En la resolución de la queja, resalta la necesidad de mejorar la tramitación de estos expedientes para que no se demoren

El Defensor del Pueblo Andaluz pide a Cultura que estudie la declaración de 16 inmuebles de Baza como BIC

Cultura - IndeGranada - Miércoles, 26 de Febrero de 2020
La institución que preside Jesús Maeztu urge a que se resuelva el expediente del antiguo Convento de Santo Domingo y pide que, en colaboración con el Ayuntamiento de la localidad, se establezca una planificación de actuaciones para el resto.
Claustro del conjunto del antiguo Convento de Santo Domingo de Baza.
ayuntamientodebaza.es
Claustro del conjunto del antiguo Convento de Santo Domingo de Baza.

El Defensor del Pueblo Andaluz pide una solución para los inmuebles de alto valor patrimonial pendientes de su declaración como Bien de Interés Cultural (BIC) en Baza.

En una resolución de enero de este año, consultada por El Independiente de Granada, urge por un lado a la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico a finalizar el expediente del antiguo Convento de Santo Domingo, que sigue pendiente, y de otro, que valore y determine "la relación de inmuebles merecedores, en cada caso, de ser incoados para su declaración como BIC en la ciudad de Baza y, una vez determinados, proceda a su tramitación conforme a los requisitos de impulso y celeridad".

Además de esas dos recomendaciones, sugiere que Consejería y Ayuntamiento de Baza "coordinen las programaciones que abarquen, en el ámbito de sus respectivas competencias, el interés de los bienes susceptibles de ser declarados BIC y sea la Autoridad autonómica la que establezca los calendarios y la planificación de las actuaciones y trámites para la consecución final en los plazos estimados de estos reconocimientos formales y la aplicación de las medidas previstas en la normativa".

En su resolución, el Defensor traslada la necesidad de desatascar estas tramitaciones, estableciendo un método de trabajo que favorezca la conclusión de estos expedientes sin prolongarlos en el tiempo.

Porque como la propia Consejería de Cultura trasladó a la Oficina que dirige Jesús Maeztu, en estos momentos en la provincia de Granada hay 21 expedientes en tramitación. Son las actuaciones prioritarias para la Consejería, según admitió en su respuesta al Defensor. Ninguno de esos 21 corresponden a los que aguardan una posible declaración en la ciudad de Baza. Dado que Cultura considera prioritarios los 21 señalados, el Defensor llega a la conclusión de que los de Baza no tienen esa consideración para la Consejería.

Esta es la resolución del Defensor del Pueblo Andaluz: 

"Una entidad cultural se dirige a esta Institución para exponer la situación relativa a los expedientes de declaración de 16 inmuebles como Bien de Interés Cultural (BIC) en la localidad de Baza.

I. El Defensor del Pueblo Andaluz acordó la tramitación de la presente queja a fin de canalizar la investigación sobre los expedientes de 16 inmuebles como BIC en la ciudad de Baza y su conjunto histórico. Consiguientemente, se procedió a solicitar informe a la Delegación Territorial de Cultura de Granada y al Ayuntamiento de Baza. Dicho escrito podría resumirse en varios apartados:

“1.- Relación de elementos inmuebles merecedores de su inclusión en el CGPHA en el municipio de Baza.

2.- Identificación de los inmuebles que cuentan con una incoación formal para declarar su régimen como Bien de Interés Cultural.

3.- Estado de tramitación de los expedientes incoados sobre los inmuebles que aparecen relacionados en el CGPHA en el término de Baza.

4.- Programación de trabajos para la resolución de los referidos expedientes”.

II: El Ayuntamiento de Baza nos ofreció su información sobre el caso indicando que:

Referente a la incoación y declaración de BIC de bienes incluidos en el catálogo del PGOU, el órgano competente para ello es la Consejería de Cultura y, como ya contestó, dicha Consejería, en la programación del año 2017, había otros expedientes de toda Ia provincia de Granada que tenían que tramitar también.

No obstante, este Ayuntamiento, propuso en su catálogo de protección, varios inmuebles susceptibles de ser declarados como BIC, (entre los que se incluyen San Antón, Colegio de Ia Presentación ...), éstos serian los que están declarados con valor monumental en las fichas del catálogo del PGOU de Baza.

Respecto a los Baños de la Morería, que no aparecían en dicha relación, este Ayuntamiento va a obtener Ia propiedad de dichos baños mediante permuta y de la forma, más inmediata posible, solicitará la declaración de BIC a la Consejería de Cultura, con la que ya se han mantenido reuniones a tal efecto.

