UGT emprende acciones contra las licitaciones de Ayuda a Domicilio de La Zubia y Albolote por no garantizar los costes salariales

E+I+D+i - IndeGranada - Jueves, 30 de Enero de 2020

La Federación de Empleados y Empleadas de los Servicios Públicos (FeSP) de UGT Granada, ha impugnado el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para la Contratación del Servicio de Ayuda a Domicilio en La Zubia, por establecer "unas condiciones económicas que no garantizan la cobertura de los costes salariales". En concreto, según ha informado el sindicato, establece un precio del servicio de 12,99 euros/hora, cuando el mínimo debería ser de 13,60 euros/hora (IVA incluido). De otra forma, advierte UGT, "no se garantiza el cumplimiento del Convenio Colectivo". Y ello, sin incluir las cantidades correspondientes a la ley de Prevención de Riesgos Laborales, los gastos generales y el beneficio industrial, que deberían sumarse a esa cantidad, tal y como recoge la Ley de Contrato del Sector Público (LCSP).

UGT recuerda que en La Zubia hay unos 110 usuarios y usuarias del servicio, atendidos por 40 trabajadoras y trabajadores, cuyo sueldo depende de la licitación que se establezca por parte del Ayuntamiento. El sindicato señala que mantener este precio/hora de 12,99 euros "va a suponer a buen seguro que se produzcan incumplimientos laborales, ya que los trabajadores que realizan el servicio tendrán que hacerlo renunciando a sus derechos, recogidos en el Convenio Colectivo de referencia".  "No es posible -afirman- que desde un Ayuntamiento, que debe ser especial garante del cumplimiento de las leyes, se favorezca veladamente que se conculquen derechos laborales".

El sindicato pide no solo que se cumpla el coste laboral real, calculado en 13,60 euros, sino que se ajusten los Pliegos de Condiciones Administrativas a la Ley de Contratos del Sector Público, en cumplimiento de la normativa legal vigente. 

Se recuerda además, que "estamos hablando de un servicio público, catalogado como prioritario, y pagado con los impuestos de la ciudadanía, lo que hay que promover es la calidad del servicio, no sólo para los usuarios sino también para los trabajadores y trabajadoras que lo prestan, que en muchos casos están en situación laboral precaria". De hecho, UGT destaca que no renuncia a su reivindicación acerca de la municipalización del servicio de Ayuda a Domicilio, porque la gestión directa traería consigo "un importante ahorro para las arcas municipales por la eliminación del beneficio empresarial, y es factible el rescate porque el mantenimiento de este servicio conlleva muy poco coste en equipamiento e infraestructuras".

Por último desde UGT se anuncia que se va a estar muy pendiente de todas las licitaciones de este servicio público en los Ayuntamientos de la provincia de Granada, e impugnará todos los pliegos que no se ajusten a la normativa legal y al Convenio,  además de reiterar a las empresas del Sector de Dependencia que no participen en esta, u otras licitaciones del servicio de Ayuda a Domicilio que no garanticen el cumplimiento del Convenio colectivo, la ley de Prevención de Riesgos Laborales, los gastos generales y el beneficio industrial.

De hecho, ha emprendido también acciones por el servicio de Ayuda a Domiclio de Albolote. En ese caso, la Federación de Empleados de los Servicios Públicos (FeSP) de UGT Granada, a través de los servicios jurídicos del sindicato, ha presentado recurso contencioso administrativo en el TSJA contra Resolución del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Diputación Provincial de Granada que avala que los pliegos de contratación administrativa de la ayuda a domicilio que presta Ayuntamiento de Albolote, a través de una empresa privada desde el año pasado (Ineprodes), se hayan adjudicado con unas condiciones económicas que no garantizan la cobertura de los costes salariales de los trabajadores y trabajadoras que prestan este servicio público. En este caso concreto el precio es de 12,19 euros/hora. 

El Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Diputación Provincial de Granada considera, según UGT, que aspectos como formación, desplazamientos, antigüedad de los trabajadores, complementos de nocturnidad, IT, ropa de trabajo, etc., "no son condiciones de trabajo que deban tenerse en cuenta, sino que son situaciones sobrevenidas que pueden o no producirse, por lo que no hay que cuantificarlas". Criterio no compartido por el sindicato, "ya que además de ser una penosa interpretación de lo que es un derecho laboral, sí son aspectos recogidos de forma económica en el Convenio Colectivo".

Además, el sindicato expresa también su preocupación por "los continuos retrasos en el pago de las nóminas en los municipios donde Ineprodes se ha hecho con la prestación del servicio, incluso en ocasiones de varios meses, precisamente porque siempre opta por este tipo de contratos “a la baja”, con unas condiciones que no interesan a la mayoría de empresas del sector. Sólo cuando Ineprodes se ve denunciada es cuando accede al abono de los salarios". Desde UGT se teme que vaya a pasar lo mismo en Albolote.

UGT espera que se dicte por parte del máximo órgano judicial a nivel andaluz una resolución que implique una  nueva redacción de los pliegos de este contrato administrativo, donde se tenga en cuenta lo establecido en el del Convenio Colectivo de aplicación, la ley de Prevención de Riesgos Laborales, los gastos generales y el beneficio industrial, "ya que estamos hablando de un servicio público, catalogado como prioritario, y pagado con los impuestos de la ciudadanía", insisten.