otorgar la jefatura de sala a los agentes con más antigüedad, se trata solo de una "deferencia" y, en cualquier caso, es el jefe de la Policía Local el que tiene la potestad de decidir en el caso en el que no se aceptaran voluntariamente los cambios.

Los testigos, además, negaron que se produjeran amenazas o coacciones en el citado encuentro. Sí refierieron "la contundencia" con la que el jefe expuso sus planes y el desacuerdo mostrado por algunos de los subinspectores, entre ellos el denunciante.

Los cambios no los hizo Moreno de forma arbitraria, sino por razones de necesidad de servicio

"No obstante, queda acreditado, sobre todo por las testificales practicadas, que el investigado, Sr. Moreno Rodriguez, en ningún momento ha llevado a cabo ninguno de los tipos penales que se le imputan, esto es, amenazas y coacciones", destaca el auto, que "en todo caso, la asignacion de destinos realizada ha venido referida a todos los subinspectores, no solo respecto del denunciante. Y que, al no ser aceptadas las modificaciones de forma voluntaria, evidentemente, dentro de su potestad como jefe, puede, perfectamente, decidir la asignación de puesto, no de forma arbitraria, sino, por razones de necesidad de servicio".

Por todo ello acuerda el sobreseimiento provisional. Contra el auto, dictado el 20 de diciembre, cabe recurso.