Así mismo, desde la respuesta de Cultura de la programación del año 2017, se ha declarado BIC el conjunto de San Jerónimo, también se ha incoado BIC Santo Domingo, por resolución de fecha 9.7.2019”

III. La Delegación, por su parte nos dirigió informe indicando:

“1. Relación de elementos inmuebles merecedores de su inclusión en el CGPHA en el municipio de Baza.

El documento que sirve de referencia para la elaboración de Ia relacion de los inmuebles con valores patrimoniales en Baza para proponer su inscripción en ei CGPHA, es el documento del Catalogo de bienes protegidos en el Plan General de Ordenación Urbanística de Baza. En el PGOU se incluyen en el Catálogo de bienes protegidos con nivel monumental, los siguientes inmuebles aun no declarados:

  • Como BIC, la iglesia de San Antón, Iglesia y Convento de la Merced, Iglesia de los Dolores, Colegio de la Presentación (antiguo Convento de Santa Isabel).
  • Como bienes de catalogación general, las antiguas Carnicerías, Casa en Plaza Arco de la Magdalena, 3, Casa en Plaza Cruz Verde, Barco,1, Palacio del Duque del Infantado Monjas ,4, y el Pósito, Plaza Trinidad, 3.

La propuesta requiere Ia elaboración de una documentación técnica actualizada (escrita y gráfica) de los inmuebles que los identifique y justifique su inscripción en el CGPHA.

2. Identificación de los inmuebles que cuentan con una incoación formal para declarar su régimen como Bien de Interés Cultural.

Nueva incoación del procedimiento para la inscripción en el Catalogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, del antiguo convento de Santo Domingo, en Baza, Granada, por Resolución de 9 de julio de 2019, de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental ( BOJA de 15 de julio de 2019)

3. Estado de tramitación de los expedientes incoados sobre los inmuebles que aparecen relacionados en el CGPHA en el término de Baza.

Desde el año 2016 se han realizado las siguientes actuaciones:

  • Por Decreto 170/2017, de 24 de octubre se inscribe en el Catalogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de monumento, el antiguo Monasterio de San Jerónimo en Baza (Ganada), (BOJA de 27 d e octubre de 2017).
  • Nueva incoación del procedimiento para Ia inscripción en el Catalogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, del antiguo Convento de Santo Domingo, en Baza, por Resolución de 9 de julio de 2019, de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental ( BOJA de 15 de julio de 2019)
  • Notificación a los interesados de la Resolución de 9 de julio de 2019, de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental ( BOJA de 15 de julio de 2019) por la que se incoa el procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, del antiguo convento de Santo Domingo, en Baza..

4. Programación de trabajos para la resolución de los referidos expedientes:

La Delegación Territorial, tiene entre sus objetivos para el presente ejercicio, continuar con la tramitación del procedimiento incoado por Resolución de 9 de julio de 2019, de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental (BOJA de 15 de julio de 2019) para la inscripción en el Catalogo General del Patrimonio Histórico Andaluz (CGPHA) como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, del antiguo convento de Santo Domingo, en Baza, Granada.

Con respecto a los demás inmuebles mencionados susceptibles de ser propuestos para sus catalogación en el municipio de Baza, hay que recordar que "aún hay 21 expedientes históricos" pendientes de su inscripción en el Catalogo General de Patrimonio Histórico Andaluz, en la provincia de Granada, "cuya resolución es prioritaria para la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico".

Teniendo en cuenta los antecedentes descritos, se estima oportuno realizar las siguientes 

CONSIDERACIONES

Primera.- Es evidente la dimensión histórico-artística tan singular que presenta el territorio de Baza. Dicho enclave cuenta con la declaración de Conjunto Histórico en virtud del Decreto de 20 de Mayo de 2003 (BOJA 114 de 17 de Junio). Dicha declaración concede un régimen de protección a los inmuebles ubicados en el ámbito delimitado por este régimen legal de protección y tutela. Y, efectivamente, esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz viene volcando todo su interés en las actuaciones de protección y tutela del conjunto patrimonial de valor histórico y cultural de la ciudad. Hemos analizado,desde hace décadas, situaciones de deterioro de los inmuebles, régimen de protección, proyectos o intervenciones de conservación, medidas de ayudas o subvenciones, etc.; lo que ha supuesto completar todo un elenco de cuestiones relacionadas con las competencias de la administración cultural.

Del mismo modo, Baza cuenta con 19 elementos inscritos bajo el régimen de protección de BIC, según datos del propio Catálogo General de Patrimonio Histórico Andaluz (CGPHA). Y así 17 son monumentos: Alcazaba, Torre de la Atalaya, Torre de Baul, Torre Espinosa, Baños de la Judería, Palacio de los Enríquez, Iglesia de Santiago Apóstol, Iglesia Mayor Concatedral de la Encarnación, Alhóndiga, Muralla urbana, Muralla de la Sierra de Baza,Torre Capel. Torre Santiso, Torre de Garbín, Torre de la Cuna, Torre de la Majada de la Torre y Castillo de Benzalema. Junto al propio Conjunto Histórico y la Zona Arqueológica de Basti: Poblado (Cerro Cepero), Necrópolis (Cerro Santuario) y Necrópolis (Cerro Largo).

Sin duda, con la categoría de Conjunto Histórico estamos ante una reseña declarativa que implica la contundente evidencia de la riqueza patrimonial de la ciudad de Baza, que contiene otros elementos igualmente merecedores de esta declaración formal. Por tanto, no resulta extraño que desde instancias asociativas, particulares y otras entidades ciudadanas se persigan acciones específicas para su protección así como la intención de que este proceso declarativo refuerce su eficacia sumando nuevas declaraciones de BIC para sus inmuebles de mayor valor.

Segunda.- Con estos antecedentes resultaba necesario actualizar e identificar aquellos expedientes para la declaración de BIC que merecían un seguimiento. De ahí que la petición de información se ha centrado en conocer:

“1.- Relación de elementos inmuebles merecedores de su inclusión en el CGPHA en el municipio de Baza.

2.- Identificación de los inmuebles que cuentan con una incoación formal para declarar su régimen como Bien de Interés Cultural.

3.- Estado de tramitación de los expedientes incoados sobre los inmuebles que aparecen relacionados en el CGPHA en el término de Baza.

4.- Programación de trabajos para la resolución de los referidos expedientes”.

A la vista de la información ofrecida desde la Delegación granadina nos centramos en aquellos que precisamente están pendientes de resolución y frente a los que la autoridad cultural autonómica indica que:

“La Delegación Territorial, tiene entre sus objetivos para el presente ejercicio, continuar con la tramitación del procedimiento incoado por Resolución de 9 de julio de 2019, de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental (BOJA de 15 de julio de 2019) para la inscripción en el Catalogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, del antiguo convento de Santo Domingo, en Baza. Con respecto a los demás inmuebles mencionados susceptibles de ser propuestos para sus catalogación en el municipio de Baza, hay que recordar que aún hay 21 expedientes históricos pendientes de su inscripción en el Catalogo General de Patrimonio Histórico Andaluz, en Ia provincia de Granada, cuya resolución es prioritaria para la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico”.

Es decir: 21 expedientes están en trámite en la provincia de Granada y, respecto de los interesados de Baza, se nos indica que son los 21 aludidos los que tienen una resolución prioritaria. Debemos entender, a falta de mayor concreción, que los de Baza no la tienen.

Las últimas tramitaciones de BIC referidas a Baza se ciñen a dos inmuebles:

Monasterio de San Jerónimo; Decreto 170/2017, de 24 de octubre se inscribe en el Catalogo General del Patrimonio Historico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de monumento, el Antiguo Monasterio de San Jerónimo en Baza, (BOJA de 27 d e octubre de 2017); y

Convento de Santo Domingo; nueva incoación del procedimiento para Ia inscripción en el Catalogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con Ia tipología de Monumento, del antiguo convento de Santo Domingo, por Resolución de 9 de julio de 2019, de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental ( BOJA de 15 de julio de 2019).

Nada se indica del resto de inmuebles aludidos en el motivo de la queja que analizamos.

Tercera.- Hemos de reiterar que la declaración de los bienes como BIC supone una herramienta para la identificación de los elementos destacados de nuestro patrimonio cultural y para su ordenación como bienes sujetos a un especial régimen jurídico que les otorga un destacado rango de protección y tutela. Su determinación implica un ejercicio de conocimiento técnico y científico que, por su propia naturaleza, es susceptible de debate y propuestas diferentes en función de la pluralidad de criterios o motivaciones que pueden favorecer un impulso preferente de determinados expedientes frente a otros.

"Numerosos expedientes constan como 'incoados' desde hace décdas, mientras otros han logrado acceder a su conclusión declarativa como BIC sin poder acreditar, de una manera clarificadora, las razones de su diferente resultado"

Esta variedad de supuestos ha quedado reflejada en los datos publicados en el Catálogo General de Patrimonio Histórico Andaluz. Numerosos expedientes constan como “incoados” desde hace décadas, mientras otros han logrado acceder a su conclusión declarativa como BIC sin poder acreditar, de una manera clarificadora y accesible, las razones de su diferente resultado. Por más que toda incoación formal de un expediente de BIC implica en sí misma un efecto cautelar (artículo 9.2 LPHA) así como su inscripción en el Catálogo, esta singular iniciativa merece la actividad que generan los trámites de estudio, valoraciones periciales, invitaciones de información pública, participación social, juicios científicos, etc., que reviertan finalmente en una sólida suma de criterios sobre los que adoptar una decisión final argumentada. Actividades muy distantes de la mera permanencia en lo indeciso o inconcluso que padecen muchos de estos bienes y que aguardan, cuando menos, una decisión clarificadora y actual.

Dos son las medidas que, consecuentemente, surgen como aportaciones para superar esta situación. De un lado, esa clarificación de la vigencia de los expedientes incoados y que han permanecido bajo esta inalterable situación procedimental, incluso durante décadas, sometidos a la amenaza de su caducidad y, en todo caso, alejados de su natural destino en cuanto a su aspiración formal de acceder al título BIC.

Y de otro lado, la adopción de unas medidas organizativas, y de mayor calado, que nos llevan a proponer un diseño de planificación que englobara las acciones de catalogación y declaración de los bienes BIC. Esta tarea supondría un ejercicio de ponderación y ordenación de criterios como los que hemos sugerido en la Consideración Tercera y todos aquéllos que la Entidad Cultural establezca. Y, tras el ejercicio decisorio, disponer de una guía útil y certera que conformara toda una relación veraz, verificable y comprometida de objetivos en esta delicada competencia dentro de la Acción Cultural de la Junta de Andalucía.

Sin duda, nos ratificamos en la opinión de que estas prácticas aportan un valor metodológico y ayudan a contar con los beneficios de una acción programada; sin olvidar el rotundo impulso en las acciones de publicidad y transparencia en este particular escenario de la acción pública cultural. Desde luego, no es voluntad de esta Institución cercenar el ámbito característico -e irrenunciable- de la Administración Cultural en la toma de decisiones de identificación, valoración y catalogación de la tipología de nuestro ingente patrimonio cultural e histórico. Son decisiones sumamente complejas que corresponden a su propio elenco técnico y directivo, con conocimiento de las disciplinas específicas, y que permiten argumentar el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas.

Lo que sí consideramos que sería objeto de unas propuestas de mejora es que, tras la manifestación de un criterio previo y favorable para la incoación de tales expedientes, éstos se tramiten y resuelvan motivadamente, en uno u otro sentido, y en unos plazos acordes con la puesta en marcha de las acciones de tutela y protectoras que se persiguen con tales catalogaciones formales.

El resultado de esta labor permitiría una necesaria actualización de la relación de bienes llamados a alcanzar la categoría de BIC; calendarizar su régimen de aprobación; disponer las medidas y efectos previstos por la normativa; y, desde luego, la oportunidad para potenciar su promoción y difusión entre la ciudadanía de dichos elementos patrimoniales. Todo ello junto al estímulo por la identificación de estos inmuebles como potenciales elementos de atracción cultural, divulgativa y turística.

En suma, la potenciación de mecanismos que publiciten estos objetivos y la consiguiente posibilidad de su promoción pueden ser actividades que incrementen ese interés por un patrimonio que, en una gran parte, permanece oculto o desconocido para el público. Una acción pública, recordando su existencia y anunciando su reconocimiento y protección, puede ser fuente de un verdadero impulso para la mejor puesta en valor de nuestro patrimonio cultural.

Por todo lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el artículo 29, apartado 1, de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, se formula a la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, a través de su Delegación Territorial de Granada y al Ayuntamiento de Baza las siguientes

RESOLUCIÓN

RECORDATORIO de las disposiciones legales citadas en el texto de la presente resolución.

  • RECOMENDACIÓN 1, a la Consejería de Cultura a fin de que impulse el estado de tramitación del expediente de declaración de Bien de Interés cultural (BIC) del Convento e Iglesia de Santo Domingo en Baza hasta su definitiva aprobación.
  • RECOMENDACIÓN 2, a la Consejería de Cultura para valorar y determinar la relación de inmuebles merecedores, en cada caso, de ser incoados para su declaración como BIC en la ciudad de Baza y, una vez determinados, proceda a su tramitación conforme a los requisitos de impulso y celeridad.
  • SUGERENCIA, para que la Consejería de Cultura y el Ayuntamiento de Baza coordinen las programaciones que abarquen, en el ámbito de sus respectivas competencias, el interés de los bienes susceptibles de ser declarados BIC y sea la Autoridad Autonómica la que establezca los calendarios y la planificación de las actuaciones y trámites para la consecución final en los plazos estimados de estos reconocimientos formales y la aplicación de las medidas previstas en la normativa.